Inhabilitan por 13 años a exgobernador de Casanare por fallas en contrato de acueducto

Nelson Ricardo Mariño Velandía fue sancionado disciplinariamente por las irregularidades que rodearon la celebración del convenio que tuvo un valor superior a los 22 mil millones de pesos.

Redacción Judicial
13 de junio de 2017 - 03:08 p. m.
Punto de recolección de agua tratada cerca del estadio de Yopal. / Fotos: Nelson Sierra G.
Punto de recolección de agua tratada cerca del estadio de Yopal. / Fotos: Nelson Sierra G.

Por las irregularidades en la celebración del contrato para el abastecimiento de aguas subterráneas en el acueducto de Yopal en el año 2012, la Procuraduría General emitió fallo disciplinario en contra del exgobernador de Casanare, Nelson Ricardo Mariño Velandia consistente en inhabilidad por 13 años para ocupar cargos públicos.

En la decisión disciplinaria se advierte que el contrato interadministrativo 1313 el 21 de junio de 2012 que tenía como objeto la construcción de cuatro pozos profundos para abastecer el acueducto de Yopal fue entregado de manera directa, sin adelantar la respectiva licitación que exige la ley.

Considera el Ministerio Público que el contrato, cuyo valor ascendia a los 22.700 millones de pesos, le fue adjudicado a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal (EAAAY), la cual no contaba con la capacidad, idoneidad y experiencia para ejecutar el negocio jurídico.

Debido a esto se considera que el entonces Gobernador vulneró “el principio de responsabilidad de la contratación estatal y con ello su compromiso con los habitantes del Yopal”. Así mismo, según las pruebas recaudadas, la Procuraduría encontró que la EAAAY se comportó como una empresa de tercerización para administrar recursos públicos, mientras otra sociedad ejecutó el objeto del convenio.

“El legislador estableció una limitante legal para las partes del contrato interadministrativo, según la cual es la entidad ejecutora la que debe llevar a cabo por si misma las obras, trabajos o servicios contratados en función de su objeto social, lo cual no obsta para que en algunos eventos pueda subcontratar algunas de las actividades, entendiéndose con ello que no se puede subcontratar todo el objeto pactado en los contratos interadministrativos”, precisa el fallo.

Por estos mismos hechos fueron inhabilitados por 10 años a Helver Rosell Martínez Bohórquez y Gustavo Adolfo Lara Sepúlveda, exgobernador (e) y exjefe Jurídico de la Gobernación de Casanare. La conducta fue calificada como gravísima.

Por Redacción Judicial

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