Inpec debe garantizar derecho a la educación de reclusos, así los traslade de cárcel

La advertencia la hizo la Corte Constitucional al revisar la tutela de un preso que estaba estudiando en Bucaramanga y fue trasladado a Bogotá, en donde no ha podido continuar con su programa académico. El alto tribunal le ordenó a las autoridades a que encuentren soluciones prontas para que pueda seguir haciéndolo en su nuevo lugar de reclusión.

Redacción Judicial
29 de octubre de 2019 - 07:38 p. m.
La Corte Constitucional le dio plazo de un mes al Inpec para que le de todas las herramientas al recluso para que pueda seguir estudiando desde Bogotá. / Óscar Pérez
La Corte Constitucional le dio plazo de un mes al Inpec para que le de todas las herramientas al recluso para que pueda seguir estudiando desde Bogotá. / Óscar Pérez

Armando Macías Ardila fue condenado a 16 años de prisión en mayo de 2016 por haber violado a una menor de edad. Por esa misma época llegó a la cárcel de mediana seguridad de Bucaramanga para pagar su pena. Allí pidió que lo incluyeran en las clases para completar su bachillerato y logró su diploma en octubre de 2017. Con el cartón bajo el brazo, siguió anotando su nombre en las clases que ofrecía la cárcel y, además de hacer un curso de manejo de sistemas, se matriculó en uno de los cursos técnico profesionales ofrecidos por el Sena. Estudió un año entero y aprobó los dos primeros semestres. Pero una orden del Inpec de trasladarlo a una prisión Bogotá interrumpió todos sus planes.

Una vez en la capital, Macías Ardila presentó una tutela para que los jueces protegieran su derecho a la educación y le permitieran seguir estudiando el programa al que había accedido en Bucaramanga. Era imposible, explicó, seguir estudiando en Bogotá. Ni en primera ni en segunda instancia, el recluso consiguió la atención de los jueces. Sin embargo, la Corte Constitucional seleccionó su caso en julio pasado y, por fin, los magistrados tomaron cartas en el asunto. Antes de tomar una decisión, los togados analizaron el caso y tal como lo evidenciaron en el fallo, explicaron que era evidente el compromiso de Macías Ardila con su proceso educativo y de resocialización. Y, por eso, debían proteger sus derechos. 

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La Sala de Revisión que estudió el caso, compuesta por los magistrados Carlos Bernal Pulido, Alberto Rojas Ríos y José Fernando Reyes Cuartas, encontró que Macías Ardila “ha asumido un fuerte compromiso consigo mismo en la fase de ejecución penal, y en el corto lapso que lleva en privación de la libertad, en consideración de la pena de 16 años y 2 meses de prisión que debe cumplir, ha permanecido férreo en su ideal de forjar en él una persona que se valió de las oportunidades que brinda el estado de reclusión para adquirir destrezas y habilidades que luego podrá aprovechar cuando goce de la libertad”. 

El alto tribunal enumeró la trayectoria académica de Macías Ardila: el 29 de junio de 2017 terminó un curso de manejo básico de herramientas informáticas; el 6 de octubre de 2017 se graduó de bachiller; en diciembre de ese mismo año se inscribió en la convocatoria para estudios superiores en el programa “técnico profesional en procesos empresariales para Mipymes”; y el 1º de febrero de 2018 inició sus primeras clases, completando dos semestres con buenas calificaciones, permitiéndole matricularse para el siguiente curso que tenía planillado empezar el 18 de febrero de este año, sino hubiera sido trasladado a otra cárcel.

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 “Dicha secuencia de acontecimientos, enmarcados en un ámbito de detención en un lapso de dos años, da cuenta efectivamente del interés del accionante en acceder a los beneficios resocializadores que encarna la prisión y en avanzar de forma activa en las fases del tratamiento penitenciario, lo que igualmente le da a la Corte una idea de la importancia que para el actor representan los procesos educativos y, en consecuencia, la necesidad de buscar su garantía”, señaló el alto tribunal en el fallo de tutela en el que le ordenó al Inpec a que haga lo posible para que Macías Ardila pueda seguir estudiando. 

Para la Corte, cuando el Inpec ordenó el trasladado de recluso, cumpliendo con varias órdenes pues el hacinamiento en la cárcel de Bucaramanga ya la había costado varias órdenes judiciales de mejorar la situación, no tuvo en consideración la situación y el progeso educativo de Macías Ardila. “(El Inpec) no actuó bajo criterios de razonabilidad y proporcionalidad” a la educación. El alto tribunal agregó que, en este caso, la justicia debía proteger el derecho a la educación como parte del proceso de resocialización, “pues se le cercenó la posibilidad de que pudiera adquirir otras habilidades que seguramente le servirán cuando goce de la libertad”, resaltó la Corte Constitucional. 

(Aquí puede leer el fallo de la Corte)

Aunque el alto tribunal no le pidió al Inpec a que regrese a Macías Ardila a Bucaramanga, sí le ordenó a que haga todo lo que esté en sus manos para que pueda seguir estudiando en Bogotá, ya sea entregándole todo el material de estudio que necesita, permitiéndole tener clases de manera digital y acceso a clases virtuales. En menos de un mes las autoridades deberán encontrar la fórmula para la continuación de sus estudios.

Por Redacción Judicial

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