Las decisiones de la justicia en 2019

El Espectador le explica cuáles fueron las decisiones de las altas cortes que significaron un avance en materia de derechos o implicaron el cierre en casos de relevancia nacional.

Alejandra Bonilla Mora / @AlejaBonilla
27 de diciembre de 2019 - 01:00 a. m.
El  año que termina estuvo marcado por históricas decisiones de las altas cortes / Gustavo Torrijos-El Espectador
El año que termina estuvo marcado por históricas decisiones de las altas cortes / Gustavo Torrijos-El Espectador

CORTE CONSTITUCIONAL

La Ley de Víctimas

Tal vez una de las decisiones más importantes que tomó el alto tribunal se dio el pasado 5 de diciembre, cuando amplió la vigencia de la Ley de Víctimas. ¿La razón? Que gracias a este fallo no queda duda de cuáles programas claves para la atención a las víctimas del conflicto y el proceso de restitución de tierras pueden seguir más allá de 2021, cuando finalizaba la ley. La Corte estudió una demanda que presentó el exministro Juan Fernando Cristo y determinó que estas políticas públicas están ligadas a la implementación del Acuerdo de Paz alcanzado con las extintas Farc y que su desaparición “supone un menoscabo significativo y evidente de los deberes de garantía y respeto de los derechos fundamentales a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas”. Así, si el Congreso no expide antes de junio de 2021 una ley que extienda la Ley, se entenderá que esta irá hasta 2030.

Las objeciones a la JEP

El 29 de mayo el alto tribunal zanjó un debate político y jurídico que inició el presidente, Iván Duque Márquez, al objetar seis artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz y no sancionarla. Esa ley había sido aprobada por el Congreso en diciembre de 2017 y fue avalada por la propia Corte Constitucional a mediados de 2018. Las objeciones implicaron que el Congreso las tramitara y votara el 2 de mayo pasado en medio de controversia sobre si fueron hundidas o no. La Corte zanjó la discusión, señalando que los 47 votos que tuvieron en contra las objeciones sí fueron suficientes para rechazarlas, ya que en ese momento había 92 senadores habilitados, catorce impedidos y dos plazas vacantes.

Glifosato, todavía no

El 18 de mayo, en medio de una alta expectativa en múltiples sectores, el alto tribunal mantuvo la suspensión del herbicida glifosato para asperjar desde el aire cultivos de uso ilícito. En medio del seguimiento a un fallo de tutela de 2017, la Corte reiteró que el Consejo Nacional de Estupefacientes es la entidad que debe vigilar que se cumpla una serie de requisitos para retomar este tipo de fumigación, entre las cuales está demostrar que hacerlo no implica riesgo alguno para la salud de la población y al medio ambiente. El Consejo, además, deberá tener en cuenta el punto 4 del Acuerdo de Paz, firmado con la extinta guerrilla de las Farc para la “solución al problema de las drogas ilícitas”.

Consumo de drogas

En una decisión histórica, la Corte Constitucional dejó en claro, a comienzos de junio, que los ciudadanos pueden consumir drogas y alcohol en el espacio público. La decisión tumbó dos artículos del Código de Policía que lo prohibían, bajo el fundamento de que el consumo es, en últimas, una decisión personal. El fallo, que significa un avance para las libertades personales, señala que el Código de Policía no podía interferir en la forma como las personas desarrollan su vida, ya que no siempre el consumo genera choques entre las personas. “El Estado no diseña tu plan de vida, tú tienes la libertad para tomar tus decisiones. Encontramos que la norma estaba asociada más que a la relación con los demás a un asunto que es tu decisión: ¿en dónde vas a consumir?”, dijo la magistrada Gloria Ortiz, presidenta del tribunal.

Las expresiones en redes sociales

En 2019, la Corte siguió estudiando conflictos entre personas que se dan en espacios virtuales como Facebook, Twitter e Instagram desde la perspectiva de la libertad de expresión. Una decisión de septiembre, que puede ser polémica, hizo una serie de precisiones sobre los insultos para decir que prima la libertad de expresión, a menos que con comentarios u opiniones se afecte de manera grave la dignidad de una persona. Así, se estableció que la libertad de expresión no puede ir en contra del derecho a vivir sin humillaciones ni mortificaciones y que la intervención de los jueces en este tipo de disputas depende de la reiteración e impacto.

Acuerdo de inversión con Francia

En junio la Corte tomó otra decisión histórica: por primera vez condicionó la ley aprobatoria del Acuerdo para el fomento y la protección recíprocos de inversiones con Francia en 2014. ¿La razón? En vez de hacer sol un análisis formal, el alto tribunal decidió estudiar los riesgos que pueden significar para el país las cláusulas de los tratados, teniendo en cuenta además las controversias que enfrenta el país en tribunales internacionales. La decisión le ordena al presidente Iván Duque negociar otra vez la interpretación de siete puntos del acuerdo que consideró problemáticos para los intereses del Estado Colombiano. Si esta renegociación no se hace, el acuerdo no podrá entrar en marcha. El fallo que no tiene antecedentes establece además una serie de parámetros para que sean usados por el Gobierno de turno para próximas negociaciones.

Aborto forzado

En diciembre, la Corte ordenó reconocer como víctima a una mujer que ingresó a los 15 años a las filas de las Farc, reclutada, y que fue forzada a planificar desde el primer día y a abortar cuando quedó embarazada. La decisión, que es un hito en materia de protección a la autonomía reproductiva de las mujeres, ordena además darle a la víctima atención psicosocial con enfoque diferencial de género, para poder superar los impactos derivados de la violencia sexual, tanto físicos como emocionales, durante el tiempo que sea necesario.

