"El fallo es un retroceso, no reconoce el papel del Estado en el crimen de Jaime Garzón"

Sebastián Escobar, abogado de la familia del periodista y humorista, cuestionó el fallo que dictó el Tribunal Superior de Bogotá en contra del exdirector del DAS, José Miguel Narváez. Si bien fue condenado, explica, la decisión judicial tendría vicios sobre la verdad histórica del crimen ocurrido el 13 de agosto de 1999, además de no reconocerlo como de lesa humanidad.

Alejandra Bonilla Mora / @AlejaBonilla
27 de julio de 2019 - 04:30 p. m.
El próximo 13 de agosto se cumplirán 20 años del homicidio del periodista. Además de Narváez, solo Carlos Castaño, ex jefe paramilitar, está condenado. / Archivo.
El próximo 13 de agosto se cumplirán 20 años del homicidio del periodista. Además de Narváez, solo Carlos Castaño, ex jefe paramilitar, está condenado. / Archivo.

El fallo rebaja de 30 a 26 años de cárcel la pena a José Miguel Narváez, exsubdirector de DAS, ¿cómo lo reciben?

Hay algo positivo: se confirma una condena en contra de un personaje como José Miguel Narváez, que representa un elemento particular en la estrategia sucia que desde el Estado y ciertos sectores se hizo en contra la izquierda y contra personas que defendieron los derechos humanos, que defendieron la paz negociada o que fueron críticos como Jaime Garzón.  Pero, tenemos muchas observaciones al fallo, que consideramos preocupante, en términos de la verdad histórica y del reconocimiento del crimen como de lesa humanidad. Creemos que el fallo es un retroceso grande.

¿Por qué?

Desconoce avances en el esclarecimiento de la verdad del crimen de Jaime Garzón. Dice que, si bien el en el crimen estuvo involucrado José Miguel Narváez, fue una decisión autónoma (del jefe paramilitar) Carlos Castaño, y menciona a la banda La Terraza como el ejecutor material, como un caso de sicariato. Desconoce todo lo que está detrás: el rol de Narváez, que actuó como emisario de las Fuerzas Militares quienes fueron los que realmente incitaron este crimen.

(En contexto: Tribunal de Bogotá insiste en que crimen de Jaime Garzón no fue de lesa humanidad)

Se van a cumplir 20 años del crimen de Jaime Garzón, ¿este fallo les da sensación de justicia?

Es positivo que se confirme la sentencia, pero la apuesta no es solo por obtener una decisión que condene a alguien, sino por tener una decisión que contribuya al esclarecimiento de la verdad. Y, desafortunadamente, esta sentencia es una pieza documental que va en contra de ese esclarecimiento, es un retroceso muy grande. No reconoce el papel del Estado en el crimen. Es que el rol de José Miguel Narváez en ese crimen no se explica sino como un enlace entre sectores del Estado, particularmente el Ejército, y las Autodefensas. El móvil del crimen no era una animadversión personal de Narváez, sino acallar lo que representaba Jaime Garzón. Esta decisión borra de tajo lo que se había logrado avanzar y desconoce el involucramiento del Estado. Recordemos que la propia Fiscalía reconoció que esto era un crimen de Estado y eso brilla por su ausencia.

La Fiscalía declaró el crimen como de lesa humanidad en 2016, pero el Tribunal dice que no es así, ¿por qué?

Eso es particularmente preocupante. No se reconoce que es un crimen de lesa humanidad. Los hechos probados en el proceso ameritaban que se acogiera esta tesis y se desconoce la decisión de la Fiscalía y (otra) del Consejo de Estado que ya habían reconocido así el crimen.

En términos estrictos, ¿cuándo prescribiría el caso?

El código penal dice que la prescripción es por 20 años que técnicamente se cumplirían el 13 de agosto que viene. Sin embargo, la ley también dice que una vez en firme la resolución de acusación, se suspenden los términos de prescripción. En ese sentido, los términos me dan para agosto de 2021, porque la acusación a Narváez quedó en firme en el 2011.

Pero, ¿la declaratoria de lesa humanidad de la Fiscalía no suspende la prescripción? ¿Por qué está en el aire este debate?

Técnicamente la decisión de la Fiscalía se hizo en 2016 cuando este caso ya estaba en juicio y se hizo en otra cuerda procesal, contra otras personas. Por eso siempre insistimos ante el juzgado de primera instancia y ante el Tribunal que en este caso también fuera declarado de lesa humanidad, siendo coherentes con el planteamiento de la Fiscalía.

(Puede ver: La conexión entre agentes del Estado y grupos paramilitares en condena en caso Garzón)

El Tribunal dice que como a Narváez se le acusó como determinador, no se podría, en términos procesales, hacer una declaración de lesa humanidad ¿Qué piensa de ello?

Esa es una discusión jurídica. En los casos en que la imputación jurídica no sea más grave, el juez se puede apartar de esa calificación y hacerlo de otra forma. Nosotros planteamos que cambiarla, para considerarlo coautor, no era más grave, y la de lesa humanidad tampoco porque eso no implicaba que si lo sancionaban, tuviera una sentencia más grave. El asunto es más sobre la naturaleza del crimen, es simbólico, y el único efecto que tiene es la imprescriptibilidad. 

Igualmente, la sentencia dice que el actuar de la Fiscalía no estaba encaminada a investigar un crimen de lesa humanidad, tampoco se podía considerar así el crimen. ¿Qué opina?

Me parece que no se sostiene el argumento. Como digo, una es la imputación jurídica y otra la fáctica, los hechos. Y en esa, de alguna manera, se reconoce el carácter de crimen de lesa humanidad. Por ejemplo, se reconoció que Narváez llevaba mensajes a Castaño para atentar en contra de personas, pero también a otros miembros de las Autodefensas. Se reconoció que iba a dar clases a la finca donde estaba por ejemplo, (alias) El Alemán y que llevaba listas y mencionaba personas de ONG. Es decir, que su interés no era solo atentar contra una persona en particular, sino que era una estructura armada, que actuaba en todo el país, que cometía diferentes crímenes contra determinadas personas, lo hicieran también contra defensores de derechos humanos, que representaban a un sector de la población. Es decir, en los hechos que recogió la Fiscalía, que se debatieron en el proceso, de los cuáles él se pudo defender, existían elementos a partir de los cuáles se reconocía que este caso era de lesa humanidad.

(Puede ver: Crímenes contra defensores de dd. hh. en que se involucraron agentes del Estado (III))

Por Alejandra Bonilla Mora / @AlejaBonilla

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