“El sistema penitenciario ha sido pensado para los hombres”: investigadora de la Javeriana

Liliana Sánchez, investigadora principal del más reciente informe del Comité Internacional de la Cruz Roja sobre mujeres en prisión, habla de la urgencia de incluir un enfoque de género, pues, por ejemplo, las reclusas ni siquiera tienen acceso a suficientes toallas higiénicas. El Espectador también habló con Óscar Manuel Ayzanoa, asesor de política criminal del CICR.

Juliana Jaimes Vargas /Twitter: @julsjaimes
07 de febrero de 2019 - 11:00 a. m.
Los delitos por los cuales las mujeres son condenadas con más frecuencia son tráfico y porte de estupefacientes. / CICR
Los delitos por los cuales las mujeres son condenadas con más frecuencia son tráfico y porte de estupefacientes. / CICR

En términos generales, y tras el estudio realizado, ¿cuáles son las primeras conclusiones que quedan acerca del sistema penitenciario en Colombia teniendo como base el enfoque de género?

Liliana Sánchez: Los hallazgos indican que nuestro sistema penitenciario está lejos de tener una efectiva perspectiva de género. Las mujeres enfrentan retos muy particulares y tienen unas necesidades especiales que finalmente en el sistema penitenciario no son atendidas adecuadamente en todos los casos. 

El estudio compara cifras desde 1991 a 2018. ¿Cuánto tiempo tardó el trabajo de campo?

L.S.: El proyecto de investigación se demoró más o menos dos años. Iniciamos con el diseño y luego tuvimos el trabajo de campo con la aplicación de las 1.123 encuestas, en siete centros del país. Posteriormente tuvimos una etapa de análisis de los datos y de formulación de las recomendaciones.

(En contexto: En busca de un enfoque de género en la política penitenciaria)

Tras el análisis realizado y teniendo en cuenta las condiciones biológicas que solo vive la mujer, (embarazo, lactancia, menstruación) ¿consideran que en Colombia las cárceles están pensadas para que la mujer pueda vivir dignamente o es un sistema penitenciario pensado para los hombres?

L.S.: Es un sistema que tradicionalmente ha sido pensado más hacia los hombres y esto obedece en parte a que la mayor parte de la población penitenciaria es de hombres. Entonces la mayoría de los establecimientos penitenciarios son mixtos y lo que termina pasando allí, es que en esos establecimientos mixtos los espacios para las mujeres son más reducidos y los programas para las mujeres tanto laborales como educativos son más limitados. Por ejemplo, con respecto al tema de la menstruación lo que encontramos es que más del 70% de estas mujeres indican que no tienen acceso a la cantidad de toallas higiénicas suficientes para su uso. De hecho, cuando miramos las directrices del Inpec se habla de un paquete de toallas para cuatro meses lo cual, claramente, es insuficiente.  

Óscar Ayzanoa: Partiendo del factor cuantitativo estamos hablando del 6% de población penitenciaria que son mujeres. Sin duda, es una población que tiene necesidades diferenciadas y que a la ya tradicional vulneración social vive, la prisión acentúa esa condición de vulnerabilidad. Es por ello que hay la necesidad de tener en cuenta el enfoque de género, factores psicológicos y factores propios de la condición femenina. Es decir, la mujer no vive la reclusión cómo la vive el varón y más aún si es que tiene hijos en prisión.

En el informe ustedes dicen que entre 1991 y 2018 se registró un aumento de 429% de la tasa de mujeres en prisión (en comparación con la tasa de aumento de los hombres que es de un 300%). ¿Por qué creen que se dio este aumento?

L.S.: Los delitos por los cuales las mujeres son condenadas con más frecuencia son tráfico y porte de estupefacientes. Esos son delitos de fácil detección y de fácil procesamiento porque normalmente ellas llevan consigo la droga, entonces son capturadas en flagrancia, y de unos años para acá en el país ha habido una tendencia punitivista en nuestra legislación y se han aumentado las penas relacionadas con delitos de drogas y es por ello que es más frecuente y más factible la encarcelación de las mujeres que incurren en este tipo de delitos.

O.A.: Me parece que esta condición periférica o digamos marginal de la mujer dentro de la cadena delictiva está vinculada a labores de apoyo. No hay presencia de la mujer en el tema de planeación del delito o de decisión, es más bien una labor de apoyo que reproduce la discriminación y vulneración social que tiene la mujer en la sociedad. Si una mujer es detenida por transportar droga, al final no se rompe la cadena delictiva, la organización lo que va a ser es cambiarla por otra mujer que va a cumplir el mismo rol. 

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Según el informe, la mayoría de las mujeres que se encuentra recluidas en un centro penitenciario denunciaron haber sido víctimas de violencia física, psicológica o sexual. ¿Hay en la cárcel algún tipo de apoyo psicosocial durante y después de la pena para abordar este tipo de temas?

L.S.: En la investigación encontramos que, en efecto, los equipos psicosociales en los centros penitenciarios son muy limitados, entonces no es tan posible que las mujeres reciban unos tratamientos frecuentes y constantes psicológicos para atender situaciones de victimización, ni tampoco de tratamiento de adicción de drogas. Una de las propuestas de este informe es fortalecer estas propuestas psicosociales para que las necesidades de estas mujeres puedan ser atendidas adecuadamente.

O.A.: Estamos partiendo de un problema de base y es que en las cárceles de Colombia hay déficit de este tipo de personal. Esta problemática es una realidad para el conjunto de la población y justamente si este tipo de problemática es preocupante para la población en general, teniendo en cuenta la situación de las reclusas, es mucho peor pues es una población que amerita una atención especializada. En ese sentido la necesidad de programas de atención psicológica es imperativa.   

