Ordenan suspender proyecto minero en Serranía del Perijá por tutela de comunidad indígena

Las tierras en donde están asentado el pueblo yukpa todavía no le han sido tituladas. Sin embargo, el gobierno emitió resoluciones que permitían la minería en la zona. El Tribunal Administrativo del Cesar acaba de frenar esas disposiciones.

Redacción Judicial
13 de septiembre de 2019 - 12:05 a. m.
El pueblo yukpa fuera confinado a vivir en la parte alta de la Serranía de Perijá en pequeños resguardos a causa del conflicto armado. / Juan Pablo Gutiérrez - ONIC
El pueblo yukpa fuera confinado a vivir en la parte alta de la Serranía de Perijá en pequeños resguardos a causa del conflicto armado. / Juan Pablo Gutiérrez - ONIC

El Tribunal Administrativo del Cesar ordenó que se suspendan todas las actividades de minería que se desarrollan en una zona de la Serranía del Perijá, ubicada entre ese departamento y La Guajira. El fallo fue la respuesta a una tutela que interpusieron gobernadores del pueblo indígena Yukpa que alegaban que ni el gobierno ni las empresas involucradas habían adelantado procesos de consulta previa para el proyecto de extracción de hidrocarburos, con lo que sus derechos fundamentales estaban siendo vulnerados.

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La decisión, conocida en su integridad por El Espectador, se tomó estudiando el caso del proyecto La Jagua, desarrollado por las empresas Carbones de La Jagua, Consorcio Minero Unido y Carbones El Tesoro. El predio en el que se haría la extracción, según los líderes yukpa que interpusieron la tutela, sería su territorio ancestral, pero nunca se dio una consulta previa. Lo mismo había ocurrido hace unos años con predios de esa zona que se utilizaron para ubicar a excombatientes de la extinta guerrilla de las Farc en los llamados Espacios Territoriales de Reincorporación (ETCR). Ese dilema fue dirimido por la Corte Constitucional con una conclusión: nadie consultó con los yukpa la decisión del Gobierno.

Ese fallo de la Corte fue uno de los argumentos del pueblo indígena en esta nueva tutela en contra de la minería, pues el alto tribunal le ordenó a la Agencia Nacional de Tierras (ANT), desde 2017, delimitar el territorio ancestral yukpa y le dio un plazo de un año. A pesar de las demoras, precisamente es por ese fallo de hace dos años que se instalaron mesas de trabajo en abril de 2018 en las cuales la ANT, las empresas y las comunidades acordaron suspender las solicitudes de explotación minera en la zona porque existiría un “traslape” entre las tierras que debían ser tituladas al pueblo indígena y el lugar donde se desarrollaría el proyecto.

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Sin embargo, la dirección de bosques del Ministerio de Ambiente sacó una nueva resolución en abril de este año permitiendo la reanudación de las labores de minería en la región, a pesar del “traslape” con el territorio que debería ser titulado los yukpas. Ante este panorama, fue que líderes de esa comunidad recurrieron a la tutela, pues consideraban que, el gobierno, en cabeza del presidente, y todas las empresas que hacen minería en la zona, les estaban vulnerando sus derechos fundamentales.

Al contestar la demanda, las empresas argumentaron que una resolución de junio de 2017 del Ministerio del Interior certificaba que en el lugar donde tendría lugar el proyecto minero no había comunidades indígenas. No obstante, el Tribunal recurrió dos argumentos que en este sentido ya había aclarado la Corte Constitucional: por un lado, el alto tribunal dijo en 2018 que en varios casos que han revisado, la cartera del Interior “ha certificado equivocadamente que no existían grupos étnicos en territorios en donde efectivamente había presencia de esos grupos”. Y, por otro lado, que “la existencia de una comunidad indígena no depende de su aparición o no en bases de datos estatales”.

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Al corroborar con mapas y otras evidencias que “existe un traslape entre las zonas en las cuales se pretende llevar a cabo el proyecto minero y la expectativa del territorio ancestral yukpa”, el Tribunal descartó los argumentos de las empresas y el gobierno. En su lugar, los magistrados regañaron a las entidades demandadas: “Es deber del Estado velar por la protección de los derechos de las comunidades indígenas y en los eventos en los cuales se discuta la titularidad o esté en trámite la delimitación de un determinado territorio, la administración debe propender por maximizar esa protección”.

Por todo esto, el Tribunal concluyó que sí se están vulnerando los derechos de la comunidad yukpa, con lo que concedió algunas pretensiones de los demandantes. Ordenó, por ejemplo, suspender el proyecto minero hasta que la titulación del predio del pueblo indígena haya concluido, pero también instó al Ministerio del Interior a llevar cabo la consulta previa una vez las tierras estén a nombre de los yukpa. Asimismo, le ordenó al Ministerio de Ambiente, a la Agencia Nacional de Hidrocarburos, a la ANLA y a la Agencia Nacional de Minería abstenerse de emitir cualquier permiso para desarrollar actividades mineras en la zona en disputa.

Por Redacción Judicial

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