Publicidad

Niegan reparación a hombre detenido en la antesala de la “Operación Orión”

El Consejo de Estado señaló que si bien la persona fue encontrada inocente por la justicia después, su detención no fue irregular porque un informante lo había señalado de pertenecer a un grupo ilegal.

18 de noviembre de 2020 - 05:29 p. m.
La iniciativa, aprobada en el Congreso hace unos meses, incluyó la ley 600, antiguo código penal con el que todavía se juzga a varios presuntos criminales, y la ley que crea el DANE.
La iniciativa, aprobada en el Congreso hace unos meses, incluyó la ley 600, antiguo código penal con el que todavía se juzga a varios presuntos criminales, y la ley que crea el DANE.
Foto: Archivo El Espectador

Joaquín Emilio Chavarría vivía en el 2002 en el barrio Olaya II de la comuna 13 de Medellín y tenía una tienda de abarrotes en su casa, de la cuál obtenía sus ingresos para él y su familia. Se trata del mismo barrio en el que el Estado colombiano, en la supuesta intención de retomar el control del área de los grupos armados, ejecutó allí tres operaciones “Mariscal” en mayo; “Potestad” en junio, “Antocha” en agosto y “Orión” en octubre. En esta última, en la que participaron paramilitares, hubo más de 80 personas muertas, número igual de heridos, torturas, desapariciones forzadas y detenciones arbitrarias.

En medio de esos operativos, el 19 de septiembre de 2002, Chavarría fue detenido por agentes del hoy extinto Departamento Administrativo de Seguridad – DAS, al ser señalado de pertenecer al grupo ilegal llamado Comando Armado del Pueblo por parte de un informante. Estuvo en prisión por cuenta de una medida de aseguramiento hasta el 28 de junio de 2006 luego de que el Juzgado Octavo Penal del Circuito Judicial de Medellín lo absolviera.

(Le puede interesar: ::Corte Interamericana condena al Estado por abusos en la Comuna 13 de Medellín::)

Es decir, estuvo detenido injustamente por 40 meses, mientras que su familia fue víctima de amenazas por el señalamiento y tuvo que desplazarse. Por esa razón demandó al Estado colombiano. No obstante, el 15 de agosto de 2018 el Consejo de Estado dijo que no había lugar a reparar a este hombre porque su detención se realizó en ese momento con fundamento a testimonios aportados por un testigo. Contra esa decisión, Chavarría interpuso una tutela que fue negada por el alto tribunal.

En primera instancia, el 21 de mayo de 2020. Ese día la Sección Primera del Consejo de Estado negó las pretensiones de la tutela al estimar que el operativo en que fue capturado Chavarría no presentaba irregularidades. La defensa impugnó esa decisión y la Sección Tercera confirmó la decisión al estimar que en este caso particular no procedía la reparación y que el daño que tuvo que soportar estaba legitimado. El alto tribunal aseguró que el fallo que negó la reparación no violó derechos fundamentales.

(Le puede interesar: Consejo de Estado ordena indemnizar a retenido ilegalmente en operación Orión)

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar