Inhabilitan por 13 años a exdirectora de la Corporación Autónoma Regional del Valle

María Jazmín Osorio, según la Procuraduría, actuó con desconocimiento de principios que rigen la contratación por la suscripción de un convenio que tenía como propósito atender la ola invernal.

-Redacción Judicial
16 de febrero de 2018 - 12:39 p. m.
El Ministerio Público encontró que Osorio Sánchez “actuó con desconocimiento de los principios de transparencia, responsabilidad y deber de selección objetiva que rigen la contratación”. / Archivo particular
El Ministerio Público encontró que Osorio Sánchez “actuó con desconocimiento de los principios de transparencia, responsabilidad y deber de selección objetiva que rigen la contratación”. / Archivo particular

Por irregularidades en la suscripción de un convenio por $132 millones, este viernes, la Procuraduría General destituyó e inhabilitó por 13 años a la exdirectora de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, María Jazmín Osorio Sánchez. 

El Ministerio Público encontró que Osorio Sánchez “actuó con desconocimiento de los principios de transparencia, responsabilidad y deber de selección objetiva que rigen la contratación”. Esto por la suscripción del convenio 020 del 17 de agosto de 2011 con la Fundación Agua y Paz, que tenía como propósito atender la ola invernal. 

Ese convenio tenía como propósito ejecutar la interventoría de las obras del convenio 004 de 2011 suscrito para el diseño y ejecución del proyecto para disminuir la amenaza de inundaciones por fallas en la estructura del jarillón del río Cauca, y deslizamientos por procesos de remoción en masa en zonas de ladera. 

Para la Procuraduría, Osorio Sánchez, encargada en el cargo desde el 26 de febrero de 2010 hasta el 21 de mayo de 2012, escogió una modalidad de selección que no era acorde con el objeto a desarrollar, ni con las obligaciones que enmarcaban el acuerdo. 

El organismo de control reprochó la negligencia de Osorio Sánchez en el cumplimiento de sus funciones como directora de la Corporación Autónoma Regional. “Firmar no es un acto mecánico, firmar contempla responsabilidades y perfectamente durante el proceso precontractual podía solicitar explicaciones respecto al alcance y contenido del documento denominado estudios previos”, dijo la Procuraduría que, además, precisó que no solo se trata de vértices vistos buenos y firmas, sino una mayor “profundidad en su actuar al momento de la celebración del contrato (...) pues a través de ella está comprometiendo el gasto”.

El Ministerio Público cuestionó la pasividad con la que actuó Osorio Sánchez cuando debía tener un cuidado como servidora pública que intervenía en distintas fases contrato, y calificó la falta como gravísima por desatención elemental.

Por -Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar