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La historia de un fiscal que no era abogado y el caso que llevó por homicidio

Un hombre llamado Walter Enrique Asuad Reina logró hacerse nombrar como fiscal de derechos humanos a pesar de que no era abogado. En sus manos estuvo el proceso contra Wiston Alexander Ramírez Bonilla, un antiguo escolta del exgobernador de Arauca, Julio Acosta Bernal, que mató a un sicario del bloque Vencedores de Arauca en 2004. El defensor de Ramírez pidió que se anulara el proceso por el fraude de Asuad; esto es lo que la Corte Suprema acaba de decidir al respecto.

31 de marzo de 2021 - 02:45 p. m.
El fiscal Walter Enrique Asuad Reina aceptó en 2013 que había ingresado a la Fiscalía con documentos falsos y que no era abogado. Por ello fue condenado. / Imagen de referencia
El fiscal Walter Enrique Asuad Reina aceptó en 2013 que había ingresado a la Fiscalía con documentos falsos y que no era abogado. Por ello fue condenado. / Imagen de referencia
Foto: Getty Images

Fue fiscal sin siquiera haber sido abogado. Esa es la historia de Walter Enrique Asaud Reina, quien durante un tiempo burló a la justicia y llegó a ser fiscal 10 de la Unidad Nacional de Derechos Humanos sin contar con el más básico de los requisitos para el cargo: ser abogado. Aunque, al final, el falso funcionario fue descubierto por las autoridades judiciales en 2013 y aceptó haber cometido los delitos de falsedad y fraude procesal, uno de los casos que pasó por su despacho se mantuvo en firme ante la Corte Suprema de Justicia.

Así lo determino la Sala de Casación Penal de la Corte al evaluar una impugnación especial interpuesta por el defensor de Wiston Alexander Ramírez Bonilla, un antiguo agente del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) que fue condenado por el delito de homicidio agravado. Los hechos se remontan al 2 de noviembre de 2004, cuando Ramírez y su compañero Jorge Andrés Castaño hacían parte del esquema de seguridad del gobernador de Arauca, Julio Acosta Bernal (detenido y condenado a raíz una condena de por corrupción).

Ese día, los dos agentes del DAS se percataron de que un hombre identificado como Fabio Nelson Rivera le había disparado a otro ciudadano y de inmediato emprendieron la persecución en contra del agresor. Luego de recorrer varias cuadras, Rivera, que era un un sicario del bloque paramilitar Vencedores de Arauca, tomó como rehenes a dos mujeres que se encontraban en la calle y las ingresó a una peluquería ubicada justo en frente de donde ellas estaban sentadas.

Hasta el lugar llegaron los funcionarios del DAS y dos patrulleros de la Policía Nacional que se habían unido al operativo. Uno de los uniformados se ubicó en la puerta de la peluquería y los otros tres funcionarios se ubicaron alrededor del local comercial para evitar que el fugitivo se escapara. Minutos después, Rivera expresó su voluntad de entregarse y, luego de lanzar su arma al suelo, empezó a caminar en dirección al policía que estaba en la puerta para que lo capturara.

Según la reconstrucción que la propia Corte hizo de este caso, en ese instante llegaron los agentes del DAS, tiraron a Rivera al piso, lo golpearon y, teniéndolo sometido bocabajo, el agente Wiston Alexander Ramírez le disparó en la cabeza y lo asesinó. Tanto Ramírez, como su compañero Jorge Andrés Castaño, fueron investigados por estos hechos, pero durante la investigación el proceso contra Castaño fue declarado nulo. Ramírez, por su parte, tuvo que afrontar un juicio del cual salió bien librado en primera y segunda instancia.

(En otras noticias: Corte Suprema se abstuvo de abrir investigación contra Petro por denuncia de Uribe)

El Juzgado Primero Penal de Arauca absolvió al agente del DAS por considerar que este cometió el homicidio “en legítima defensa subjetiva o putativa”. La Fiscalía, en desacuerdo, apeló, pero el Tribunal Superior de Arauca confirmó el fallo absolutorio a favor de Wiston Alexander Ramírez. La Fiscalía insistió e interpuso el recurso de casación y, en esta instancia, la Sala de Casación Penal de la Corte le dio la razón al ente investigador en 2019.

El 6 de noviembre de ese año, el alto tribunal casó la sentencia absolutoria y en su lugar dictó una condena de 25 años de prisión contra el agente del DAS. En esta ocasión, el inconforme fue el defensor de Ramírez, quien decidió impugnar la condena contra su cliente. Lo primero que pidió el abogado fue que se declarara la nulidad del proceso. En este punto es que se cruza la historia del agente del DAS, Wistor Alexander Ramírez, y la del fiscal Walter Enrique Asuad Reina.

