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Fiscalía no procesará a exreina de Santander por violación de medida sanitaria

María Claudia Peñuela llegó de España en marzo, cuando Colombia comenzaba a sumirse en un aislamiento por la pandemia del coronavirus. Se hospedó en un hotel y terminó investigada penalmente, proceso que terminó esta semana por decisión de la Fiscalía.

20 de octubre de 2020 - 04:55 p. m.
María Claudia Peñuela asegura que viajó todo el trayecto en avión usando tapabocas.
María Claudia Peñuela asegura que viajó todo el trayecto en avión usando tapabocas.

La Fiscalía decidió archivar el proceso que había abierto en contra de la exseñorita Santander, María Claudia Peñuela, por el supuesto delito de violación de medidas sanitarias. La mujer había llegado de España en marzo pasado y no pudo pasar la cuarentena exigida a todos los viajeros provenientes del extranjero en casa de sus padres, con lo cual se hospedó en el hotel Dann de Bucaramanga. Una vez allí comenzó a presentar síntomas y tras varios desencuentros con la administración del lugar, terminó envuelta en un proceso penal al que ahora el ente investigador le puso punto final: no hubo delito.

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En el documento que cerró el proceso la Fiscalía escribió: “No existe evidencia alguna que nos permita afirmar que la señora María Claudia Peñuela haya incurrido en el delito de violación de medidas sanitarias y no es cierto, como se dice en una publicación de Caracol Radio, que ‘la ex reina del departamento de Santander sabiendo que tenía COVID-19, se hospedó en un hotel de cinco estrellas en Bucaramanga’, ya que quedó demostrado en esta investigación que ella, cuando llegó al país procedente de España no presentaba ningún síntoma que pudiera inferirse que tenía el virus y, si se hospedó en un hotel, fue precisamente porque no podía quedarse en la residencia de sus padres”.

La publicación a la que hace referencia el ente investigador fue una de las cosas que desató la polémica en el caso de Peñuela. En marzo de 2020, un artículo web de la emisora recogía declaraciones de Anato (el gremio hotelero) en las que se quejaban de lo “irresponsable” que había sido la exreina santandereana al alojarse en el hotel supuestamente sabiendo que estaba contagiada. La Fiscalía inició una investigación por el delito de violación de medidas sanitarias, para establecer si Peñuela había actuado de maneras que pusieran en riesgo la salud pública y concluyó: “Vemos que María Claudia Peñuela Cornejo en ningún momento violó alguna medida sanitaria”.

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En el proceso declaró, por ejemplo, el gerente del Dann de Bucaramanga, quien inicialmente había asegurado que ocho de sus empleados estaban en riesgo de contraer COVID-19, pero luego le aseguró a la Fiscalía que siete de las pruebas habían sido negativas. Al momento que le tomaron la declaración no había llegado el octavo resultado. “Se le pregunta si la señora María Claudia Peñuela fue receptiva y cumplía con las políticas que estableció el hotel al conocer su estado de salud, y afirma que sí, pero lamentablemente la señora recibió las medidas de muy mal agrado o de muy mala manera”, continúa el documento.

El gerente citó anécdotas, como que la exreina supuestamente prendió el aire acondicionado de su habitación a pesar de que lineamientos del Instituto Nacional de Salud recomiendan no hacerlo para que el virus no se propague. O que “tampoco fue de su agrado” cuando le pidieron que sacara ella misma la basura y ropa de su cuarto al pasillo y la pusiera en una bolsa roja que significa peligro. Pero esto no es delito, como escribió la Fiscalía: “Ella cuando llegó al país no tenía conocimiento que había adquirido el coronavirus y solo se enteró de ello cuando le informaron por parte de la secretaria de salud que el resultado del examen realizado había dado positivo”.

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Y continúa: “entonces, no podemos afirmar que sabiendo que tenía COVID-19, se hospedó en un hotel cinco estrellas, donde permaneció totalmente aislada y cumplió con todos los protocolos de bioseguridad”. Así las cosas, “como se pudo establecer que en el presente caso, los hechos investigados no revisten su caracterización como delito como tampoco existen motivos o circunstancias fácticas que indiquen su posible existencia como tal, como se precisó en precedencia, debiendo en consecuencia, ordenarse el archivo de la actuación”, finaliza el documento de archivo.

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