Militares señalados de asesinar a mamos de la Sierra Nevada serán investigados

La tortura y desaparición de los líderes arhuacos Luis Napoleón Torres, Ángel María Torres y Antonio Hugues Chapa, en 1990, será juzgada por la justicia ordinaria, por orden de la Corte Suprema.

Redacción Judicial
14 de octubre de 2019 - 08:21 p. m.
Herminso Ruiz
Herminso Ruiz

A Luis Napoleón Torres, Ángel María Torres y Antonio Hugues Chapa, mamos arhuacos de la Sierra Nevada los capturaron, torturaron y asesinaron en 1990, luego de ser detenidos en carretera por hombres armados. Desde entonces, el pueblo indígena le atribuyó lo ocurrido al Ejército, y la Procuraduría les dio la razón en 1992, cuando destituyó al teniente coronel (r) Luis Fernando Duque Izquierdo y al teniente (r) Pedro Antonio Fernández Ocampo. Más de 27 años después, la Corte Suprema de Justicia ordenó que los oficiales en retiro fueran investigados por lo ocurrido.

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Puntualmente, la decisión de la Sala Penal de la Corte fue declarar nula la resolución de la justicia penal militar de 1992 de cesar cualquier investigación en contra de Duque Izquierdo y Fernández Ocampo. Al revocar la competencia del tribunal castrense, la suerte de los oficiales en retiro quedó en manos de la justicia ordinaria, con lo que la Fiscalía deberá adelantar las diligencias correspondientes y decidir si lleva a juicio a los militares.

Este caso, que lleva más de 27 años en la impunidad, se remonta al 28 de noviembre de 1990 cuando los mamos —líderes ancestrales arhuacos— Torres y Hugues viajaban desde Valledupar, donde defendían la “línea negra” de la Sierra Nevada, hacia Bogotá, para dialogar con el gobierno en el marco de la Asamblea Nacional Constituyente. Cuando pasaban por el sector de Inturco, en Curumaní (Cesar), su bus fue detenido por hombres armados que los intimidaron y los hicieron subirse a otro vehículo, según contaron testigos.

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Esa misma noche, uniformados del Batallón de Artillería La Popa (en Valledupar) capturaron y torturaron a José Vicente y Armando Villafañe, también miembros de la comunidad arhuaca. A los hermanos Villafañe los interrogaron por horas, sin tener orden de captura alguna en su contra, pues para los militares, los indígenas habían colaborado con la guerrilla de las Farc en el secuestro del ganadero Jorge Eduardo Mattos.

Gracias a la presión de la comunidad sobre el Ejército, los hermanos fueron liberados el 2 de diciembre siguiente. Desde entonces, las comunidades comenzaron a vincular ambos hechos, pues aseguran que se dieron en contextos de persecución de la Fuerza Pública y ambos operativos de captura guardaban grandes similitudes. Y desde ese momento, se señala como directos responsables a Duque Izquierdo, quien se desempeñaba como comandante del Batallón La Popa, y a Fernández Ocampo, para entonces jefe de inteligencia de la unidad militar.

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Cuando la justicia penal militar se abstuvo de investigar las conductas de los oficiales, las familias de los mamos acudieron a instancias internacionales. Así, en 1997, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas le jaló las orejas al Estado colombiano por no investigar lo ocurrido y le recomendó tomar medidas para condenar a los responsables.

Entre las irregularidades que encontró el Comité están las conclusiones de las autopsias “que revelaron que los indígenas habían sido torturados antes de ser disparados en la cabeza”. Asimismo, los documentos del Batallón La Popa llevaron al organismo internacional a concluir que “el secuestro y la posterior detención de los líderes indígenas fueron ilegales, ya que no existía orden de captura en su contra ni existía contra ellos ninguna acusación formal”.

A pesar del llamado de atención de la ONU, Colombia no actuó. Los familiares de los líderes indígenas, entonces, interpusieron una acción de tutela que en 2014 llegó a manos de la Corte Constitucional, tribunal que le ordenó a la Fiscalía tramitar los recursos que correspondiera para que las pesquisas avanzaran y así, por un lado, el crimen no quedara en la impunidad, pero tampoco quedara el Estado colombiano en incumplimiento de sus obligaciones internacionales.

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Fue así como el expediente aterrizó en la Corte Suprema, pues la Fiscalía demandó la nulidad de la decisión de la justicia penal militar ante ese alto tribunal. Con ponencia del magistrado Eyder Patiño, la Sala Penal concluyó que, en ninguna circunstancia, lo ocurrido con los mamos Torres y Hugues podía ser juzgado por la justicia penal militar, pues la posible responsabilidad de los uniformados no tenía nada que ver con el desarrollo de sus labores.

Por el contrario, para el alto tribunal, una falta de este tipo, al violar todas las convenciones de derechos humanos firmadas por Colombia, atenta contra la labor militar misma. “No se necesitan mayores disquisiciones para entender que el Ejército Nacional no tiene entre sus competencias normativas superiores o infraconstitucionales las de retener sin orden de autoridad, torturar y acabar con la vida de los ciudadanos colombianos”, se lee en la decisión.

Por esto, la Corte ordenó que el expediente vaya a la justicia ordinaria, y además declaró que el caso es un crimen de lesa humanidad. Sin embargo, advirtió que no le aplica el criterio de imprescriptibilidad, “toda vez que, si bien se trata de crímenes de lesa humanidad, los presuntos autores de las conductas punibles están identificados y vinculados legalmente al proceso y, en ese orden, no es viable predicar indefinido el término dentro del cual se puede tomar una decisión de fondo”.

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Es decir, la Fiscalía deberá investigar por lo ocurrido al teniente coronel (r) Duque Izquierdo y al teniente (r) Fernández Ocampo, pues ya están vinculados al caso. Para hacerlo, el ente investigador contará con el mismo tiempo que cuenta para cualquier otro crimen —máximo 20 años—, periodo que se contará, según aclara la decisión de la Corte, desde que el funcionario a cargo reciba oficialmente la asignación del caso.

Por Redacción Judicial

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