Corte Suprema negó casa por cárcel para Enilce López

El Inpec no podrá trasladar a la empresaria del chance, conocida como la “Gata”, hasta que no se adecúe el centro de reclusión para que reciba los respectivos cuidados médicos que necesita.

Redacción Judicial
23 de abril de 2018 - 04:46 p. m.
"La Gata" paga una condenada de 37 años de prisión por su responsabilidad en el crimen del vigilante Amaury Fabián Ochoa Torres.  / Archivo Particular.
"La Gata" paga una condenada de 37 años de prisión por su responsabilidad en el crimen del vigilante Amaury Fabián Ochoa Torres. / Archivo Particular.

Luego de una tutela presentada por la defensa de la empresaria del chance Enilce López, en la que se solicitaba mantener la casa por cárcel para la mujer debido a su grave estado de salud, la Corte Suprema de Justicia negó la petición y ordenó que la Gata fuera trasladada a un centro de reclusión, como lo había ordenado el juez sexto de ejecución de penas y medidas de seguridad de Barranquilla.

Para el alto tribunal, es improcedente la solicitud hecha por sus abogados debido a que primero debe resolverse la apelación contra la decisión del Juzgado de Ejecución de Penas de Barranquilla, que se está tramitando actualmente el Tribunal Superior de la misma ciudad. “Le obliga a la accionante esperar la resolución del asunto bajo el cauce ordinario a través del recurso de apelación y agotar así los mecanismos de defensa que el ordenamiento jurídico le concede”, señala el alto tribunal.

(En contexto: Revocan casa por cárcel a Enilce López)

Sin embargo, la Corte destacó uno de los puntos expuestos en la decisión del Juzgado de Ejecución de Penas en el que dispone que en caso de no existir al interior del Inpec un centro de reclusión que cumpla con las recomendaciones emitidas por los médicos tratantes y los dictámenes médico-forenses emitidos por el Instituto de Medicina Legal no se puede trasladar a la Gata a la cárcel.

“Se supedita el traslado de la sentenciada hasta tanto el Inpec lo adecúe, y en ese sentido se requerirá a la directora del centro penitenciario el Bosque de esta ciudad, al director regional norte y al director Nacional del Inpec, orden con la cual claramente le están protegiendo los derechos que alega conculcados, o amenazados de ser transgredidos”, se afirma en el documento.    

(Le puede interesar: “La Gata” paga prisión domiciliaria en una casa embargada desde 2014)

El pasado 19 de febrero, el juez sexto de ejecución de penas y medidas de seguridad de Barranquilla revocó la detención domiciliaria que tenía Enilce López Romero, ordenando su regreso a un centro penitenciario. Enilce López, más conocida como La Gata, paga una condenada de 37 años de prisión –de los cuales ha pagado 11– por su responsabilidad en el crimen del vigilante Amaury Fabián Ochoa Torres.

Debido a este asesinato, ocurrido en el 2000, el Tribunal Superior de Bogotá pudo constatar los nexos de López con los ejércitos privados del paramilitarismo. La Gata había sido trasladada a su residencia pues no podía permanecer en un centro asistencial ni en una cárcel por su estado de salud. La Procuraduría expresó, en su momento, que el informe de Instituto Nacional de Medicina Legal indicaba que López Romero presentó “mejoras considerables en su estado de salud y no presenta un estado grave por enfermedad”.

Fuentes cercanas a la empresaria confirmaron a este periódico que este martes 24 de abril será desalojada la residencia donde actualmente López paga su condena. El inmueble, ubicado en la calle 59 A # 91 – 42, de Barranquilla (Atlántico), se encuentra embargado con fines de extinción de dominio desde el 22 de mayo de 2014. La defensa de López ya reportó al Juzgado el nuevo inmueble a donde será trasladada.  

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar