El Consejo Superior de la Judicatura no aceptó las pretensiones de la tutela presentada por la defensa del expresidente de la Cámara de Representantes, César Pérez García que buscaba anular la sentencia emitida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que lo condenó a 30 años de prisión por la denominada Masacre de Segovia.
El alto tribunal rechazó los argumentos de la acción judicial que solicitaba se declarara la nulidad de la sentencia que lo halló culpable de los delitos de homicidio agravado, lesiones personales y concierto para delinquir por los hechos registrados en noviembre de 1998 donde un grupo paramilitar asesinó a varios militantes de la Unión Patriótica.
Para la Judicatura, esta solicitud es improcedente puesto que no se pudo argumentar las irregularidades en las que habría incurrido la Corte Suprema en el fallo emitido el pasado 15 de mayo.
En este punto se señala que no existe vicio en el proceso judicial adelantado por la Corte Suprema ya que no hay mérito jurídico “para dar al traste con el fallo y produzca en efecto, una absolución”.
“Por lo tanto no se advierte falla en la imputación jurídica realizada, menos aún incongruencia entre los cargos debido a que está debidamente probado en la sentencia condenatoria la conducta de César Pérez García como crimen de Lesa Humanidad”, precisa uno de los apartes del fallo.
En contra de esta decisión no procede recurso alguno, hecho por el cual la condena en contra de Pérez García queda en firme.