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Paro 28A: tras fallo de Tribunal, radican tutela y piden medidas cautelares a la CIDH

A raíz de la polémica decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca de restringir las manifestaciones que estaban programadas para hoy, defensores de derechos humanos de todo el país se han movido en dos direcciones: presentar una tutela ante el Consejo de Estado y pedirle a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que intervenga.

28 de abril de 2021 - 06:53 p. m.
La Plaza de Bolívar es el punto de encuentro, en Bogotá, para las protestas del Paro Nacional 28A.
La Plaza de Bolívar es el punto de encuentro, en Bogotá, para las protestas del Paro Nacional 28A.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, representado por la magistrada Nelly Yolanda Villamizar, emitió durante la tarde de ayer 27 de abril un auto que despertó todo tipo de reacciones en la sociedad, en vísperas del Paro Nacional 28A: ordenó aplazar las protestas hasta que en Colombia haya inmunidad rebaño contra el COVID-19. Tras tomar esa decisión, organizaciones de derechos humanos presentaron recursos para garantizar el derecho de los ciudadanos que, a esta hora, marchan contra la reforma tributaria.

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En horas de la mañana, defensores de derechos humanos radicaron una solicitud de medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la decisión de la magistrada Villamizar: “Sean adoptadas medidas cautelares ante la grave amenaza a los derechos a la libertad de reunión pacífica, de asociación y libertad de expresión en el espacio cívico y la participación en la dirección de los asuntos públicos, de quienes suscribimos y quienes coadyuven esta solicitud”.

Asimismo, ante el Consejo de Estado se radicó una tutela: “En aras de proteger la integridad de los(as) ciudadanos(as), se ordene suspender los efectos del Auto calendado el 27 de abril del presente año emitido por la Subsección B, de la Sección Cuarta adscrita al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y en consecuencia se sirva oficiar a las autoridades civiles de carácter local, regional y nacional, con el propósito de que permitan llevar a cabo las movilizaciones programadas para los día de hoy 28 de abril y el próximo 1 de mayo suspendidas con el auto del 27 de abril de 2021”, solicitaron los accionantes.

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Los defensores de DD.HH. pusieron sobre la mesa el argumento de que el Gobierno Iván Duque, a través del ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla, presentó una reforma tributaria en medio de la crisis económica, social y de salud por el COVID-19. De acuerdo con los demandantes, las propuestas económicas de Duque lesionan los derechos fundamentales y las garantías de los ciudadanos, quienes estarían obligados a pagar impuestos por comprar productos cotidianos. Aportaron datos de una reciente encuesta de Datexto, en la cual el 73% de los entrevistados están de acuerdo con el paro.

La polémica decisión de la magistrada Villamizar nace de una tutela presentada por los ciudadanos Valentina Arboleda y Diego Huérfano, el 16 de septiembre de 2020. Ambos, tras la las violentas manifestaciones por la muerte de Javier Ordóñez bajo custodia policial, el 9 de septiembre pasado, solicitaron que se amparen los derechos a la vida, a la libertad de expresión y a la protesta social. Arboleda y Huérfano cuestionaron la fuerza desproporcionada de la Policía, la cual sería responsable por la muerte de más de 10 personas entonces. Además, más de 70 CAI fueron vandalizados en Bogotá, durante esa jornada.

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Sin embargo, la magistrada Villamizar trazó toda la ruta de esa acción de tutela, que incluso está en revisión por la Corte Constitucional, para concluir que, de no suspenderse las protestas, podría darse una inminente afectación a los derechos a la salud, la vida y la salubridad pública. “Esta medida cautelar provisional también busca garantizar la suficiencia de atención hospitalaria en UCI que según los informes de los diferentes medios de comunicación y de los diferentes alcaldes de las principales ciudades y capitales de Colombia está completamente colapsada”, agregó Villamizar.

La situación, por ejemplo, en Bogotá es crítica. El domingo pasado la alcaldesa Claudia López decretó alerta roja general en la capital, pues las instituciones de salud ya superaron el 90% de ocupación de las Unidades de Cuidado Intensivo (UCI). En esas unidades se trata a pacientes COVID -y otras enfermedades o contusiones- que están en situación de emergencia. Asimismo, Antioquia está en el peor momento de la pandemia, pues solo tiene un 3,63% de capacidad.

En contraste, los representantes de DH Colombia consideran que la magistrada del Tribunal Administrativo de Cundinamarca debió hacer un análisis de mayor extensión, abordando aspectos como los medios de subsistencia de las personas que resultarían afectadas negativamente por la reforma tributaria. Para los accionantes llama la tención que, de una tutela que busca proteger el derecho a la protesta, se desprendan conclusiones que, al contrario, restrinjan la libertad de realizarlas.

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“Su propósito (las medidas cautelares ordenadas por Villamizar) es estrictamente limitante de los derechos a la manifestación, asociación, reunión y el derecho a la libertad de expresión por una decisión con una carga más política que jurídica, toda vez que no se aplica la misma lógica para otros escenarios de posible contagio como el transporte público, por ejemplo. Es un deber del Estado preservar el mínimo vital a través de las fuentes de trabajo, respetando las garantías y derechos de los(as) trabajadores(as)”, agregaron las organizaciones en el recurso presentado ante la CIDH.

En ambos recursos, los defensores de DD.HH. denunciaron que las medidas cautelares ordenadas por Villamizar son ilegales, pues la funcionaria judicial se habría atribuido funciones que le corresponden al Congreso. De acuerdo con el articulo 37 de la Constitución, solo con la voluntad de la Cámara y el Senado se podrán registrar el derecho a la manifestación. En todo caso, Colombia tampoco se encuentra en estado de excepción, por lo que no es posible, según los abogados, suspender derechos como el demandado por los sectores convocantes.

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Hector(p8zrk)30 de abril de 2021 - 12:45 a. m.
Pero la culpa no es de la ñangara jueza, aquí todo es por orden de matarife.
Rafegovi(bsj1v)28 de abril de 2021 - 07:53 p. m.
El fallo de la Magistrada Nelly Villamizar del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, imponiendo cortapisas jurídicas al derecho a la protesta -garantizado en la Carta Política-, es fiel expresión de una de las máximas del jurista y filósofo del Derecho Hans Kelsen: "El derecho es una técnica de coacción social estrechamente ligada a un orden social que ella tiene por finalidad mantener".
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