Por improcedente la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de impugnación presentado por el exsenador Juan José García Romero en contra del fallo que lo condenó a tres años y seis meses de prisión por su responsabilidad en el delito de peculado por apropiación.
García Romero, esposo de la exsenadora Piedad Zuccardi, fue sentenciado en el 2007 por apropiarse de manera irregular de 118 millones de pesos correspondientes a auxilios parlamentarios canalizados por medio la Fundación para el Mejoramiento de la Educación, la Salud, y Obras Públicas.
Los hechos se presentaron entre los años 1989 y 1991. El alto tribunal recordó que el fallo de la Corte Constitucional que creó la doble instancia para aforados constitucionales solamente rige en los fallos emitidos después del 24 de abril del presente año, hecho por el cual este caso no cumple con las condiciones.
En el fallo de ocho páginas la Sala, con ponencia del magistrado José Francisco Acuña, considera que este fallo no puede ser impugnado. “La condena del señor García Romero se impuso en sentencia de única instancia dictada por el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria”.
En este sentido señala que “resulta improcedente la posibilidad de ser revisada por una instancia superior, no establecida en el modelo constitucional que rige nuestro Estado social y democrático de derecho".