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Más de 8.500 detenidos saldrán de prisión

Este jueves 7 de julio se cumple el plazo para que miles de reclusos que aún no han sido condenados puedan pedir su libertad.

Redacción Judicial
07 de julio de 2016 - 07:41 p. m.
Más de 8.500 detenidos saldrán de prisión

En las cárceles del país miles de presos ya ven posible su retorno a las calles. Este jueves 7 de julio se cumple el plazo para que más de 8.500 presos que aún no tenían sentencia fueran condenados. La Ley 1760 les daba la posibilidad a estas personas, que eran procesadas por delitos menores, de pedir su libertad a partir del 7 de julio de 2016, pues se les debía garantizar sus derechos al debido proceso y a la presunción de inocencia. En muchos sectores hubo voces de protestas al considerar que incrementaría la inseguridad. Sin embargo, el Ministro de Justicia Jorge Londoño insistió en que será un proceso gradual y que serán los jueces quienes decidan las nuevas medidas de detención no privativas de la libertad a la que accederán los reclusos.

El 23 de mayo el Congreso empezó el debate de la aprobación de la excarcelación masiva de presos. En ese entonces se cuestión la maniobra de la Fiscalía y el Gobierno para evitar la libertad de personas cuestionadas por graves delitos como abusos sexuales y actos de corrupción. El objetivo fue buscar la postergación de la Ley 1760 –sancionada el 6 de julio del año pasado–, que establecía que a partir este jueves 7 de julio, quedaran libres los presos por delitos comunes que lleven más de un año tras las rejas en detención preventiva y sin condena, y que un año después, el 7 de julio de 2017, los sindicados de corrupción, extorsión, narcotráfico, delitos sexuales y terrorismo, también sin sentencia, tuvieran los mismos beneficios.  El afán era que en prisión había 19.167 internos detenidos preventivamente por 11 meses o más, de los cuales 10.884 lo han estado por 21 meses o más.

Lo que quedó establecido fue que las personas que hubiesen cometido delitos comunes y no tuvieran sentencia y estén en detención preventiva –es decir, en la cárcel– por más de un año quedarán en libertad.  “Este será un proceso gradual que tardará varios meses. Los 8.500 presos que tienen la posibilidad de dejar las cárceles y que están en varios centros de reclusión del país, no lo harán de inmediato. Por ello el impacto no se va a sentir con fuerza. Los abogados presentarán sus solicitudes y la Fiscalía podrá oponerse a ellas; y luego un juez tendrá que citar a audiencia, en la que se definirá si la persona puede quedar en libertad o si simplemente se le cambia la medida de detención preventiva”, explicó el Ministro Jorge Londoño.

Los principales afectados de esta prórroga fueron las personas sindicadas de graves delitos. Por ejemplo, quienes están siendo procesados por abuso sexual, actos de corrupción, narcotráfico y terrorismo, solo podrán acceder a este beneficio hasta 2018. Por ejemplo, los protagonistas de casos como el de Interbolsa o el carrusel de la contratación en Bogotá, que llevan años en los estrados judiciales, no saldrán de prisión. Según el Ministerio de Defensa, 9.549 que cometieron crímenes graves seguirán en la cárcel hasta 2018 pese a no tener una condena.

Entre las razones para tomar estas determinaciones, el Gobierno explicó que es para que los jueces apliquen racionalmente las medidas de detención preventiva, para la defensa del debido proceso, por el respeto al principio constitucional de presunción de inocencia y por mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, reafirmado por la Corte Constitucional. Asimismo, el objetivo era disminuir el hacinamiento carcelario y enfrentar las crisis que se viven en distintas cárceles, pues ya no hay cupos para nuevos reclusos: “Entre 1993 y 2014, la capacidad de la infraestructura carcelaria aumentó en un 163% pero en ese mismo periodo el número de personas que fueron a prisión creció un 315%”, manifestó el Ministerio de Justicia.

El objetivo de la ley era incentivar al sistema judicial, especialmente a los fiscales y jueces, de solicitar u otorgar medidas de detención distintas a las privativas de libertad: cárcel o prisión domiciliaria. Según el Ministerio de Justicia existían otros nueve mecanismos que no eran utilizados:  Sometimiento a un mecanismo de vigilancia electrónica; sometimiento a la vigilancia de una institución o de una persona; presentación periódica ante el juez o ante la autoridad designada; observación de buena conducta individual, familiar o social; prohibición de salir del país, del lugar de residencia o de un ámbito territorial; prohibición de comunicarse con determinadas personas o con la víctima; prohibición de concurrir a determinadas reuniones o lugares; prestación de una caución real y adecuada; prohibición de salir del lugar de habitación entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m..

Otra de las razones son las demandas contra el Estado por la privación injusta de la libertad. Actualmente, hay casi 16 mil demandas y las pretensiones de reparación por $22 billones. Es más, el Estado ya ha tenido que pagar $2 billones por fallos en su contra. Además, cabe recordar la crisis carcelaria. En Colombia, hay 175.259 presos. De ese número, 122.404 están en la cárcel, 47.815 en prisión domiciliaria y 5.040 con vigilancia electrónica. Según las cifras, en las 136 cárceles del país hay más de 81 mil personas condenadas y otras 40.000 apenas sindicadas –es decir, que todavía están en juicio y tiene el derecho a la presunción de inocencia–. Todo ha llevado a que en las cárceles colombianas que hay un hacinamiento del 56,82%.

Por Redacción Judicial

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