"Debe haber cátedras de educación sobre drogas sin prejuicios": Sebastián Lanz

Este abogado de la Universidad de los Andes, junto con su hermano Alejandro, fundó Temblores ONG, organización que intervino ante la Corte Constitucional para apoyar la solicitud de que el Código de Policía no pudiera prohibir el consumo de drogas o licor en espacios públicos.

Redacción Judicial
08 de junio de 2019 - 09:39 p. m.
Sebastián Lanz (segundo de der. a izq.) y parte de su equipo de trabajo en Temblores ONG.  / Gustavo Torrijos - El Espectador
Sebastián Lanz (segundo de der. a izq.) y parte de su equipo de trabajo en Temblores ONG. / Gustavo Torrijos - El Espectador

El pasado jueves 6 de junio, la Corte Constitucional tomó una determinación controversial para el país entero: tumbar, dentro del Código de Policía, las prohibiciones al consumo de licor o de sustancias psicoactivas en espacios públicos. Para la Corte, "la prohibición amplia y genérica impuesta por el Código Nacional de Policía y Convivencia no es razonable constitucionalmente, pues a pesar de buscar un fin que es imperioso (la tranquilidad y las relaciones respetuosas) lo hace a través de un medio que no está dirigido a alcanzar dicho fin". El presidente Iván Duque señaló, de inmediato, que mantendría en pie el decreto que autorizó a la Policía a incautar dosis mínimas, mientras alcaldes de varias ciudades rechazaban la decisión arguyendo que los niños quedaban desprotegidos. 

::Si los padres no toman las riendas, el Estado no evitará que consuman drogas: demandantes::

Temblores ONG fue una de las organizaciones que intervino ante la Corte para pedir que la norma se tumbara. El Espectador habló con el coordinador del área de Incidencia y Litigio Estratégico de la ONG, Sebastián Lanz, quien explica el porqué de su postura y sostiene que el Estado colombiano, más que prohibir este tipo de acciones, debe buscar la educación especialmente de niños y jóvenes alrededor de sustancias como las drogas y el alcohol. 

::¿El fallo de la Corte afectó todo el decreto que permite decomisar la dosis mínima?::

 

¿Por qué arguyeron ante la Corte Constitucional que esta era una medida arbitraria y desproporcionada?

Porque encontramos que la norma afectaba desproporcionadamente a los habitantes de calle, al situarlos en una situación de prohibición absoluta. Al no tener espacios privados, los situaba en contravención permanente con el Código de Policía. La norma los ponía en una posición de aún más vulnerabilidad. No todas las personas que habitan en el territorio nacional tienen un espacio donde consumir, y en Colombia tenemos una gran población de personas habitantes de la calle. La violencia a la que se enfrentan es con la Fuerza Pública, muchas veces. Esa contravención se manifestaba muchas veces con violencia, no con comparendos.

Varios alcaldes reclaman que el derecho de los consumidores prime sobre la protección a los niños...

No soy quién para determinar qué derecho debe primar sobre otros. Pero sí hemos visto que los niños ha sido un tema utilizado por sectores de derecha que los han instrumentalizado para negar derechos a otras personas. Si el problema es que vean a gente cosnumir, entonces debería, por ejemplo, prohibirse el consumo de licor en restaurantes.

Esta decisión también protege a los niños. Un Estado garantista también debe hacer parte de la formación de los menores. La norma solo llevaba al ocultamiento del consumo de las sustancias. En Cartagena, por ejemplo, hay restaurantes que usan el espacio publico y allí la gente toma. Pero allí no llega la Policía a multar. Entonces, no se está sancionando a todo el mundo. Se está criminalizando a cierta parte de la ciudadanía. Prohibimos el consumo en la calle pero en la casa tomamos frente a los niños.

Defendemos que los niños puedan crecer con libre desarrollo de la personalidad también.

::En cuatro años el consumo de cocaína se duplicó en Bogotá::

Ustedes le pidieron a la Corte que contemplara declarar la exequibilidad condicional, teniendo en cuenta que el límite al consumo de estas sustancias podía ser la presencia de menores de edad. Ahora que no fue así, ¿cómo ponderar entre el derecho de la libre personalidad y la protección de los niños?

