Inpec expide protocolo para recibir reclusos de Uris y estaciones de Policía

Solo recibirán a personas condenadas y en establecimientos con índices hacinamiento inferiores al 50%. Al llegar a la cárcel deberán cumplir una cuarentena de 14 días antes de ingresar a los pabellones.

14 de julio de 2020 - 08:11 p. m.
La cárcel Picota, de Bogotá, sería una de las cárceles a las que podrían llegar personas condenadas que se encuentren en cárceles distritales, estaciones de Policía y URI. / EFE/MAURICIO DUEÑAS
La cárcel Picota, de Bogotá, sería una de las cárceles a las que podrían llegar personas condenadas que se encuentren en cárceles distritales, estaciones de Policía y URI. / EFE/MAURICIO DUEÑAS
Foto: EFE - Mauricio Dueñas

Desde hace por lo menos tres meses, cuando el país se sumió en cuarentena, el Gobierno resolvió no recibir a más personas en las cárceles nacionales, administradas por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec). La decisión hacía parte de un paquete de medidas para frenar los estragos que podría hacer la pandemia del coronavirus en las prisiones. Sin embargo, este martes, el Inpec lanzó un protocolo de bioseguridad con el que empezará a recibir a personas que estén privadas de la libertad en estaciones de Policía y cárceles distritales o departamentales. Solo recibirá en las cárceles a condenados y no a quienes tengan detención preventiva.

(En contexto: Los problemas que evidencia mantener detenidos en estaciones de Policía)

Las medidas con las que se empezarán a recibir a condenados están condensadas en la circular 38 de este 14 de julio. Allí se explican los pasos del trámite: en primer lugar, todas las recepciones de condenados deben ser aprobadas por el director general del Inpec, general Norberto Mujica, o por alguno de sus directores regionales; solo pueden recibir internos las cárceles que tengan un índice de hacinamiento por debajo del 50%; se dará prelación a recibir personas provenientes de establecimientos donde no haya COVID-19; no se podrán hacer traslados entre cárceles nacionales; y los directores regionales deberán informar diariamente cuántos condenados han recibido.

Además, en caso de que una cárcel con un hacinamiento superior al 50% deba recibir a un condenado, solo el general Mujica puede autorizarlo. Para empezar el trámite, los directores regionales deben consolidar listados de todas las personas condenadas que han quedado pendientes por recibir en estos tres meses; así como las que actualmente se encuentran en estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediata (URI). Estos listados deben ser enviados a Bogotá para un visto bueno. A su vez, los directores regionales deben validar en qué cárceles tienen dispuestas zonas de aislamiento, pues los condenados que lleguen deben cumplir una estricta cuarentena de 14 días.

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“En tal sentido es fundamental que se tenga claridad de la capacidad de las zonas de aislamiento determinadas para este propósito, ya que esta variable será relevante en la programación de la cantidad y periodicidad con la que se recibirán a las personas privadas de la libertad en dichos establecimientos”, agrega el protocolo del Inpec. Antes de trasladar a cada condenado se debe verificar que se le haya practicado la prueba del COVID-19 en los últimos diez días y que el resultado haya sido negativo. Al llegar a la cárcel nacional que le asignen y tras cumplir sus 14 días de cuarentena, le volverán a practicar una prueba para descartar coronavirus, agrega el documento.

Con la expedición del decreto 546 de 2020, con el que el Gobierno buscaba agilizar los trámites para acceder a prisión domiciliaria por la pandemia, también se suspendió la recepción de reclusos condenados. Esto ha ayudado a reducir el hacinamiento que se presenta en las cárceles del país, al punto que, aunque comenzamos el año con una sobrepoblación de más del 51%, ahora el Inpec reporta que este índice bajó a un 38%. Sin embargo, esto ha generado congestión en las URI y estaciones de Policía, al punto que, en el caso de Bogotá, generó un rifirrafe entre la alcaldesa Claudia López y la ministra de Justicia y jefa directa del Inpec, Margarita Cabello.

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Para López, es necesario que el Gobierno le preste más atención a la situación de las detenciones preventivas, pero Cabello respondió que según la ley esa es una obligación de alcaldes y gobernadores. Y es que, según el Código Penitenciario, quien no haya sido condenado debe cumplir su prisión preventiva o medida de aseguramiento en un establecimiento carcelario departamental o distrital, y solo hasta cuando sea condenado podrá ser trasladado a una cárcel nacional, que son las que administra el Inpec.

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