“No se trata de intercambiar impunidades”: Gustavo Gallón

Este abogado experto en derecho internacional humanitario y director de la Comisión Colombiana de Juristas, formula duras críticas a las dos modificaciones estructurales que el partido del presidente electo, Iván Duque, le hizo a la JEP, eje del Acuerdo de Paz: creación de una sala exclusiva para juzgar a militares y la reducción de su competencia a simple revisión de fechas; y en las solicitudes de extradición de guerrilleros acogidos a esa jurisdicción. Prevé la posibilidad de intervención de la justicia internacional.

Cecilia Orozco Tascón / Especial para El Espectador
01 de julio de 2018 - 02:00 a. m.
 Gustavo Gallón teme que el uribismo haga trizas el Acuerdo de Paz. / El Espectador
Gustavo Gallón teme que el uribismo haga trizas el Acuerdo de Paz. / El Espectador

El Centro Democrático prometió, mediante uno de sus voceros más caracterizados, “hacer trizas” el Acuerdo de Paz. Ahora que ese partido cuenta con presidente electo, ¿está cumpliendo ese propósito con, al menos, las dos drásticas modificaciones a la JEP que fueron impuestas por sus mayorías del Congreso esta semana?

Lamentablemente, sí. Uno de los principios fundamentales del Acuerdo de Paz fue la declaración que hicieron ambas partes (guerrilla y Gobierno) en el sentido de que no pretendían “intercambiar impunidades”, es decir, perdonarse, entre ellos, los delitos en que incurrieron, ignorando los derechos de las víctimas. Consecuente con ello, se creó la JEP para juzgar los crímenes cometidos durante el conflicto armado, cualquiera que fuese su autor. Ya se excluyó, de ese juzgamiento, a los llamados “terceros”; o sea, a los civiles y a los agentes estatales que no fueran miembros de la Fuerza Pública. Ahora se pretende excluir también a éstos y convertir a la JEP en un tribunal contra la guerrilla. Se desconocen así, insisto, los derechos de las víctimas de los crímenes cometidos o tolerados por el Estado, lo cual contradice un pilar fundamental del Acuerdo, volviéndolo trizas.

Esa es una de las modificaciones, pero permítame le pregunto primero por la otra: ¿Cómo evalúa la reducción del campo de acción de la JEP y de sus competencias a una simple revisión de fechas en las solicitudes de extradición que le lleguen contra quienes están cobijados por esa jurisdicción, probablemente sólo contra guerrilleros?

Es una norma con nombre propio que fue adoptada con el propósito de forzar la extradición de Santrich. Contrariando el principio de presunción de inocencia, sectores opuestos al Acuerdo de Paz se empeñan en considerarlo un narcotraficante que debe ser entregado a la justicia estadounidense. No se detienen a analizar las ridículas pruebas que han sido exhibidas en su contra, las cuales giran en torno a un sobrino de otro guerrillero, y a un agente de la DEA que le habrían propuesto a Santrich exportar diez toneladas de cocaína. Al día siguiente de capturado, el sobrino se convirtió en testigo protegido por Estados Unidos, es decir, también agente de la DEA. Lo único claro en todo esto es el daño inmenso que se le hace al Acuerdo de Paz. La modificación introducida en la ley de procedimiento sobre este asunto es inconstitucional, pues el Acto Legislativo 01 de 2017 textualmente señala que la JEP deberá “evaluar la conducta atribuida para determinar la fecha precisa de su realización y decidir el procedimiento apropiado”. Son tres atribuciones: evaluar, determinar y decidir, mientras que la ley de procedimiento pretende reducirla a una sola, insisto, contrariando ostensiblemente la Constitución.

En cuanto a la otra modificación de fondo: la propuesta de constituir un nuevo tribunal especial para los militares procesados por crímenes de guerra, podría violar, además de los derechos de las víctimas, los de los propios uniformados que quedan divididos entre quienes comparezcan ante la JEP y quienes se acojan al tribunal especial. ¿Qué opina de este extraño efecto bumerán provocado por el uribismo que pretende defenderlos?

Es algo muy extraño, porque es de conocimiento público que los militares activos estuvieron de acuerdo con la fórmula de la JEP. El ministro de Defensa y el propio comandante de las Fuerzas Militares se han expresado, muy claramente, en este sentido. Entonces, cabe preguntarse por qué, so pretexto de proteger los intereses militares y de policía, se propone la creación de esta sala especial que, por el contrario, puede resultar desfavorable para ellos. Se pregunta uno, también, si detrás de esa iniciativa se espera evitar revelaciones sobre violaciones de derechos humanos conocidas por los militares y, así, amparar a otros implicados en graves crímenes, sin importar la suerte de quienes ya habían aceptado, de buena gana, la competencia de la JEP.

¿Escuchó la denuncia de Blu Radio el viernes pasado, en el sentido de que el senador José Obdulio Gaviria estaría presionando a varios generales activos para que se acojan al tribunal en lugar de la JEP (ver parte sup. pág. siguiente)? Esto enfrentaría, de manera inesperada, al nuevo gobierno con los militares a los que pretende representar. ¿No es más raro aún?

