La juez primera de ejecución de penas negó la tutela interpuesta por Clara Rojas con la que buscaba aplazar la exhibición de la película colomboespañola ‘Operación E’.
En el fallo se consideró que no se afectaron los derechos fundamentales del menor, indicando que la tutelante puede presentar otra acción jurídica en contra de esta decisión.
“No concede acción de tutela por no considerar actualmente conculcados derechos fundamentales del menor. Ordena notificar por el CSJ, en debida forma e informa que contra la misma procede impugnación”, indica uno de los apartes del fallo.
La directora de la fundación País Libre argumentaba en la tutela que dicha película afectaba los derechos de su hijo, indicando que el hecho de que se presentara su nombre original podría conllevar a “riesgos emocionales y el derecho a libre desarrollo de la personalidad”.
En este sentido indicaba que nunca les dio la autorización a los productores para que usaran los nombres originales ni de ella ni del menor de edad que nació en cautiverio. (Ver Debate por la película 'Operación E' en Colombia)
Igualmente indicó que tampoco, cuando se le presentó el proyecto, se le manifestó que la vida de su hijo iba a ser el eje central de la cinta y que él iba a ser el protagonista de la misma. (Ver Productores dicen que filme "Operación E" no gira en torno a Clara Rojas)
En los últimos días la Procuraduría General, el Ministerio de Cultura y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) habían presentado sus conceptos sobre este tema.