 

¿Explique las posibilidades y las implicaciones de que se piense en Colombia opciones diferentes a la cárcel teniendo en cuenta que, según el informe, 43% de las mujeres que se encuentran en prisión pagan una pena de cero a cinco años?

L.S.: Nosotros estamos proponiendo las medidas alternativas a la prisión para mujeres infractoras que cumplan básicamente tres condiciones: uno que sean infractoras de primera vez; dos, que no representen un riesgo alto para la seguridad ciudadana, que no hayan cometido delitos violentos; y tres, que tengan responsabilidades de cuidado. El objetivo de establecer esas alternativas a la prisión es lograr garantizar la proporcionalidad de las penas y esto ayudaría también a reducir el hacinamiento y también influiría en la reinserción a la sociedad y una resocialización más eficaz. 

O.S.: El fin de la prisión es que en la estancia de una persona allí pueda disminuir los factores que la llevaron a cometer la conducta delictiva. En el caso de las mujeres, a estos factores se agrega un tema adicional: tradicionalmente la mujer está a cargo de la familia, es jefa de familia y el rompimiento de la relación entre madre e hijo pone en riesgo que jóvenes puedan caer en conductas delictivas. En ese sentido, romper el círculo familiar a través de la privación de la libertad, puede tener un efecto multiplicador y potenciar la aparición de mayores personas que estén vinculadas a conductas delictivas. 

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¿Encontraron diferencia entre la experiencia de los hombres en comparación con la experiencia de las mujeres dentro de la prisión?

L.S.: Un de las diferencias entre hombres y mujeres encontradas están relacionadas con quien es la persona encargada del cuidado de los hijos antes de la detención. En el caso de los hombres ellos se encargan de los hijos en el 4% de los casos, mientras que en el caso de las mujeres 54% de ellas tenían la responsabilidad de cuidado. Por otro lado, otro dato importante en la comparación entre hombres y mujeres era el cuidado de los hijos después de la detención ahí lo que encontramos es que la mayor parte de los hijos de las mujeres viven con las abuelas, en un 43% de los casos o con otros familiares. Mientras que en el caso de los hombres en el 70% de los casos los hijos siguen bajo el cuidado de la madre.

O.A.: Quizás otro factor es el tema que los llevo a delinquir, muchas mujeres van a decirte que fue por influencia por las parejas y eso te evidencia un poco los distintos roles dentro de la cadena delictiva. El hombre usualmente que ha estado o está en prisión está vinculado a una actividad delictiva regular o delictiva, necesitan el apoyo de su compañera. Mientras que las mujeres muchas veces entraron influenciadas por la presión negativa de la pareja. Es ahí donde se ve claramente la distinción de roles y a la vez la vulnerabilidad de la mujer en una sociedad machista, una sociedad patriarcal donde usualmente la mujer se limita a cumplir órdenes.

L.S.: Otra cosa en el tema delictivo es el tipo de delito. En el caso de las mujeres la mayor parte de ellas se encuentran privada de la libertad por delitos relacionados con drogas, mientras que en el caso de los hombres la mayor parte de ellos se encuentran detenidos por delitos como homicidio y porte de armas. Otra diferencia en cuanto al perfil delictivo era que las mujeres usualmente no llevan ni armas blancas, ni armas de fuego, mientras que en el caso de los hombres el uso de armas blancas o de fuego a la hora de cometer el delito es más frecuente.

O.A.: Y lo dicen las estadísticas, el segundo delito después del tráfico de estupefacientes en mujeres es concierto para delinquir. Es decir, estar vinculadas a la organización y nada más participar en la organización es un delito autónomo según el código penal y por lo tanto se convierte en el segundo delito en incidencia y ahí te das cuenta cual es el rol o el papel que juega la mujer en la cadena de hechos que establece el delito.

¿Qué recomendaciones y propuestas deja este informe mejorar las políticas penitenciarias en el país?

L.S.: En el informe tenemos tres líneas de propuestas. La primera está orientada a la racionalización del uso de la prisión a través de alternativas para mujeres infractoras que cumplen las tres condiciones que mencioné anteriormente. El segundo grupo de recomendaciones se refiere a la vida en prisión y cómo lograr atender las necesidades específicas de las mujeres. Ahí se podrían resaltar dos recomendaciones: una la relacionada con acceso a bienes y servicios básicos especialmente para las mujeres y la otra es el fortalecimiento de los equipos psicosociales.

Hay un tercer paquete de recomendaciones que busca mejorar las condiciones de las mujeres para cuando regresen a la comunidad puesto que uno de los temas que encontramos en la investigación es que, en efecto, las mujeres se enfrentan a obstáculos para ingresar al mercado laboral muy fuertes lo que nos señalaban algunos de los jueces de ejecución de penas es que esa falta de oportunidades en algunos casos termina generando reincidencia por parte de estas mujeres.  Entonces ahí las propuestas están más encaminadas a mejorar los programas laborales de las mujeres y un poco repensarlos teniendo en cuenta que se deberían eliminar los estereotipos de género y que deberían buscar habilidades relevantes para el mercado laboral. En este contexto la otra propuesta son alianzas con empresas incluso para tener programas laborales dentro de los centros penitenciarios, pero es importante que cuando las mujeres participen en este tipo programas también reciban una remuneración económica adecuada porque en muchos casos estas mujeres siguen con el rol de proveedoras en sus hogares.

O.S.: Se debe racionalizar la pena privativa de la libertad por doctrina jurídica. En derecho penal esa es la medida más extrema, pero pareciera que se hubiera invertido ese concepto. La regla es la prisión cuando debería ser la excepción y en el caso de las mujeres eso es mucho más patente.

Por Juliana Jaimes Vargas /Twitter: @julsjaimes

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