Explotación de Cerro Matoso vulnera derechos fundamentales: Corte Constitucional

El alto tribunal argumentó que las partículas generadas tras la explotación minera de Cerro Matoso S.A eran perjudiciales para la salud de la población vecina.

Redacción Judicial
16 de marzo de 2018 - 08:20 p. m.
La explotación minera afecta a diversas comunidades étnicas de Córdoba.  / Amaury Navarro
La explotación minera afecta a diversas comunidades étnicas de Córdoba. / Amaury Navarro

La Corte Constitucional emitió un fallo de 490 páginas en el que ordena a la multinacional Cerro Matoso S.A iniciar los trámites necesarios para la expedición de una nueva licencia ambiental que se acoja a los estándares de la ley colombiana. Esta determinación se da debido a los hallazgos que demuestran la alta vulneración a los derechos fundamentales de los pobladores vecinos.

Esta condena contra la multinacional, que se emite 5 años después de iniciada esta pelea, ordena el pago de todos los perjuicios causados a los integrantes de las comunidades étnicas y la financiación para crear un Fondo Especial de Etnodesarrollo para reparar a las víctimas.

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Cerro Matoso S.A ha realizado actividades de exploración y explotación minera desde 1982 en el departamento de Córdoba. Según lo señala la sentencia, desde ese momento iniciaron las afectaciones a las comunidades étnicas cercanas al complejo minero, las cuales han tenido que presenciar múltiples daños a su medio ambiente. Una de esas afectaciones se ha dado en materia de salud con la aparición de distintas clases de enfermedades de tipo respiratorio, cardiovascular, dermatológico, entre otras.

Tras un largo proceso judicial, el caso llegó a la Corte Constitucional quien ordenó la práctica de diversas pruebas para demostrar los efectos de la explotación minera en los pobladores, lo que dio como resultado “múltiples hallazgos que acreditan la existencia de una grave situación de vulneración de derechos fundamentales en la zona”.

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Entre los resultados de estas investigaciones se destaca que la licencia ambiental de Cerro Matoso S.A no se ajusta a los estándares constitucionales de protección al medio ambiente y “la recurrente emisión de nubes de escoria y material particulado que afecta seriamente a las comunidades aledañas” se afirma en el fallo. Asimismo, se comprobó la contaminación de varios ríos y cuerpos de agua aledaños a la zona y la sedimentación de uno de los afluentes, causada por la construcción de un canal perimetral al complejo minero.

Por estos motivos, el alto tribunal ordenó al Ministerio del Interior que realice una consulta previa con todas las comunidades que se han visto afectadas con los trabajos mineros de esta multinacional para fijar medidas de prevención, mitigación y compensación ambiental frente a los perjuicios causados por esta actividad minera. También, pidió al Ministerio de Salud que realice brigadas médicas a los habitantes de la zona para valorar su estado de salud.

Finalmente, pidió a la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría que establezcan un especial de seguimiento a las órdenes proferidas en la sentencia con la advertencia a la empresa Cerro Matoso S.A. de cumplir cada uno de los puntos emitidos en este fallo.

Por Redacción Judicial

 

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