No defendemos que en todos los lugares se pueda consumir, sino que la solución no sea prohibir, pues esa prohibición estaba afectando a una parte de la población que es vulenrable. Ya les toca a los alcaldes encontrar cómo fomentar una convivencia armoniosa. Claramente no se puede consumir alcohol cerca de universidades o colegios, pero se trata de ejercer derechos individuales protegiendo a la vez la convivencia ciudadana.

La norma decía que el consumo ponía en riesgo la seguridad del espacio público. En el momento en que el Estado empieza a restringir los planes de vida de las personas se empiezan a violar derechos fundamentales. El consumo per se no afecta la seguridad, sino la actitud. La magistrada Gloria Ortiz recordaba que para las mujeres, por ejemplo, el espacio más inseguro es la casa. El problema no es el consumo sino la violencia, que es la que debe ser sancionada.

Además, la norma suponía una violación al principio de buena fe. Las autoridades deben partir de que el ciudadano actúa de manera correcta, y no asumir que al consumir algo va a afectar la convivencia y las buenas costumbres civiles.

¿Por qué esas normas del Código de Policía hacían del nuestro un estado más policivo que garantista?

El prohibicionismo siempre conlleva medidas de vigilancia y control constante, y no se lleva a cabo en todos los entornos de las ciudades sino en lugares específicos. Por ejemplo, el centro de Bogotá está constantemente patrullado, pues allí hay buen número de habitantes de calle. Estas medidas terminan criminalizando a cierta parte de la población, construyendo estigmas que se refuerzan con la legitimidad del Estado. Se termina elaborando un escenario de constante contravención. Atenta contra el principio de igualad.

¿Por qué los ciudadanos deben tener la libertad de escoger si consumen licor o drogas en la calle?

No solo es importante que decidan si quieren hacerlo o no, sino que el Estado invierta en educación y en programas de atención a personas que consumen sustancias problemáticas. No es solo la posibilidad de decidir, sino la posibilidad de acceder a información que me permita dirimir entre lo que me han dicho y la sensación que la droga me produce en el cuerpo. A los adolescentes y niños los forman en una visión prohibicionista, pero luego prueban las drogas y sienten placer, lo que termina generando desconfianza hacia quienes les negaron la droga o la información. El Estado deben invertir en programas de reducción de riesgos.

El jueves pasado, una determinación de la Corte Constitucional abrió un extenso debate: el Código de Policía no puede multar a los ciudadanos que quieran beber licor o consumir drogas en espacios públicos. Para la alta corte, es fundamental que los ciudadanos sean quienes elijan cuál es su comportamiento en público y, si va a haber sanciones, debe ser en contra de las acciones violentas, pero no de las decisiones personales. 

¿Qué consideraciones hacen, por ejemplo, de los barrios donde el microtráfico es un grave problema y las drogas definen el futuro de muchos jóvenes?

El microtráfico es una conducta punible y el estado tiene todas las disposiciones para perseguir las conductas que se pueden penalizar. Si hablamos del uso de la dosis personal, es otro debate. En esas zonas (de menos recursos), el Estado tiene muchísima presencia con fuerza policial, pero eso es lo que toca invertir, pues no se hacen esfuerzos en programas de salud pública. En sectores de estratos 5 y 6 también hay microtráfico, pero allí no se ve la misma presencia policial. Por eso es que hablamos de la proporcionalidad de la norma (del Código de Policía), porque afectaba a sectores específicos.

::Choque de trenes por el consumo permitido de drogas y alcohol en la calle::

¿Deja esta decisión un dilema latente entre el orden público y la dignidad humana?

Pensar que hay ese dilema hace parte de la visión prohibicionista, que no piensa en otros modelos. Este fallo es una invitación a pensar en un orden público que respete derechos fundamentales. Una reglamentación tiene que ponderar ambas cosas, es una tarea para los alcaldes de cada ciudad. Se trata de dirimir este conflicto protegiendo derechos fundamentales y respetando el fallo de la Corte. La decisión del presidente de seguir con un decreto que se quedó sin sustento lo vemos con mucha preocupación. Le compete al Consejo de Estado, donde el decreto fue demandado (nosotros lo demandamos también), dirimir ese conflicto.

¿Qué políticas públicas educativas podrían ayudar a zanjar esta controversia?

Es muy importante que desde las escuelas y las universidades haya cátedras de educación sobre drogas, sin prejuicios. Hay que invertir en programas de reducción de riesgos, porque ayudan a reducir muertes por sobredosis. Programas de educación, acceso a información confiable sobre sustancias.

Por Redacción Judicial

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