Millonaria condena contra la Nación por ejecuciones extrajudiciales en Ibagué

El Consejo de Estado determinó que el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional son responsables de la muerte de José Never Ramos, José Yiner Enríquez y Gerardo Antonio Moreno, el 28 de febrero del 2008. Deberán pagar más de $2.500 millones.

Redacción Judicial
30 de noviembre de 2017 - 07:08 p. m.
Para el Consejo de Estado tampoco estaba demostrado que estas personas hubieran estado tras el secuestro del dueño de la finca, ni que pertenecieran a grupos armados ilegales. / Archivo particular
Para el Consejo de Estado tampoco estaba demostrado que estas personas hubieran estado tras el secuestro del dueño de la finca, ni que pertenecieran a grupos armados ilegales. / Archivo particular

El Consejo de Estado condenó a la Nación a pagar más de $2.500 millones a los familiares de tres jóvenes de Cali (Valle de Cauca) víctimas de ejecuciones extrajudiciales. El hecho ocurrió en la vereda Potrerillos, jurisdicción de Ibagué (Tolima), el 28 de febrero del 2008. (Le podría interesar: Ejecuciones extrajudiciales son graves violaciones a los Derechos Humanos)

La Sección Tercera del alto tribunal estableció que la Nación –en concreto el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional– era responsable del daño por falla en el servicio causado por la muerte violenta de los ciudadanos José Never Ramos Henao, José Yiner Enríquez Hoyos y Gerardo Antonio Moreno González.

En el expediente se probó que los jóvenes fueron conducidos, en medio de engaños, por un desmovilizado del ELN quien los contactó en un barrio de la capital vallecaucana y los invitó a desenterrar una guaca que supuestamente estaba en una finca en zona rural de Ibagué. El desmovilizado, según reza el fallo, les prometió a los jóvenes compartir el botín.

En ese entonces, los jóvenes asistieron a la hacienda Los Mangos donde, desde hace dos días, estaba ocupada por uniformados del Batallón CR. Jaime Rooke del Ejército Nacional. Los soldados, posteriormente, atacaron a los jóvenes con armas de fuego, los asesinaron y los presentaron como integrantes de grupos ilegales sospechosos de preparar un plan para secuestrar al dueño del inmueble. (Lea: La preocupación del Consejo de Estado por los múltiples casos de "falsos positivos")

A pesar de que los militares alegaron que en el lugar de los hechos se había presentado un enfrentamiento con estos jóvenes, el Consejo de Estado concluyó que ese escenario era improbable y que las víctimas habían muerto por disparos producidos a muy corta distancia. Para la Sala, tampoco estaba demostrado que estas personas estaban tras el secuestro del dueño de la finca, ni que pertenecieran a grupos armados ilegales.

Así las cosas, al alto tribunal ordenó reparar moral y materialmente a los familiares de los jóvenes muertos e impartió medidas de resarcimiento no monetarias, que van desde cursos de formación en derechos humanos a las unidades militares hasta un acto público de reconocimiento de responsabilidad.

Para esto, el ministro de defensa, los comandantes de las Fuerzas Militares y el Batallón CR Jaime Rooke, deberán ofrecer excusas a la comunidad del barrio Los Chorros, en Cali, donde residían Ramos Henao, Enríquez Hoyos y Moreno González. (Lea: 'Falsos positivos' constituyen actos de lesa humanidad: Consejo de Estado)

Además, el Consejo determinó enviar copia de la sentencia a la Fiscalía, Procuraduría y Justicia Penal Militar para que, si encuentran mérito, se adelanten actuaciones a las que haya lugar o, por el contrario, continúen con las investigaciones que están en curso.

Finalmente, se ordenó a la Sección Tercera para que, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Jurídica del Estado, la decisión judicial sea conocida por el relator especial para las ejecuciones extrajudiciales de las Naciones Unidas, la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.

Por Redacción Judicial

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