Joven fue declarado no apto para ser dragoneante del Inpec por tener tatuajes

El Consejo de Estado determinó que la norma interna citada para rechazarlo no se aplica en el presente caso.

Redacción Judicial
09 de junio de 2017 - 04:49 p. m.
Joven fue declarado no apto para ser dragoneante del Inpec por tener tatuajes

Por tener tatuajes en un brazo y en su pierna la Comisión Nacional del Servicio Civil rechazó como aspirante a un joven en el concurso de méritos para ocupar una vacante como dragoneante en el Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec).

En ese momento se le manifestó que la medida tenía como finalidad proteger su integridad personal puesto que los tatuajes o cicatrices pueden permitir su fácil identificación y señalamiento personal por parte de los internos.

En este sentido se señalaba que existían normas claras que impedían tener rastros que permitieran que fuera identificado por los presos quienes podían agredirlo cuando no tuviera el uniforme ni las armas de dotación.

El joven presentó una acción de tutela considerando que se le estaban vulnerando sus derechos fundamentales, explicando que los tatuajes que tenían no eran visibles con el uniforme que es de uso obligatorio para los dragoneantes.

La Sección Segunda del Consejo de Estado determinó que pese a que la medida está dirigida a proteger la vida e integridad de los servidores del Inpec, la misma no se aplica puesto que los tatuajes no estaban ubicados en sitios visibles.

“Aplicar esa inhabilidad seria irracional y configuraría una situación de discriminación para el actor, pues, el tatuaje no está en un lugar visible y su presencia no guarda relación alguna con las condiciones físicas y psicológicas que debe cumplir una persona que aspire a ocupar el cargo de dragoneante”, señala la decisión.

Considera que la norma citada no es tan eficaz para evitar que el personal de custodia y vigilancia sea identificado por los reclusos y se preserve su seguridad, puesto que los internos conviven con sus guardias tanto tiempo que podrían reconocerlos hasta por sus hábitos y costumbres, por lo que el objetivo de la medida se podría alcanzar recurriendo a otros medios menos lesivos para el disfrute de los derechos fundamentales.

 

Por Redacción Judicial

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