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Expediente por investigación del asesinato de Dilan Cruz, varado por un error de pandemia

En abril de este año, la Sala Disciplinaria de la Judicatura recibió la orden de la Corte Suprema de volver a analizar este caso para determinar si debe seguir en la justicia penal militar (como lo estableció la Judicadura en diciembre pasado) o si debe ir a la justicia ordinaria. Por un error de notificación electrónica, la Judicatura no fue notificada de lo que debía hacer.

23 de junio de 2020 - 10:49 p. m.
El expediente de Dilan Cruz volverá a la Sala de Casación Penal donde se volverá a realizar el proceso de notificación. / Archivo Particular
El expediente de Dilan Cruz volverá a la Sala de Casación Penal donde se volverá a realizar el proceso de notificación. / Archivo Particular

El pasado 23 de abril, la Corte Suprema de Justicia abrió una nueva posibilidad en el caso del asesinato de Dilan Cruz. El alto tribunal le dio la razón a la familia del joven en la que se oponían a que la jurisdicción militar llevara el proceso en contra del capitán de la Policía Manuel Cubillo, señalado de haber disparado la escopeta de munición tipo bean bag que impactó a Cruz y le causó la muerte. Pero, debido a la suspensión de términos judiciales a raíz de la emergencia sanitaria, la notificación a la Sala Disciplinaria de la Judicatura (que debía ser electrónica) nunca llegó.

(En contexto: Vía tutela, buscan devolver proceso por muerte de Dilan Cruz a la justicia ordinaria)

El meollo del asunto radicó en que la notificación no se hizo a través del correo que la Judicatura dispuso para estos requerimientos, por lo tanto, nunca se dio por enterada de la tutela y no se dio espacio para defender la decisión que tomó en diciembre pasado: que la justicia penal militar estuviera a cargo del caso. Asimismo, la Judicatura manifestó que se vulneró el debido proceso debido a que “al no notificar debidamente el auto admisorio de la presente acción constitucional, desconoció el derecho al debido proceso y de defensa de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que no tuvo oportunidad alguna de pronunciarse frente a los hechos materia de la acción de tutela”.

Desde el pasado 18 de diciembre, la investigación por la muerte de Cruz está en manos de la Justicia Penal Militar por orden de la Judicatura, que consideró que el hecho sucedió como un “acto de servicio”. Así las cosas, la misma Corte Suprema ordenó que el expediente sea devuelto a la Sala de Casación Penal de esa corporación para que se vuelvan a hacer las diligencias. La Corte señala que “desde entonces, se ordenará rehacer esa actuación, notificando oportuna y debidamente dicho proveído a la accionada al correo institucional (…) se aclara que las pruebas recaudadas conservan pleno valor”.

La Sala Civil de la Corte Suprema decidió dejar sin el efecto la solicitud que le permitiría al caso ser nuevamente estudiado con la posibilidad de que la Fiscalía asumiera las investigaciones. En lugar a esto, ordenó a “la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura solicite la actuación penal a la Justicia Penal Militar y proceda nuevamente a estudiar el caso a la luz de las pruebas que obraban en el proceso para la aludida fecha”.

(Lea también: Judicatura deberá volver a definir quién investiga la muerte de Dilan Cruz)

La Corte Suprema había estudiado el caso y decidió fallar a favor de la tutela que interpuso la familia de Cruz luego de conocer la decisión de la Judicatura. La decisión del alto tribunal concluyó que la Judicatura debería estudiar nuevamente el caso ya que cuatro testimonios que tomó el CTI de personas que estuvieron en el lugar de los hechos no fueron incluidos ni tomados en cuenta para la sentencia. El nuevo proceso al que deberá ser sometido el proceso deja el caso lejos de ser concluido.

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