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El as bajo la manga del alcalde Petro

Hoy se discute el futuro de las medidas cautelares impuestas por el Consejo de Estado en favor del alcalde de Bogotá.

Redacción Judicial
17 de febrero de 2015 - 07:35 p. m.
El as bajo la manga del alcalde Petro

Hoy se discute en el Consejo de Estado sobre el futuro de las medidas cautelares que este alto tribunal impuso a favor del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, y, además, sobre el futuro del fallo en el que la Procuraduría sancionó a Petro con 15 años de inhabilidad para ejercer cargos públicas por supuestas irregularidades en la implementación del esquema de basuras de la capital de la República. El debate está encendido y existe la posibilidad de que a Petro se le quiten las medidas cautelares decretadas por ese alto tribunal; sin embargo, Petro y sus abogados cuentan con un as bajo la manga: las medidas cautelares decretadas a su favor por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y un reciente fallo del mismo Consejo de Estado en el que ese alto tribunal sostuvo que estas medidas “comportan carácter vinculante a nivel interno, por cuanto éste es un órgano de la Organización de Estados Americanos (OEA) del cual Colombia hace parte, al igual que es Estado Parte en la Convención Americana sobre Derechos Humanos” y que por ello son de obligatorio cumplimiento.

En su sentencia, el Consejo de Estado falló a favor de un periodista, Rodrigo Callejas Bedoya, beneficiario de medidas cautelares por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y, por ello, protegido por la Unidad Nacional de Protección. Callejas denunció que la UNP no estaba cumpliendo a cabalidad con las medidas decretadas por la CIDH porque no contaba con protección, por ejemplo, para movilizarse a otros municipios del departamento en el que reside. La UNP respondió que esto era falso, que sí lo estaba protegiendo pero que, no obstante, la protección que se le brindaba era acorde a los estudios de riesgo que se le habían realizado a Callejas y que señalaban que su nivel de riesgo era, apenas, ordinario. Que, por ello, no se habían avalado las medidas de protección solicitadas por él, y que, de la misma forma, ya se le habían enviado a la CIDH los mencionados estudios de riesgo para que reconsiderara su posición.

El Consejo de Estado no estuvo de acuerdo con la UNP y dijo que “mientras se encuentre vigente la medida cautelar decretada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en favor del accionante y su núcleo familiar, el Estado Colombiano tiene la obligación de garantizar medidas especiales de protección para la vida e integridad física de aquellos, ante las situaciones de riesgo que se puedan presentar por el ejercicio de la actividad periodística del señor Callejas Bedoya”.

Y agregó que “si la Unidad Nacional de Protección estima que las medidas especiales de seguridad asignadas en favor del accionante y su familia no son necesarias, debido a que no se encuentran en una situación de riesgo extraordinario, debe adelantar las gestiones pertinentes para ventilar tal situación ante el referido organismo internacional, y mientras este adopta una decisión, dar pleno cumplimiento a la referida medida cautelar”. Y, por ello, le ordenó a la UNP seguir protegiendo a Callejas mientras continúen vigentes las medidas cautelares emitidas por la CIDH a favor suyo.

Es decir: que las medidas cautelares permanecen vigentes hasta que la CIDH señale lo contrario y que si las autoridades nacionales consideran que ya no hay razones para estas, deben adelantar las gestiones necesarias para que las mismas sean retiradas. Ante la eventualidad de que el Consejo de Estado le retire las medidas cautelares a Petro, sus abogados esperan que este antecedente sirva para que el fallo de la Procuraduría siga suspendido y el alcalde pueda continuar en el Palacio Liévano. Falta ver qué decide el Consejo de Estado y si Petro termina el 2015 de alcalde o no.

Por Redacción Judicial

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