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La multa que deberá pagar un exmagistrado del Consejo de Estado

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca no solamente rechazó la acción judicial de Marco Antonio Velilla sino que ordenó pagarle una multa a la Rama Judicial y a la Presidencia de la República.

Redacción Judicial
25 de agosto de 2016 - 10:44 p. m.
La multa que deberá pagar un exmagistrado del Consejo de Estado

Un fuerte llamado de atención le hizo el Tribunal Administrativo de Cundinamarca al exmagistrado del Consejo de Estado, Marco Antonio Velilla por la demanda que presentó en contra de la Presidencia de la República y la Rama Judicial después que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia no eligiera a una de las personas que conformaban su terna al cargo de Fiscal General de la Nación.

En la demanda presentada en febrero de 2013, el entonces magistrado argumentó que la posición de la Corte Suprema le causó perjuicios morales. Velilla argumentó que él junto al exministro de Defensa, Camilo Ospina y a la abogada Virginia Uribe presentaran su respectiva renuncia a la terna presentada por el presidente Álvaro Uribe Vélez.

Para Velilla después de muchas Salas Plenas no se logró la votación exigida para que el alto tribunal nombrará al nuevo jefe el ente investigador en reemplazo de Mario Iguarán.  El entonces magistrado expresó su molestia frente a esa situación ante los medios de comunicación, asegurando que no se podía permitir que algo así ocurriera.

Pese a que aseguró que no presentaría su renuncia, meses después tuvo que presentar su dimisión a la terna. El exconsejero consideraba que la Corte Suprema de Justicia había desconocido el debido proceso en las votaciones para elegir a Fiscal General, causándole un daño a su imagen y buen nombre. Señaló que el presidente Juan Manuel Santos “sin mediar consentimiento de los ternados modificó la terna”.

Pero el Tribunal Administrativo no aceptó sus pretensiones, señalando que además de temeraria en la demanda no se expusieron pruebas sino “consideraciones hipótesis, criterios, subjetivos y simples afirmaciones que no tienen respaldo probatorio alguna”. Hecho por el cual le ordenó el pago de una multa a las entidades demandadas.

“No se puede imputar a título de vía de hecho, que el señor de vía de hecho, que el señor presidente Juan Manuel Santos, haya presentado dos ternas, es claro que la terna de la que hacía parte el demandante fue presentada por el saliente presidente Álvaro Uribe, y que sencillamente el nuevo presidente ejerció su facultad constitucional de presentar una terna”, precisó.

La Sala rechazó el argumento expuesto por el demandante frente a la falla en la que incurrió la Corte Suprema de Justicia al rechazar la nueva terna presentada. “Para que exista una falla en el servicio, debe establecerse igualmente, el incumplimiento de unas propias funciones legales asignadas en el presente caso no existe, un marco legal que imponga ese deber de la Corte Suprema de Justicia”.

Para el Tribunal el exmagistrado y ahora candidato al cargo de Procurador General actuó de “mala fe”, agotando los instrumentos judiciales y a las instituciones. (Ver Magistrado Marco Antonio Velilla demandó a la Presidencia y la Rama Judicial)

Por Redacción Judicial

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