Diego Palacio no puede apelar su condena, reiteró la Corte Suprema

El exministro de Protección Social, condenado a seis años y ocho meses de prisión por su participación en la yidispolítica, había solicitado a la Corte que en su caso se aplicara la doble instancia.

Redacción Judicial
03 de abril de 2018 - 04:47 p. m.
Diego Palacio fue ministro de Protección Social durante los dos gobiernos de Álvaro Uribe Vélez. / Archivo El Espectador
Diego Palacio fue ministro de Protección Social durante los dos gobiernos de Álvaro Uribe Vélez. / Archivo El Espectador

La Corte Suprema de Justicia le dijo "no" a un nuevo intento del exministro de Protección Social Diego Palacio para rebatir la condena en su contra por la yidispolítica en abril de 2015. Esta vez, el exfuncionario buscaba apelar el fallo de seis meses y 8 meses de prisión por aplicación de la reforma constitucional que creó la doble instancia.

Palacio, quien recuperó su libertad el pasado 2 de marzo, pedía a la Corte la segunda instancia que se creó con el Acto Legislativo 01 de 2018, es decir, tres años después de que se produjera el fallo contra Palacio. Decía en la solicitud que se trata de un “derecho humano consagrado en los tratados internacionales que conforman el bloque de constitucionalidad”.

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La Sala Penal reiteró lo dicho en casos similares y rechazó por improcedente la petición. Primero, precisó que la reforma permite apelar las sentencias de primera instancia que sean emitidas por la Sala Especial de Primera Instancia, todavía no implementada. Y aclaró que esto no quiere decir que las sentencias emitidas en el pasado por la Corte, ya en firme y ejecutoriadas, puedan ser apeladas.

Además, la Sala indicó que la sentencia de Palacio, del 15 de abril de 2015, no tenía recurso de apelación en ese momento. “No es posible aplicar el Acto Legislativo 01 del 18 de enero de 2018, por favorabilidad”, dice el fallo. Por otro lado, se indicó que la posibilidad de impugnar cualquier sentencia condenatoria por su superior jerárquico tampoco es aplicable, porque la Corte Suprema es el máximo tribunal de la justicia ordinaria.

“De esta manera, no queda alternativa diversa que negar por improcedente el recurso de apelación interpuesto por el ex Ministro de Protección Social Diego Palacio Betancourt”, precisó la Corte.

(Vea: Segunda instancia para aforados arranca cuando se posesionen los magistrados: Corte)

Palacio fue condenado por el delito de cohecho, por ofrecer sobornos a congresistas para que votaran favorablemente en la Cámara de Representantes el proyecto que buscaba la creación inmediata de la figura de la reelección presidencial inmediata en Colombia. Por ello también fue condenado a 6 años de prisión el entonces ministro Sabas Pretelt de la Vega y el secretario de Presidencia, Alberto Velásquez, a 5 años. En 2004, el Congreso aprobó la reelección que le permitió al expresidente Álvaro Uribe seguir en el poder de 2006 a 2010. 

Por Redacción Judicial

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