Jueces tomarán decisiones en dos casos claves

Dos procesos de gran relevancia tendrá que resolver la justicia colombiana en 2017: por primera vez alguien podría ser condenado por el asesinato de Jaime Garzón y pagar la pena, y la libertad del líder indígena Feliciano Valencia está en juego.

Redacción Judicial
08 de enero de 2017 - 02:00 a. m.
Procuraduría y Fiscalía le pidieron a la Corte Suprema absolver a Feliciano Valencia (izq.).  / Archivo
Procuraduría y Fiscalía le pidieron a la Corte Suprema absolver a Feliciano Valencia (izq.). / Archivo

El crimen de Garzón

José Miguel Narváez, exsubdirector del del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), tendrá que responder ante la justicia durante este año. En julio de 2016 finalizó el juicio que se llevaba en su contra por su presunta participación en los hechos que rodearon la planeación y ejecución del crimen del periodista Jaime Garzón en agosto de 1999. Durante la recta final de su juicio, el exsubdirector del DAS aseguró que Diego Fernando Murillo, alias Don Berna, se contradijo y fue inexacto cuando lo señaló ante las autoridades judiciales de tener relación directa con el jefe de las autodenfesas, Carlos Castaño, y de haber participado en el crimen de Garzón.

Narvaéz, quien fuera el subdirector del DAS durante el primer gobierno de Alvaro Uribe Vélez y exasesor del Ministerio de Defensa, ya no tendrá que responder por el caso de las interceptaciones y los seguimientos ilegales a periodistas y defensores de derechos humanos que se realizaron entre 2003 y 2005, comúnmente conocido como el escándalo de las chuzadas. Así lo decidió el Tribunal Superior de Bogotá en diciembre pasado, aduciendo que el cargo por el que era señalado, interceptación ilegal, había prescrito.

La investigación de la Fiscalía General, que declaró el crimen del reconocido periodista como de lesa humanidad en agosto de 2016, señaló lo mismo que el exjefe “para” Murillo Bejarano: Narváez habría aprovechado su estrecha relación con Carlos Castaño para sugerirle atentar contra la vida del periodista, a quien acusaba de ser afín a la guerrilla. El ente investigador afirmó que el exsubdirector del DAS manifestó ante el jefe paramilitar que Garzón se lucraba con su labor de mediador para la liberación de secuestrados.

No es el único señalamiento de que Narváez fue próximo a los grupos de autodefensa. Varios excomandantes paramilitares, entre ellos Salvatore Mancuso, Pedro Bonito, Ernesto Báez y el mismo Don Berna, aseguraron durante el juicio de Narvaéz por las chuzadas del DAS, que el exsubdirector frecuentaba los campamentos “paras”. Asimismo, que Narváez asesoraba a Carlos Castaño en temas militares e ideológicos en la lucha contra los grupos guerrilleros. Para ese entonces Narváez era profesor de la Escuela Superior de Guerra En el proceso que se le adelanta al exsubdirector del DAS por su presunta participación en la muerte de Jaime Garzón, la Fiscalía pidió que se le emita la máxima condena, mientras que la Procuraduría solicitó que se emita un fallo absolutorio.

En manos de la Corte Suprema

Los líos judiciales del líder indígena caucano Feliciano Valencia tienen origen en 2008. Ese año los indígenas del Cauca detuvieron al cabo del Ejército Jairo Danilo Chaparral, señalado de estar infiltrado en una minga que se realizó en el resguardo de La María, en el marco de una manifestación de un paro agrario en Piendamó. Los indígenas decidieron realizarle un juicio, argumentando que tenía material militar para sabotear la movilización. Como consecuencia, y bajo sus costumbres, el uniformado fue sancionado a recibir 20 latigazos. Posteriormente fue entregado a la Defensoría del Pueblo.

Luego de que en primera instancia fuera hallado inocente por los delitos de secuestro simple y lesiones personales, el Tribunal Superior de Popayán, en segunda instancia, declaró a Feliciano Valencia culpable por, supuestamente, haber sido el promotor de la retención del uniformado y los latigazos que recibió. Aquel despacho judicial lo condenó a 18 años de prisión.

La Fiscalía, que apeló la decisión, indicó ante el Tribunal Superior que Valencia tenía responsabilidad en estos hechos y que finalmente se pudo comprobar que “sujetos que tenían el rostro cubierto, bastón de mando y machetes abordaron al cabo tercero del Ejército, Jairo Danilo Chaparral Santiago, a quien obligaron a subir a una camioneta y ante la presencia de 400 indígenas lo golpearon y lo trasladaron a una vivienda del cabildo, donde permaneció en una jaula amarrado, vendado y custodiado”. Pero en mayo de 2016 la Fiscalía cambió su posición. Ante la Corte Suprema, que será la encargada de definir este año la suerte de Valencia, el ente investigador aseguró que es la jurisdicción indígena la que debe adelantar el caso contra este líder indígena.

“Si bien el Consejo Superior de la Judicatura en septiembre de 2010 asignó la jurisdicción de este caso a la justicia ordinaria, la Corte Suprema al estudiar el recurso de casación se encuentra facultada para estudiar ese aspecto con la finalidad de salvaguardar el debido proceso en su expresión de juez natural”, señaló la Fiscalía ante el alto tribunal El ente investigador, además de indicar que nunca hubo una detención arbitraria, también aseguró que no se le puede atribuir exclusivamente a Valencia, sino que fue una decisión del pueblo indígena caucano.

El ente investigador manifestó que el cabo no justificó su presencia en el lugar estando armado y de camuflado, lo que llevó a las autoridades indígenas a realizar un juicio político para emitir una sanción de acuerdo con su jurisdicción.

Valencia, según los testimonios recolectados en el proceso, intervino como consejero transmitiendo la decisión tomada por la máxima autoridad indígena. “Actuó bajo la convicción de que el señor Chaparral había cometido una ofensa contra el pueblo indígena, circunstancia que motivaba su aprehensión y debía ser juzgado por las comunidades indígenas”.

 

Por Redacción Judicial

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