Bueno, pues eso confirma la hipótesis que acabo de plantear: la propuesta de creación de una nueva sala para ocuparse exclusivamente de los miembros de la Fuerza Pública implicados en temas de justicia no corresponde a sus intereses genuinos.

La creación de esa sala exclusiva para militares se justifica, en palabras de la senadora ponente, Paloma Valencia, porque estaría compuesta por otros magistrados distintos a los de la JEP, pues a éstos los considera “sospechosos”. A la luz del derecho internacional humanitario, ¿es aceptable escoger un tribunal y unos jueces a la medida?

Por lo pronto, la creación de esa sala exclusiva es contraria a la Constitución, pues el Acto Legislativo 01 de 2017, que es norma constitucional, define cuáles son las salas y secciones de la JEP. Según el artículo 7º de ese Acto, son: la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas; la Sala de Definición de las Situaciones Jurídicas; la Sala de Amnistía o Indulto, y el Tribunal para la Paz, integrado a su vez por cinco secciones: dos de primera instancia, una de Revisión de Sentencias, una de Apelación y una de Estabilidad y Eficacia. No se prevé, allí, ninguna sala especial para el juzgamiento exclusivo de agentes estatales. La norma aprobada en el Congreso para la creación de una sala de las características descritas va más allá de lo previsto en la Constitución. Por lo tanto, debe considerarse nula.

Le voy a insistir en el punto, porque me parece muy importante: ¿crear un tribunal especial con unos magistrados que se ajusten a la medida de la “confianza e imparcialidad” de quienes van a ser sus procesados por crímenes de guerra es válido jurídicamente hablando y es admisible en términos de derecho internacional humanitario?

Puede ser considerado inválido por la Corte Penal Internacional. Y este tribunal puede actuar cuando crea que no haya habido justicia genuina. Es decir, cuando considere que un Estado haya investigado o juzgado a una persona a través de procedimientos orientados a dejarla impune (según los artículos 17 y 20 del Estatuto de Roma). ¿Qué otra explicación, si no es la de garantizar la impunidad de los agentes estatales, tiene la decisión del Congreso de modificar el Acuerdo de Paz violando la Constitución, para crear una sala especial para los agentes estatales?

La pregunta, aunque parezca una obviedad, es: ¿cómo se prueba, objetivamente, la imparcialidad de un tribunal y sus jueces? Se lo pregunto porque el Centro Democrático insiste en que la JEP está compuesta por jueces izquierdistas que odian a las Fuerzas Militares…

El método adoptado para la selección de los magistrados que integran la JEP fue cuidadosamente diseñado para garantizar tanto su imparcialidad como su idoneidad. Esa selección la realizó un comité compuesto por cinco miembros: uno, designado por el secretario general de Naciones Unidas; el segundo, por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos; un tercero, por el Centro Internacional de Justicia Transicional; el cuarto fue designado por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, y el quinto miembro fue escogido por el Sistema Nacional de Universidades Públicas. Difícil imaginar un procedimiento más diverso y escrupuloso.

Sin embargo, algunos críticos han acusado también a los miembros del comité de selección de los magistrados de ser sesgados.

Entonces le digo cuáles han sido las carreras de los seleccionadores: uno fue presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, además de ministro y canciller de su país; otro fue defensor del Pueblo de España y desempeñó un cargo equivalente en el sistema europeo. Uno más fue representante del secretario general de Naciones Unidas en el tema de genocidios y relator del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el tema de torturas. El cuarto miembro es magistrado en ejercicio de la Corte Suprema de Colombia y el quinto miembro, quien actuó como presidenta del Comité, es una profesora de carrera de la Universidad Nacional. Si aun con tales calidades los miembros del comité de selección han sido criticados por los detractores del Acuerdo de Paz, no puede uno imaginar nada positivo sobre la forma como los proponentes de la nueva sala para militares escogerían a los nuevos jueces.

Si la JEP termina funcionando con una sala para juzgar a los exguerrilleros y otra para los militares, ¿habría que crear otros tantos tribunales especiales para las “categorías” de agentes civiles del Estado y de “terceros” particulares que se involucraron en la guerra? ¿Han funcionado así las justicias transicionales en otros países?

En otros países no se había logrado el nivel que se alcanzó en el Acuerdo de Paz colombiano con la creación del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. En ninguna otra nación se había logrado que un grupo insurgente, al pactar la paz, aceptara someterse a la justicia; ni que el Estado se comprometiera a instituir un mecanismo y un procedimiento para el juzgamiento expedito y restaurativo de los crímenes cometidos en el conflicto, incluidos los perpetrados por sus propios agentes. Esto ha sido una valiosa contribución al derecho internacional de los derechos humanos. Lamentablemente la sustracción de los mal llamados terceros desnaturalizó parte importante de ese aporte. Para que no se pierda del todo, se requiere que la Fiscalía y la justicia ordinaria cumplan con su deber de investigar e impartir justicia. Hay copias compulsadas en relación con miles de esos supuestos terceros, que están en mora de traducirse en acusaciones y sentencias.

