Contraloría raja al Gobierno en cumplimiento de la sentencia del Arroyo Bruno

Una histórica sentencia de la Corte Constitucional suspendió la explotación en este riachuelo por no existir certeza de sus efectos. Tres años después no ha cambiado mucho, según el ente de control.

Felipe Morales Sierra
14 de julio de 2020 - 02:00 a. m.
Mina del Cerrejon , comunidades wuyuu ,guajira , albania
Mina del Cerrejon , comunidades wuyuu ,guajira , albania
Foto: GUSTAVO TORRIJOS

El arroyo Bruno, uno de los mayores afluentes del río Ranchería, en La Guajira, fue desviado para expandir la explotación de carbón de la empresa Cerrejón. Sin embargo, una tutela de las comunidades aledañas al cuerpo hídrico, que llegó hasta la Corte Constitucional, ordenó frenar el proyecto en 2017 por las incertidumbres que existen sobre sus impactos ambientales y sociales. En la misma decisión, el alto tribunal les dio una serie de órdenes al Ministerio de Ambiente y otras autoridades, pero a casi tres años de la sentencia un informe de la Contraloría, conocido por El Espectador, raja a la minera y al Gobierno.

En un documento de 89 páginas, la contralora delegada para asuntos ambientales, Walfa Téllez, les detalla al Ministerio de Ambiente, a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y a la Corporación Autónoma de La Guajira (Corpoguajira) que las comunidades todavía no han sido tenidas en cuenta y que las decisiones tomadas alrededor del caso del arroyo Bruno no están basadas en evidencia científica. El informe final, en poder de este diario, relaciona 14 posibles irregularidades, siete de las cuales podrían llegar a ser faltas disciplinarias. Por ejemplo, que ni siquiera han establecido una hoja de ruta para comenzar a cumplir con las órdenes de la sentencia.

El caso es de vieja data. Debajo del arroyo habría hasta 40 millones de toneladas de carbón. En 2016, la ANLA y Corpoguajira le dieron luz verde a la compañía para desviar los últimos 3,6 kilómetros del arroyo y así explotarlo. Las comunidades se opusieron, comenzó una batalla jurídica, y la Corte falló a su favor en 2017. La Contraloría explica así la decisión: “A pesar de haberse autorizado desde 1983 la operación minera de El Cerrejón y sus posteriores modificaciones, entre otras, las expansiones del área de explotación, que implicaba intervenciones como el desvío del cauce del Arroyo Bruno, estas modificaciones no se encuentran sujetas al régimen jurídico ambiental vigente”. Es decir, aunque Cerrejón contaba con una autorización tácita para este proyecto, la Corte consideró que los estándares ambientales de hace 35 años no encajaban con la normatividad actual.

El alto tribunal aprovechó que ya el Consejo de Estado había ordenado integrar una mesa interinstitucional en 2016 para sortear este caso y le ordenó a esa instancia, liderada por el Ministerio de Ambiente, resolver la falta de certeza que existe sobre los impactos ambientales y sociales que podría tener desviar el arroyo. En concreto, la sentencia les ordenó a estas entidades hacer un estudio técnico que diera luz sobre las dudas que planteaban las comunidades.

Además, la Corte le ordenó a esta mesa “diseñar un cronograma detallado y razonable de sus actividades”. Sin embargo, el ente de control encontró en la auditoría que la mesa interinstitucional ni siquiera ha diseñado el cronograma. Lo cual ocurre, dice la Contraloría, por la “falta de planeación y coordinación entre las entidades que conforman” la mesa. El Ministerio se defendió diciendo que el plan de trabajo no era una orden expresa de la Corte, pero para la Contraloría esa respuesta “denota una clara inobservancia y aplicación de los principios administrativos de celeridad, publicidad y planeación”.

De hecho, el ente de control valoró la ausencia de esta hoja de ruta como una posible irregularidad que podría tener incidencia disciplinaria. Y es que otras dos órdenes que les dio la Corte al Gobierno y a Cerrejón no pudieron ser evaluadas, pues dependían directamente del cronograma que no se ha entregado. Pero a lo que el ente de control le dedicó mayor parte de la auditoría fue a analizar la respuesta a la orden de evaluar el retorno del arroyo Bruno a su cauce natural, de manera provisional. El Ministerio en este aspecto presentó varios informes con “información incompleta, temas no abordados”, entre otras posibles irregularidades que detectó la Contraloría.

El reproche central al documento es que, dice la Contraloría, se centra en los beneficios del ambicioso proyecto de desviación del arroyo y deja por fuera la información basada en evidencia técnica que contraste esos beneficios. “El uso preponderante de la información del proceso de construcción y operación del cauce artificial de un tramo del Arroyo Bruno, representa un sesgo de información”, asegura la Contraloría. Y remata: “no se explica la razón de no incluir información técnica, ambiental y social de las diferentes entidades que conforman la mesa interinstitucional; que debe permitir el contraste y validación de la información”.

En su defensa, el Ministerio respondió que el cauce del arroyo llevaba dos años desviado y por eso su énfasis en analizar el funcionamiento actual. Sin embargo, reconoció “la ausencia de información del componente social que involucre las comunidades”. Y algo similar ocurrió con otro informe que entregó la cartera de Ambiente en el que analiza los eventuales efectos de desmantelar el proyecto de explotación de arroyo Bruno. La Contraloría se despachó contra este último porque “el escenario de desmantelamiento de las obras autorizadas corresponde a un caso extremo de remota ocurrencia, el cual no corresponde a las condiciones del momento en el marco de la sentencia”.

Este documento de la mesa, dice la Contraloría, también se basa predominantemente en información de Cerrejón y no en datos independientes. Además, “no aporta como tal a lo solicitado por la sentencia y contrario a lo requerido, desvían la atención del objeto del informe e inducen a pensar en mantener el flujo del agua en el artificial, cuando se hace referencia al tamaño y costos de la obra de desviación, donde se asume que el retorno temporal del agua al cauce natural implica necesariamente una afectación y/o el desmantelamiento de las obras de desviación, situación que no se ajusta a la realidad, ni está justificada y soportada al interior del informe”.

Y el panorama se agrava, pues para la Contraloría el proyecto sigue sin tener en cuenta a las comunidades que tuvieron que demandar para ser escuchadas: La Horqueta, La Gran Parada y Paradero. Aunque Cerrejón y el Gobierno insisten en que toman en cuenta a una de las comunidades directamente afectadas, Campo Herrera, para el ente de control esto no cumple con la orden de la Corte Constitucional de “abrir espacios de participación suficientes a los representantes de las comunidades” demandantes. Por el contrario, el ente de control dice que no recibió respuesta de cómo se ha respondido a la problemática de escasez de agua de estos tres poblados wayuus.

Para corregir todos estos y otros hallazgos, la Contraloría le dio 15 días a todas las entidades vinculadas al expediente. En ese tiempo deben elaborar planes de mejoramiento que subsanen sus incumplimientos a la sentencia de la Corte Constitucional. Mientras tanto, consultada por este diario, la empresa Cerrejón respondió: “Aunque hasta el momento no hemos conocido el informe mencionado, Cerrejón ha presentado toda la información técnica requerida, tanto por la Mesa Interinstitucional como por otras entidades, que incluye informes trimestrales que muestran la adecuada evolución medio ambiental del nuevo cauce. Los datos muestran que la modificación no pone en riesgo la disponibilidad del agua ni el equilibrio del ecosistema del arroyo. Cada una de las decisiones de la Mesa Interinstitucional cuenta con el soporte de información técnica, pública y oficial, que reposa en las entidades competentes”.

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