Corte Suprema frena principio de oportunidad de Alejandro Lyons

El alto tribunal ordenó que la Gobernación de Córdoba, que no había sido reconocida como víctima, sea tenida en cuenta en el proceso. El fallo deja sin efectos los beneficios jurídicos que logró el exgobernador hasta que el Tribunal no convoque una nueva audiencia para que la Gobernación actúe.

Redacción Judicial
06 de diciembre de 2017 - 02:47 p. m.
El exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons. / El Universal
El exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons. / El Universal

La Corte Suprema de Justicia dejó sin efectos el principio de oportunidad que la Fiscalía acordó con el exgobernador Alejandro Lyons, hasta que la Gobernación de Córdoba no se constituya como víctima en el proceso. En la tutela que ganó, la gobernación pedía que fuera reconocida como víctima porque, en primera instancia, un magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá les negó esa petición. (En contexto: Los secretos del pacto de Alejandro Lyons con la justicia)

El pasado 10 de octubre, fecha en que se realizó la audiencia contra el político investigado por actos de corrupción, el Tribunal Superior de Bogotá explicó que no le reconocía la condición de víctima a la gobernación porque no acreditó el daño ocasionado. Sostuvo, además, que la Contraloría – que sí está reconocida como víctima– representaba los intereses del Estado porque las regalías fueron trasladadas de la Nación al departamento de Córdoba.

Desde el primer momento la Fiscalía se opuso a esa solicitud. La razón es una sola: en el acuerdo de colaboración pactado con Lyons para desentrañar la corrupción en Córdoba, quien encabeza la lista de señalados es, precisamente, el actual gobernador Edwin Besaile.  Tanto el Ministerio Público como el abogado de Lyons, en la audiencia, también apoyaron la tesis del ente investigativo. (Lea: Ocupan bienes del exgoberador de Córdoba, Alejandro Lyons, por $4.100 millones)

Sin embargo, no conforme con la decisión del Tribunal, el abogado José Guillermo González, representante de la gobernación, interpuso una tutela considerando que la decisión vulneró los derechos fundamentales al debido proceso y el acceso a la justicia. Y consideró que el ente territorial es “directo afectado” por el actuar que desplegó Lyons en su momento. “El juez de instancia parte de una premisa con respecto a las regalías aduciendo que estas fueron producto de las transferencias de los recursos de la Nación, pero se olvida que una vez asignadas directamente al departamento de Córdoba pasan a ser parte de los estados financieros del departamento”, explicó González en la tutela.

Al estudiar el recurso, la Corte Suprema de Justicia consideró que no comparte la tesis del conflicto de intereses porque los testimonios, señalamientos o sindicaciones que eventualmente se le lleguen a hacer al gobernador Edwin Besaile, “no puede instituir una barrera infranqueable para que la persona jurídica (Gobernación) directamente afectada ejerza sus derechos y obtenga el resarcimiento de los perjuicios como víctima, pues se reitera que el apoderado de la gobernación concurre en representación del ente territorial, más no de la persona natural que en la actualidad regenta el cargo de gobernador”.

De esta manera, la Corte le pide al Tribunal que el principio de oportunidad debe ser estudiando nuevamente para que la Gobernación de Córdoba pueda intervenir y expresar sus argumentos en calidad de víctima. Para ello, deberá realizar nuevamente una audiencia que deberá convocar en un plazo no mayor a cinco días. (Lea: El “dossier” del político que hundió al fiscal anticorrupción)

Por Redacción Judicial

 

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