Corte Suprema falló a favor de fiscal que investigó a exdiputado Sigifredo López

El alto tribunal señaló que la Fiscalía actuó en derecho durante el proceso en contra de López por presuntamente participar en el secuestro y posterior asesinato de sus 11 compañeros de la Asamblea del Valle del Cauca. El exsecuestrado por las Farc fue absuelto en este caso.

Redacción Judicial
15 de abril de 2019 - 07:51 p. m.
El exdiputado del Valle, Sigifredo López. / El Espectador.
El exdiputado del Valle, Sigifredo López. / El Espectador.

La Corte Suprema falló a favor del fiscal Paulo César García López quien, en su momento, como fiscal 38 especializado, pidió la captura e imputó cargos en contra del exdiputado de la Asamblea de Valle del Cauca, Sigifredo López. En su momento, la Fiscalía decidió iniciarle un proceso penal por su posible relación con el secuestro de 12 diputados de Valle del Cauca (del cual él fue víctima), ocurrido el 11 de abril de 2002 y ejecutado por la extinta guerrilla de las Farc.

La Corte confirmó la decisión del Tribunal Superior de Cali del 2 de mayo 2018, mediante la cual esa corporación decidió precluir la investigación por el delito de prevaricato por acción que se seguía  en contra del fiscal García López. En su decisión, la Sala Penal de la Corte Suprema argumentó que el funcionario judicial actuó en derecho y tuvo en cuenta las pruebas técnicas, además de varios testimonios que daban cuenta de una eventual responsabilidad del exdiputado.

:: Condenan a la Nación por tiempo que Sigifredo López estuvo detenido::

En 2012, el exdiputado Sigifredo López fue capturado y enviado a la carcel mientras se adelantaba el proceso penal. Posteriormente, este interpuso un recurso de apelación que le permitió recobrar la libertad y, a su vez, denunció al fiscal García López porque, a su criterio, habría tomado decisiones contrarias a la ley. Sigifredo López duró ocho meses en prisión. Ahora, la Corte Suprema de Justicia consideró que el entonces fiscal 38 especializado actuó sujeto al ordenamiento legal, escuchó en indagatoria a la persona investigada e impuso medida de aseguramiento luego de valorar el material probatorio.

“… lo que se observa es que al momento en que Paulo César García López resolvió la situación jurídica de López Tobón, existían indicios graves de responsabilidad, con base en las pruebas legalmente producidas dentro del proceso, y que luego de realizar una valoración conjunta de ellas, concluyó que resultaba necesario imponer medida de aseguramiento”. Precisó el fallo de la Corte.

Sigifredo López, quien fue absuelto por esta investigación, ha sostenido que las excusas públicas que en ese momento emitió el fiscal general no fueron suficientes porque se le frustró el intento que estaba haciendo por reconstruir su vida luego del secuestro.

Igualmente, el exdiputado en reiteradas oportunidades ha manifestado que su imagen y buen nombre se vieron seriamente afectados. “Me exhibieron ante el mundo entero como el peor criminal de la historia de Colombia al acusarme de autosecuestro y de la masacre de mis compañeros”, dijo en su momento. Incluso, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca condenó a la Nación por el tiempo en que López estuvo detenido.

La Sección Tercera de ese tribunal  decidió en su momento "Declarar administrativamente responsable la Nación - Fiscalía General de la Nación por los perjuicios causados con ocasión de la privación de la libertad sufrida por el señor sufrió López Tobón producto de la investigación penal seguir en su contra por los delitos de homicidio agravado, perfidia, toma de rehenes y rebelión", precisa uno de los apartes de la decisión judicial que aceptó las pretensiones del exdiputado.

La Sala ordenó el pago de 550 millones de pesos (equivalentes a 606 salarios mínimos legales vigentes) para el demandante y su núcleo familiar (madre, esposa, dos hijos, hijo de crianza, tres tíos, cuatro tías, suegra, dos cuñados, una cuñada y un dependiente) en concepto de perjuicios morales.

 

Por Redacción Judicial

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