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Foncolpuertos, 20 años después

El alto tribunal condenó a doce años y nueve meses de prisión a un juez protagonista de este escándalo que ya cumple dos décadas.

Juan Sebastián Jiménez Herrera
25 de julio de 2015 - 03:16 a. m.
Por este desfalco, algunos extrabajadores de Foncolpuertos terminaron con pensiones de $25 millones. / Archivo
Por este desfalco, algunos extrabajadores de Foncolpuertos terminaron con pensiones de $25 millones. / Archivo

Han pasado casi 20 años desde que algunos jueces y funcionarios de Puertos de Colombia (Foncolpuertos) se unieron para desfalcar al Estado por varios cientos de miles de millones de pesos y la justicia sigue condenando responsables por este multimillonario robo.

En un fallo de 85 páginas, conocido por El Espectador, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia sentenció a doce años y nueve meses de prisión al exjuez octavo laboral de Barranquilla Luis Eduardo Cuello por reconocerles a varios extrabajadores de aquella empresa millonarias pensiones e indemnizaciones a las que no tenían derecho.

Fueron en total 55 sentencias emitidas entre 1991 y 1996, las cuales permitieron la apropiación ilícita de por lo menos $2.228 millones por parte de exfuncionarios de la entidad. Esos fallos fueron anulados posteriormente por distintos tribunales, al quedar en evidencia su ilegalidad.

Para la Corte, pese a los alegatos del juez, fue evidente su intención de fallar en contra de Foncolpuertos “desconociendo las excepciones y pruebas presentadas por ésta para oponerse a las pretensiones de los extrabajadores”. Tanto como lo fueron “las interpretaciones del derecho amañadas, desprovistas de sustento probatorio”, por parte del funcionario.

De la misma forma fue clara “la ausencia de motivación de las providencias y la omitida exteriorización de los soportes argumentativos y numéricos de los ejercicios aritméticos que sustentaron las liquidaciones ilícitas y la tergiversación de los hechos, al punto de atribuir a algunos demandantes condiciones laborales de las que carecían”.

Entre otras, Cuello, “con ostensible desconocimiento de la ley, invocando disposiciones inaplicables y pasando por alto la prueba acopiada, resolvió tener en consideración días de trabajo que no podían ser lícitamente contabilizados para los cálculos prestacionales, porque respondían a períodos de suspensión del contrato de trabajo”. Fue así como decenas de trabajadores terminaron con estrambóticas pensiones.

Se reajustaron las primas de antigüedad y las cesantías sin motivo alguno, apenas con el argumento de que “hechas las operaciones aritméticas del caso, el verdadero valor día para efectos de la liquidación definitiva es la suma de $20’621.900”. Una cifra a la que el juez llegó sin explicar cómo o con base en qué criterios.

A esto se suma que Cuello hizo caso omiso de las negociaciones llevadas a cabo entre los extrabajadores y Foncolpuertos. De hecho, al proceso en su contra se allegaron varios documentos que demostraban “la buena fe de la empresa, que realizó todas las gestiones pertinentes a efectos de obtener el cálculo de lo adeudado más acertado posible a partir de la documentación respectiva, como las planillas de control de salarios y las resoluciones de reconocimiento de derechos”.

Cuello sostuvo que sus fallos estaban sustentados en varias convenciones colectivas. No obstante, algunas de ellas no se encontraban vigentes al momento de los hechos. Por ejemplo, en uno de los casos dio aplicación a una convención colectiva que tenía vigencia para los años 1981 a 1982, “aun cuando los derechos que adjudicó, indebidamente, se causaron entre 1984 y 1985”.

En otros casos hizo referencia a convenciones colectivas que nunca fueron presentadas, con la excusa de que fueron robadas durante el proceso en su contra.

“Si las pretensiones de los demandantes dependían de lo previsto en las convenciones colectivas celebradas entre los sindicatos y la empresa Puertos de Colombia, y éstas no fueron aportadas o lo fueron de manera incompleta o desprovista de las formalidades exigidas para su valoración, no podía el acusado, como lo hizo reiteradamente, condenar a la entidad demandada, de donde deviene en buena medida la ilegalidad de las decisiones”, sostuvo la Corte.

En resumen, para la Corte fueron claras las maniobras con las que Cuello quiso “inflar las reclamaciones de los extrabajadores y defraudar las arcas del Estado”. Por ello lo condenó. No obstante, redujo la pena que le había impuesto el Tribunal Superior de Barranquilla el 5 de marzo de 2014, debido a que varios de los procesos en su contra por las cuestionadas sentencias ya habían prescrito.

Han transcurrido 20 años de uno de los mayores desfalcos de la historia reciente de Colombia, un carrusel de jueces y exfuncionarios que les causó a las arcas del Estado una herida que aún carga.

Por Juan Sebastián Jiménez Herrera

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