La Procuraduría le pide al Congreso una regulación integral de la prostitución

Así lo hizo saber la entidad en una intervención ante la Corte Constitucional que actualmente estudia una demanda contra varios artículos del Código de Policía sobre este oficio.

Redacción Judicial
16 de noviembre de 2018 - 07:00 a. m.
En la Corte Constitucional se estudia una demanda en contra de unas disposiciones del Código de Policía sobre el trabajo sexual. / Óscar Pérez - El Espectador
En la Corte Constitucional se estudia una demanda en contra de unas disposiciones del Código de Policía sobre el trabajo sexual. / Óscar Pérez - El Espectador

“Es imperativo que el Congreso asuma la necesidad sentida de expedir una regulación específica e integral sobre el fenómeno de la prostitución, con la cual se viabilicen los derechos de las personas que la ejercen y se establezcan medidas efectivas para facilitar nuevas oportunidades de vida para esta población”. Con estas palabras, la Procuraduría General de la Nación le solicitó al Congreso meterle los dientes al tema de la prostitución y emitir una regulación integral al respecto.

La petición la hizo en un concepto enviado a la Corte Constitucional que actualmente estudia una demanda en contra del Código de Policía sobre el ejercicio de la prostitución. En concreto, contra los artículos 43 y 44 que listan una serie de requisitos para los lugares en donde se practica, así como una serie de comportamientos que deben asumir tanto propietarios, administradores y las trabajadoras sexuales.

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Ambos artículos plantean requisitos como obtener el concepto sanitario de la Secretaría de Salud, proveer y distribuir los preservativos para los usuarios, colaborar en las campañas de inspección realizadas por las autoridades, además de prohibir el ejercicio de la prostitución fuera de las zonas u horarios asignados o realizar actos exhibicionistas en la vía pública. Quienes no cumplan con el código se enfrentan a multas cuantiosas.

La demanda la interpusieron los congresistas Angela María Robledo, Alirio Uribe e Iván Cepeda, quienes cuestionan que se sancione la prostitución. Uribe, quien ahora es excongresista, dice que el Código está igualando a las trabajadoras sexuales con los proxenetas que son los que se lucran de esta situación. El caso está en manos del magistrado Luis Guillermo Guerrero, quien ya empezó a recibir conceptos al respecto.

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El documento allegado por la Procuraduría, conocido por El Espectador, dice que no es cierto que se esté equiparando las cargas y deberes de los administradores de los locales, con quienes ejercen la prostitución, ni estableciendo un trato discriminatorio pues realmente solo está fijando parámetros sobre comportamientos, pero no haciendo regulación de la prostitución ni de las condiciones laborales de las personas involucradas en ella.

En cambio, el Ministerio Público insiste en que es necesario que el Estado “promueva la reducción o eliminación de la prostitución”. Ese marco normativo que debería expedir el Congreso, señala el documento, no debe afrontar la prostitución como un problema de urbanismo, policivo o penal, sino desde la perspectiva de los derechos humanos. No obstante, la entidad sí solicitó a la Corte tumbar un apartado del Código que considera como un comportamiento contrario a la convivencia (y por tanto objeto de multa) ejercer la prostitución o “permitir su ejercicio” fuerza de las zonas u horarios asignados para ello. Para la Procuraduría, se trata de una medida desproporcionada.

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A la Corte Constitucional también llegó un concepto presentado por la facultad de derecho de la Universidad Nacional, que dice que esos artículos listan una serie de requisitos para las trabajadoras sexuales que son imposibles de cumplir pues tienen que ver con requisitos para el funcionamiento de los establecimientos, como los registros sanitarios. “Luego es de entenderse que el incumplimiento de la medida correctiva no ha de imponerse a la trabajadora o el trabajador sexual, sino a quien tiene la posición de garante el empleador, propietario, responsable- del establecimiento donde se ejerce tal actividad”, dice el documento.

Por Redacción Judicial

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