Doble conformidad

Si una persona es absuelta por un juzgado, pero condenada en segunda instancia por un tribunal, tiene derecho a que esa sentencia en su contra sea revisada por un juez superior en jerarquía. Así lo indicó la Corte desde 2014, cuando ordenó crear los mecanismos para que esta revisión se pueda hacer. Este año, la Corte precisó que ese derecho también le aplica a altos funcionarios del Estado, incluyendo a congresistas o ministros que hasta comienzos de 2018 eran juzgados en única instancia. Ese derecho se llama doble conformidad y remite hasta 1976 cuando Colombia suscribió el Pacto de Derechos Políticos y Civiles de las Naciones Unidas. Este debate es técnico y polémico. En otra decisión, la Corte estableció que los congresistas condenados en 2018 tienen derecho a la revisión de su sentencia por esta vía de la doble conformidad y es la base que fundamenta un proyecto de ley que busca aplicarlo de manera retroactiva, al punto que condenas impuestas antes de 2018 como la de exministro Andrés Felipe Arias puedan ser revisadas. Este debate sigue en marcha.

Ley de infraestructura

En mayo, el alto tribunal tomó una decisión clave: tumbó un artículo de la Ley de Infraestructura (Ley 1882 de 2018) que señalaba cómo liquidar los contratos de alianzas público-privadas (APP) y que, tal y como escrita, obligaba al Estado a indemnizar a empresas cuyos contratos fueran declarados nulos, incluso cuando había actos de corrupción de por medio. El tema fue objeto de debate porque con esto se podrían beneficiar empresas como Odebrecht, por ejemplo, que fue sancionada (incluyendo socios) por haber recurrido a sobornos para conseguir el proyecto Ruta del Sol 2. “La corrupción no genera derechos”, concluyeron los magistrados.

CORTE SUPREMA

Aida Merlano

La Sala Especial de Primera Instancia le metió el diente a la maquinaria política que utiliza mecanismos ilegales para imponer candidatos en cargos de elección popular. Al condenar a la excongresista Aida Merlano (hoy prófuga) a 15 años de prisión, el alto tribunal ordenó investigar a poderosas figuras de la costa caribe por supuesta participación en el entramado delictivo de compra de votos del que se benefició Merlano en las elecciones de 2018. Se trata de Arturo Char, hermano del alcalde de Barranquilla, Álex Char; y Julio Gerlein, empresario y hermano del exsenador Roberto Gerlein. Las pesquisas buscan determinar el verdadero alcance de la empresa electoral “Casa Blanca”.

Jesús Armando Arias Cabrales

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la pena de 35 años de prisión en contra del general en retiro Jesús Armando Arias Cabrales, quien comandaba la Brigada XIII cuando el M-19 se tomó el Palacio de Justicia, el 6 de noviembre de 1985. Se trata de la primera sentencia en firme por la desaparición forzada de cinco personas tras el operativo de recuperación del Ejército. Además, es un documento histórico que ofrece una verdad diferente sobre lo que realmente pasó en aquellas 28 horas. Según la Corte, el operativo nunca buscó salvar las vidas de las personas atrapadas en el lugar, sino aniquilar al enemigo, con base en el “Plan Tricolor 83 —que ya existía—. Este plan no incluía negociaciones, treguas, ceses el fuego e incluía desde el comienzo un manejo “especial” de personas. “La desaparición forzada de personas no fue una idea de momento, ni la ocurrencia de unos pocos, sino el resultado de la acción de retoma, ya de por si crítica por la muerte de altos dignatarios que no fueron escuchados en sus sensatas súplicas", dice el fallo.

Jorge Pretelt

Por primera vez en la historia de este país, un magistrado de las Altas Cortes fue suspendido de sus funciones por el Congreso de la República y llevado a juicio por actos de corrupción. En diciembre, la Sala Especial de Primera Instancia del alto tribunal condenó a Jorge Pretelt, ya exmagistrado de la Corte Constitucional, a 6 años y 6 meses de prisión por haber pedido $500 millones para incidir en el trámite de una tutela con la que la empresa Fidupetrol buscaba reversar una millonaria multa. Aunque tiene posibilidad de ser apelada, la determinación asegura que Pretelt sí pidió el dinero al abogado Víctor Pacheco, que sugirió que la empresa contratara al exmagistrado Rodrigo Escobar Gil para que llevara el caso (por su cercanía con los magistrados) y que le fueran entregados regalos a la esposa e hijo de uno de ellos. Además, afirma que Pretelt actuó de manera hábil para “mantener a la sombra su repudiable comportamiento delictivo”.

CONSEJO DE ESTADO

Fracking

En septiembre, el alto tribunal ratificó una decisión de 2018 que suspendió las normas que regulan la técnica conocida como “fracking” para la explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales por posibles riesgos al medio ambiente y a la salud humana. En medio del estudio del caso, el Consejo de Estado suspendió igualmente la operación de la Drummond en 15 pozos en el Cesar por usar técnicas de extracción que si bien no pueden catalogarse como fracking (es fracturamiento hidráulico vertical o convencional) si se hacen sobre yacimientos no convencionales.

Por Alejandra Bonilla Mora / @AlejaBonilla

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