La primera tutela tramitada digitalmente llega a la Corte Constitucional

El piloto se lleva a cabo en Sucre y se propone que las tutelas radicadas en los despachos judiciales sean enviadas a través de la red a la Corte Constitucional, para que revise los casos más relevantes.

Redacción Judicial
06 de diciembre de 2017 - 02:07 a. m.
Pixabay
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La acción de tutela, uno de los recursos con los que la Constitución de 1991, abrió la puerta para que los ciudadanos reclamen de manera más fácil sus derechos fundamentales y ahora está haciendo su tránsito a la era digital. Un programa piloto en Sucre planea que en poco tiempo se pueda tramitar tutelas haciendo un clic.

Un juez de la república decidió la primera demanda que se radicó por medios electrónicos ante la Corte Constitucional. En este proceso, los papeles físicos estuvieron ausentes también como una forma de contribuir a la conservación del medio ambiente, según informó el periódico Ámbito Jurídico.

La presidenta del Consejo Superior de la Judicatura aseguró que se han hecho esfuerzos para mejorar las conexiones de internet, para que los jueces tramiten con agilidad estos casos y se evite el envío físico de los expedientes entre las distintas instancias y corporaciones.

El caso que se falló por primera vez vía internet fue el de Santiago Altamiranda Campo, quien interpuso tutela contra la EPS Comparta porque le violó su derecho a la salud. El juez segundo promiscuo de Tolú, en Sucre, decidió el caso y lo radicó ante la Corte Constitucional para su revisión. Gracias a internet, el trámite entre ambos tribunales se acortó en cuatro meses.

Hace un par de semana se lanzó en Sincelejo esta iniciativa “Tutela digital”. El objetivo de este programa piloto es que las tutelas radicadas en los despachos judiciales sean enviadas a través de la red a la Corte Constitucional, para la verificación de los expedientes más relevantes.

La tutela busca proteger de forma inmediata los derechos fundamentales cuando hayan sido vulnerados o estén amenazados, siempre que no exista otro modo ordinario para buscar su protección. No se necesita abogado para interponerla, y cualquier persona puede hacerlo. Cada petición se debe resolver en máximo diez días.

Por Redacción Judicial

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