La Comisión de la Verdad debería durar más de tres años: Defensoría del Pueblo

Así lo afirmó el organismo durante su intervención en la audiencia pública, convocada por la Corte Constitucional, para estudiar el decreto en el que se establecieron las normas para que funcione la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición.

Redacción Judicial
11 de octubre de 2017 - 04:46 p. m.
La vicefiscal, María Paulina Riveros, durante su intervención ante la Corte Constitucional hoy. / Foto: Óscar Pérez - El Espectador
La vicefiscal, María Paulina Riveros, durante su intervención ante la Corte Constitucional hoy. / Foto: Óscar Pérez - El Espectador

A esta hora, en el Palacio de Justicia, avanza la audiencia pública que convocó la Corte Constitucional para debatir con miembros del Gobierno, académicos y expertos, los alcances del decreto en el que se establecieron las normas para que arranque a funcionar la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (CEV). Después de escuchar a los representantes de las comunidades indígenas, al viceministro del Ministerio del Interior, Luis Ernesto Gómez, y a académicos como César Rodríguez de Dejusticia, el turno fue para los invitados a discutir el alcance de la información que va a manejar la Comisión. 

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Durante la discusión de este segundo eje temático, la magistrada encargada de este expediente, Diana Fajardo, formuló una serie de preguntas sobre cuál es el tratamiento que deben recibir las personas que sean señaladas en testimonios que reciba la Comisión de haber cometido algún delito y si es necesario, para garantizar los derechos de las víctimas, que la CEV mencione los nombres de los responsables de violaciones a los derechos humanos e infracciones del Derecho Internacional Humanitario. La primera en intervenir fue la vicefiscal, María Paulina Riveros.

La representante del ente investigador hizo referencia a las veces que la Corte Constitucional ha destacado la importancia de establecer una verdad histórica. En cuanto a las preguntas que le formuló el alto tribunal, Riveros dijo que, para la Fiscalía, la información que reciba la Comisión debe ser tratada de manera diferente a la que obtengan los representantes de la Justicia Especial para la Paz (JEP) o la justicia ordinaria. Para la vicefiscal, se trata de una limitación constitucional que le permite a la CEV “aportar medios, espacios y procedimientos que permitan construir la verdad histórica, las causas del conflicto, lo patrones de violaciones de derechos humanos o del Derecho Internacional Humanitario”. 

La vicefiscal agregó que, si bien una persona pueda rendir un testimonio en la CEV, esto no significa que no puede hacer lo mismo ante los tribunales de la JEP. Es ahí en donde esa versión que entregue una víctima o una persona relacionada con el conflicto puede adquirir el valor de material probatorio en un proceso penal, lo cual no ocurrirá en la CEV. Riveros además, señaló que lo planteado en el decreto en estudio no va en contra de la Constitución y resaltó que la Comisión se debe encargar de orientar a las víctimas para “procurar la investigación, juzgamiento y sanción de quienes hayan participado en graves crímenes”. 

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La siguiente en intervenir durante la audiencia fue María Camila Moreno, directora del Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ). De acuerdo con sus planteamientos, las comisiones de la verdad han sido mecanismos que se han consolidado como una de las instancias más importantes para establecer las verdades de un conflicto. Moreno se apoyó en la postura que ha mantenido Pablo de Greiff, activista de derechos humanos y miembro de las Naciones Unidas, con respecto a la necesidad de establecer “comisiones para recabar información y revelar la verdad sobre lo ocurrido para combatir la impunidad”.

La representante de la ICTJ añadió que es importante entender que la Comisión podrá contribuir en procesos judiciales mediante sus conclusiones, pero que se trata de una instancia extrajudicial. Moreno insistió en que es en la CEV en donde se debe resaltar y proteger los derechos de las víctimas y lo que éstas pueden relatar para contribuir con la búsqueda de la verdad de lo sucedido en más de cinco décadas de guerra. Enseguida de Moreno, el turno fue para la funcionaria de la Defensoría del Pueblo, Paula Robledo Silva, defensora delegada para asuntos constitucionales y legales.

Al igual que Moreno, para la Defensoría es esencial entender que CEV es una entidad extrajudicial y en ningún momento tendrá capacidades de juzgamiento o de investigación penal. Robledo mencionó los diferentes ejemplos de comisiones de la verdad en todo el mundo, como la de Argentina después de la dictadura; la de Chile en 1990; la del Salvador en 1992; la de Guatemala en 1994; y la de Perú en 2001. La Defensoría, además, le propuso a la Corte algo que hasta ahora nadie había planteado: que se alargue el tiempo de vida que tiene la Comisión que es de tres años porque “el tema de Colombia es un caso sui géneris”.

Luego el turno fue para Guillermo Fernández Maldonado, representante de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. “El derecho a la verdad es uno de los cuatro pilares de la justicia transicional. El Estado debe garantizar a las víctimas y a la sociedad el derecho a que se conozca la verdad de los crímenes aberrantes del pasado. La ONU espera que haya una compresión y reconocimiento de una historia que muchos niegan o cuestionan”, aclaró Fernández Maldonado, quien agregó que es necesario que entre la CEV y la JEP haya una canal de comunicación y de coordinación para que puedan compartir información. 

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Para el representante de la ONU, es también fundamental que la Corte establezca qué pasa si una persona aporta información falsa a la Comisión pues considera que el decreto que se está estudiando no especifica el mecanismo que se debe seguir. "¿Debería perder los beneficios una persona que dice mentiras en la CEV?", preguntó Fernández durante su intervención. “Abordar las consecuencias del pasado supone reconocer responsabilidades individuales, colectivas e institucionales”, concluyó. Enseguida de Fernández, siguió el turno para el sociólogo, profesor y relator de la Comisión de Histórica del Conflicto y sus Víctimas, Eduardo Pizarro.

Para Pizarro, la función esencial de una comisión de la verdad es histórica y no debe tener la misión de atribuir responsabilidades individuales a los actores de un conflicto. Sin embargo, advirtió que las personas que sean mencionadas en la CEV deben ser investigadas por las autoridades competentes. En su intervención, el sociólogo añadió que, en el caso de Colombia, la Comisión no empieza de ceros porque en el país ya existen esfuerzos importantes para investigar históricamente lo que ha sucedido en el conflicto armado. Pizarro mencionó como ejemplo el informe Basta Ya del Centro Nacional de Memoria Histórica, que ha sido mencionado en varias sentencias judiciales.

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Por Redacción Judicial

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