El Centro Democrático también propuso y el Congreso aceptó un plazo de 18 meses para volver realidad el artículo que crea dicha sala. Suspender por año y medio el juzgamiento de más de 2 mil militares que ya se acogieron a la JEP y quedaron en libertad en virtud del Acuerdo de Paz, más otros tantos que quedarían en el limbo, ¿qué consecuencias judiciales y políticas puede acarrear?

Claramente puede dejarlos expuestos a la acción de la Corte Penal Internacional. A las víctimas, a su vez, les aplaza y, eventualmente, les deniega su derecho a la justicia. En el plano político, genera o incrementa la desconfianza ciudadana en relación con el Estado y con el sistema judicial, pues su incumplimiento del Acuerdo de Paz y la violación de la Constitución serán percibidos, por importantes sectores, dentro y fuera del país, como una conducta tramposa.

La realidad política colombiana sobre el hecho de que el nuevo presidente de la República es diferente al que firmó el Acuerdo, ¿no podría explicar o, incluso, justificar el cambio de voluntad del Estado?

El presidente electo, durante su campaña, fue crítico del Acuerdo, aunque después trató de moderar su tono. Es deseable que continúe moderándolo una vez asuma el cargo, teniendo en cuenta las obligaciones constitucionales e internacionales derivadas de dicho pacto, el cual es supervisado por la comunidad internacional, tanto desde la ONU como desde el Sistema Interamericano y hasta de la OCDE, además de la propia sociedad civil colombiana. Indudablemente lo mejor para todo el mundo, incluido el presidente (Duque), es respetar el Acuerdo y honrar los compromisos adquiridos. No hacerlo es una vía segura hacia el desprestigio del propio mandatario y del Estado colombiano, además de una fragmentación mayor de nuestra sociedad.

A veces da la impresión de que al establecimiento político y empresarial del país, gran parte del cual se agrupa en el Centro Democrático, sólo le interesa ventilar las culpas de los integrantes de las Farc mientras intenta ocultar o manipular las verdades de militares, agentes civiles del Estado o terceros involucrados… ¿Esta hipótesis le parece justa o es exagerada?

Ojalá lo fuera. La historia del país ha mostrado una y otra vez que la justicia es para los de ruana. El Acuerdo de Paz, junto con la creación del Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación, ha sido un intento admirable de superar la impunidad predominante en el país. Hasta el momento, esa impunidad ha servido a algunos para ejercer su poder y mantener sus privilegios. Pero la impunidad y la consiguiente desconfianza en las instituciones es un cáncer mortal que puede volver trizas no sólo el Acuerdo de Paz, sino a la sociedad colombiana y al propio régimen de dominación existente.

¿Tensión militar con el nuevo Gobierno?

Según una delicada revelación que hizo, el pasado viernes, el director de noticias de Blu Radio, Néstor Morales, el senador del Centro Democrático José Obdulio Gaviria -  muy cercano tanto al expresidente Álvaro Uribe como al mandatario entrante Iván Duque -, habría presionado a miembros de la cúpula militar activa para que aceptaran la creación de un tribunal exclusivo para juzgar a los uniformados que cometieron crímenes de guerra, una iniciativa que va en contravía de la JEP, a la cual ya se han sometido más de 2 mil hombres de las Fuerzas Armadas con el fin de contar la verdad de lo ocurrido en el conflicto interno. “Ustedes son generales ‘enmermelados’, santistas, afectos al proceso de paz. Se les olvida que ya hay nuevo presidente”, les habría dicho o mandado a decir Gaviria a dos altos mandos, de acuerdo con lo que estos le habrían contado al periodista. El parlamentario, conocido por su agresividad con quienes tienen diferencias con él, y por sus posiciones extremistas en materia política, los habría amenazado con retirarlos del servicio en cuanto se posesionara el gobierno Duque. En entrevista posterior que también se publicó en Blu Radio, Gaviria le respondió de manera brusca a Morales, le pidió dejar de hacer “preguntas tontas” y negó las presiones pero terminó criticando a los oficiales “deliberantes”.

“Los magistrados de la JEP no son notarios de fechas”

A partir del caso Santrich, del cual podría pensarse que se trata de una extradición con alto contenido político por la tendencia derechista del gobierno de Estados Unidos, ¿Colombia debería replantear su agenda de entrega de nacionales a otros países?

Sin duda. Es escandaloso que haya gente que defienda y pretenda, como se ha escuchado en los últimos días, que Colombia  deba aceptar, sin discusión, las solicitudes de extradición provenientes de Estados Unidos. No tiene ningún sustento legal pero además, no es propio de un Estado soberano.

La limitación con que se pretende impedir que la JEP conozca pruebas de cada proceso de extradición y reducirla a determinar solo las fechas en que se habrían cometido delitos, ¿le parece razonable?

El presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dijo, en un foro en Cartagena, que los miembros de la JEP no son notarios, sino magistrados. Si fueran notarios, les bastaría leer la solicitud de extradición para declarar cuál es la fecha que allí se indica. Siendo magistrados, no pueden limitarse a cumplir esa función, sino que tienen que estudiar a fondo el asunto que les sea planteado.

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Por Cecilia Orozco Tascón / Especial para El Espectador

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