La controversia por invitación de embajadores de Israel y Palestina a audiencia pública

La Corte Constitucional invitó a los diplomáticos a participar en una audiencia de constitucionalidad por el Tratado de Libre Comercio firmado entre Colombia e Israel. La Cancillería se opuso alegando que no pueden participar en estas discusiones, pero el alto tribunal aseguró que se trata de una invitación para aclarar aspectos técnicos del acuerdo.

Redacción Judicial
14 de febrero de 2019 - 03:24 a. m.
La invitación a los diplomáticos de Israel y Palestina, según la Corte Constitucional, es voluntaria. / Archivo
La invitación a los diplomáticos de Israel y Palestina, según la Corte Constitucional, es voluntaria. / Archivo

En el trámite de revisión constitucional del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Colombia e Israel, aprobado por la Ley 1841 del 12 de julio de 2017, la Corte Constitucionalidad citó a una audiencia pública para el próximo 21 de febrero y citó a los embajadores de Israel y Palestina, y a otras entidades como el Ministerio del Comercio, la Procuraduría, la Agencia nacional de Defensa Jurídica del Estado, entre otras.

Sin embargo, el canciller Carlos Holmes Trujillo le pidió a Gloria Stella Ortiz, presidenta de la Corte Constitucional, que no se invite a los diplomáticos por vas por varias razones que enumeró en una carta. Uno de los argumentos tiene que ver con que el acuerdo internacional es un asunto de carácter interno, el cual no debería tener cabida la invitación de terceros Estados. “Invitar a embajadores a rendir conceptos de estas audiencias tergiversa la naturaleza de la discusión, pues le otorga un contexto político inadecuado a un proceso que es exclusivamente jurídico”, precisó Holmes Trujillo.

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La Cancillería también aseguró que solicitar explicaciones a embajadores sobre este tema “implica una intromisión en competencias exclusivas del presidente de la República en su calidad de director de las relaciones internacionales del Estado colombiano (…), ya que desconoce la capacidad del presidente para decidir libremente sobre tales relaciones y la conveniencia de avanzarlas en una u otra dirección”.

Finalmente, Holmes Trujillo manifestó que la participación de los embajadores en la audiencia desconocería la Convención de Viena sobre las relaciones diplomáticas, el cual señala que los agentes diplomáticos están obligados a no interferir en asuntos internos del Estado receptor. “En virtud de las anteriores consideraciones, el Ministerio de Relaciones exteriores solicita a la Corte Constitucional prescindir de la invitación extendida a los embajadores”, concluyó la Cancillería.  

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Luego de la misiva de Carlos Holmes Trujillo, la magistrada Gloria Stella Ortiz manifestó que esta invitación es para aclarar aspectos técnicos del acuerdo. “Estudiamos la petición del canciller (…) y llegamos a la conclusión que nosotros debimos advertirle al canciller y al mismo tiempo a los embajadores que el objetivo de la intervención no es hacer referencia a aspectos políticos ni a asuntos internos con incidencia en las determinaciones colombianas. La intervención que nosotros les vamos a pedir es voluntaria (…) y son ciertos elementos del tratado que son técnicos y que son aspectos que en el debate constitucional se presentaron”, precisó Ortiz.

La magistrada infirmó que le aclarará al canciller “que este (la Corte Constitucional) no será un espacio con participación política” y que le enviará un cuestionario de preguntas a los diplomáticos sobre el tema. Por último, Ortiz dijo que el TLC entre los dos países será revisado porque los intervinientes (a quienes les solicitaron sus opiniones) “plantearon a la Corte Constitucional que la definición de territorio, que está en uno de los artículos del tratado, es tan amplia que puede conceder beneficios arancelarios para una zona del territorio que no es de Israel. Es un asunto que tiene un impacto constitucional”.  

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Esta es la agenda de la audiencia pública para el próximo 21 de febrero: 

Por Redacción Judicial

 

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