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El trabajo del fiscal falso

El abogado de Ramírez alegó que se violó el debido proceso porque el exfiscal Asuad, quien adelantó parte de la instrucción, profirió la resolución de acusación e intervino en el juicio hasta la audiencia preparatoria, no tenía la condición de abogado y, por tanto, carecía de las condiciones para desempeñar el cargo. Para el defensor, las actuaciones que realizó el falso fiscal desde que asumió el conocimiento del caso, el 8 de octubre de 2010, son inexistentes y las pruebas que recaudó son ilegales.

El defensor agregó que la Fiscalía supo de la irregularidad del fiscal desde el año 2013, pero que omitió, de manera intencional, informar esta situación al juez y a las partes del proceso. En marzo de 2013, el fiscal falso ya estaba capturado, había aceptado cargos y su caso aparecía en todos los medios de comunicación. El abogado de Ramírez, sin embargo, alegó que conoció de estos hechos en un periodo estrecho y que el paso de Asuad por la Fiscalía, quien luego fue condenado por el Juzgado 13 Penal del Circuito de Bogotá, perjudicó a su defendido.

En ese sentido, la defensa de Ramírez señaló que se configuraron dos causales de nulidad (dos motivos para pedir que se anulara el proceso). Por un lado, la falta de competencia, porque el fiscal no reunía las condiciones para ejercer el cargo y, por el otro, la violación del debido proceso porque la acusación, que es la base del juicio, fue proferida por un funcionario incompetente. El defensor, además, pidió la absolución de su cliente atacando algunos testimonios presentados en el caso.

(Otro fallo de la Corte: Que un padre o madre hable mal de su expareja a sus hijos es maltrato: Corte Suprema)

Una vez más, la Sala de Casación Penal de la Corte tuvo en sus manos el expediente. En esta ocasión, los magistrados evaluaron los argumentos del abogado para pedir la nulidad del caso y la absolución del exfuncionario del DAS. Sin embargo, en su análisis, el alto tribunal, refiriéndose al asunto del exfiscal Walter Enrique Asuad Reina, dejó claro que “la irregularidad de la investidura de un funcionario de hecho no se trasmite a los actos jurídicos que realiza en esa condición, los que se presumen legales al igual que los de un funcionario de derecho”.

Y es que, según la Corte, Asuad asumió la dirección del caso en la fase de instrucción el 8 de octubre de 2010 y las actuaciones más importantes que realizó fue decretar el cierre de la investigación (el 11 de mayo de 2011), proferir resolución de acusación (el 14 de diciembre de 2011) y asistir a la audiencia preparatoria (el 26 de septiembre de 2012). En ese sentido, el alto tribunal indicó que Asuad no adelantó ninguna actividad investigativa relevante, pues la inmensa mayoría de pruebas ya habían sido recaudadas por fiscales anteriores.

“Ninguna injerencia tuvo aquel en la incorporación de las que fundaron tanto la decisión absolutoria en las instancias, como la condenatoria en casación. Siendo así, aun cuando fuese cierto que el fiscal Walter Enrique Asuad Reina intervino en el proceso, en cierta parte de la etapa de instrucción y del juzgamiento, sin reunir las condiciones para desempeñar ese cargo público que lo habilitaba, los actos procesales que ejecutó se reputan existentes y válidos”, reiteró la Corte en un fallo proferido el pasado 17 de marzo, con ponencia de la magistrada Patricia Salazar.

Además, el alto tribunal señaló que la competencia no se aplica sobre un individuo (en este caso de Walter Enrique Asuad), sino sobre la institución que representa (Fiscalía); por lo que, en estricto sentido, dijo la Sala, la ilegalidad del nombramiento de Asuad y su consecuente actuación como funcionario, no se traduce en una falta de competencia pues le corresponde a la Fiscalía investigar, acusar e intervenir como sujeto procesal en el caso. En consecuencia, la Corte negó la petición de nulidad.

En conclusión, la Corte dejó en firme el caso pese a que un fiscal falso hubiese hecho parte del proceso, y también desestimó los otros alegatos del defensor que buscaba sacar a su cliente limpio de esta investigación. Es así como, al final, el alto tribunal confirmó la sentencia de casación que condenó al exagente del DAS, Wiston Alexander Ramírez, como autor del homicidio de Fabio Nelson Rivera Martínez.

(Le puede interesar: Caso Uribe: lo que dijo la Corte Suprema, versus lo que encontró la Fiscalía)

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Omar(hfp55)31 de marzo de 2021 - 06:20 p. m.
Ya sabemos la inspiración de la serie SUITS
Jorge(67654)31 de marzo de 2021 - 03:38 p. m.
Un argumento a favor de este falso abogado en la fiscalía es que Néstor HM y Barbosa han sido un fraude para la justicia a pesar de contar con títulos auténticos.
  • cielo(53479)31 de marzo de 2021 - 05:28 p. m.
    Muy acertado su comentario.
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