Los "peros" que dejó la discusión de la JEP en la Corte Constitucional

Estas son las principales críticas que se presentaron en la primera jornada de discusión sobre si la Jurisdicción Especial para la Paz está o no ajustada a la Constitución del 91.

Redacción Judicial
06 de julio de 2017 - 12:00 a. m.
"Demasiados sapos (son) los que hay que tragarse pasa sacar a 7000 personas del conflicto" le dijo a la Sala Plena Juan Carlos Lancheros, director de la fundación Derecho Justo. / El Espectador
"Demasiados sapos (son) los que hay que tragarse pasa sacar a 7000 personas del conflicto" le dijo a la Sala Plena Juan Carlos Lancheros, director de la fundación Derecho Justo. / El Espectador

La audiencia pública en la Corte Constitucional para el estudio del Acto Legislativo N° 1 de 2017, que daría vía libre para crear el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (y, por ende, la Jurisdicción Especial para la Paz), ha generado varias posturas a favor y en contra por parte de los organismos estatales frente a la JEP. En efecto, aunque en la mayoría de las intervenciones - tanto del Gobierno como expertos en el tema - pidieron que la norma fuera declarada exequible, es decir, ajustada a la Constitución, los discursos también dejaron ver los ‘peros’ frente a la norma, la cual resulta necesaria para la implementación del Acuerdo de Paz.

El primero en lanzar críticas fue el fiscal general Néstor Humberto Martínez, quien, ante un auditorio repleto de espectadores y medios de comunicación, esgrimió por ejemplo que aún existen muchas dudas sobre si la justicia ordinaria tendrá la competencia para investigar a los testaferros y las personas que, en su actuar, promovieron y apoyaron actividades ilegales que ejecutó esta guerrilla en más de medio siglo de guerra.  “(El Acuerdo) no dice cuál es el competente para investigar la conducta de lavado de activos y enriquecimiento ilícito”, sustentó el fiscal.

“Los colombianos tenemos derecho a una paz que implique el silencio de los fusiles y que no haya impunidad para los desmovilizados y los actores del conflicto que participaron en esa oprobiosa guerra que sufrimos los colombianos. Esto se va a lograr a través de la definición de última instancia que haga la Corte Constitucional”, dijo el fiscal al término de su intervención. De otro lado, Paula Robledo Silva, defensora para los asuntos constitucionales y legales de la Defensoría del Pueblo, manifestó que el artículo 24 del Acto Legislativo, que incorpora “la responsabilidad de mando” para miembros de la Fuerza Pública, excluye al derecho penal internacional como fuente de aplicación de la JEP.

En síntesis, eso significa que, al no incluir esta norma internacional en el nuevo sistema de justicia transicional, la Corte Penal Internacional podría reclamar impunidad posteriormente y abrir nuevos procesos. “Reviste de suma gravedad en la medida en que se reemplaza el estándar internacional y se establecen unas condiciones y supuestos que no corresponde a los términos señalados en el Estatuto de Roma y que distorsionan el contenido y el alcance de la figura de la responsabilidad de mando”, explicó la defensora.

Entre tanto, el viceprocurador Juan Carlos Cortés solicitó, por un lado, aprobar el Acto Legislativo para la Paz, pero sus críticas no fueron por el contenido y la forma del nuevo tribunal sino por su participación en el mismo. De hecho, Cortés llamó la atención sobre las condiciones impuestas para la acción del organismo de control en la JEP y explicó la importancia de la intervención de la Procuraduría en cualquier caso. Asimismo, el viceprocurador le pidió al alto tribunal que realizara un “análisis integral” de las posibles sustituciones a la Constitución Política “para que tenga la certeza sobre el alcance de las normas”.

Juan Carlos Lancheros, director de la fundación Derecho Justo, manifestó en su intervención que, en este caso, la Corte Constitucional no debe llenar los vacíos de los Acuerdos de Paz.  En su criterio, eso sería asumir una responsabilidad política que no le corresponde y “menos en la revisión de reformas constitucionales”. Estas funciones, según Lancheros, son de plena competencia del Gobierno o el Congreso.

Frente la Jurisdicción Especial para la Paz, Lancheros dijo, entre otras cosas, que con las facultades propias y autónomas que incluye la decisión de separarla de la Rama Judicial, se altera las condiciones ordinarias que funcionan en otras ramas del poder. “Aunque en este acuerdo son bastantes cosas las que mí, particularmente, no me satisfacen, demasiados sapos (son) los que hay que tragarse pasa sacar a 7000 personas del conflicto, son ellas y las víctimas que se han evitado y evitarán, las que lo justifican”, le dijo el director de la fundación Derecho Justo a la Sala Plena.

Para mañana, la Corte Constitucional recibirá las intervenciones de la Federación Colombiana de Víctimas de las Farc, el Movimiento de Víctimas de Agentes del Estado, el Comité Internacional de la Cruz Roja, la Asociación Colombiana de Oficiales en Retiro de las Fuerzas Militares (Acore), el Centro Internacional para la Justicia Transicional, entre otros invitados.

Por Redacción Judicial

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