Piden anular fallo que exige permiso para que indígenas vendan productos de hoja de coca

La Corte Constitucional indicó que se necesita el registro sanitario que expide el Invima para poder comercializar los productos fuera de sus comunidades. La petición de nulidad la hace el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo.

Redacción Judicial
15 de noviembre de 2018 - 10:52 p. m.
Mauricio Alvarado - El Espectador
Mauricio Alvarado - El Espectador

La Corte Constitucional advirtió a comienzos de octubre que las comunidades indígenas sólo pueden vender los productos que elaboren a base de hoja de coca fuera de sus territorios, si cuentan con el debido registro sanitario del Invima. Además, enfatizó en que exigir ese requisito no vulnera los derechos a la autonomía de los pueblos indígenas, al trabajo, a la identidad étnica y cultural ni a la igualdad. Hoy, varios colectivos pidieron a este alto tribunal anular la decisión.

Según el alto tribunal, las resoluciones que expiden las autoridades indígenas de los cabildos indígenas en el país, que son publicadas en el Diario Oficial, permitiendo la comercialización de estos productos, no pueden homologarse a un registro sanitario. Y, por eso, solo tienen validez al interior de sus comunidades. "(…) debe acreditarse el cumplimiento de los requisitos para la comercialización de productos de consumo humano (...), para con ello, obtener la autorización expedida por el Invima”, dijo la Corte en ese momento.

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El Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo presentó una petición de nulidad, alegando que la decisión estaría estableciendo políticas de segregación y separación de los pueblos indígenas. Además, argumentan que la decisión estaría violando el precedente de la propia Corte en materia de autonomía administrativa en materia indígena para comercializar sus propios productos; así como el precedente "sobre inescindibilidad de la hoja de coca con el pueblo Nasa".

"El fallo de tutela sobre el cual se solicita la nulidad debió estudiar si las formas de producción artesanales de la hoja de coca se podrían ver afectadas por el trámite de Registro Sanitario y normativas del Invima. Es decir, si los derechos a la consulta previa, a la autodeterminación de los pueblos indígenas y los derechos sobre sus territorios, desde una perspectiva amplia, se ven afectados por la obligación de someter sus cultivos al registro sanitario", dice la petición.

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De acuerdo con la petición de nulidad, la Corte Constitucional en este caso debería "haber ordenado la expedición de un nuevo procedimiento de registro sanitario ante el Invima que fuera consultado previamente con los pueblos indígenas y se ajustara plenamente a sus formas, usos, costumbres y creencias para la producción de derivados de la hoja de coca".

El pronunciamiento de la Corte se dio a la hora de estudiar una tutela que presentó la responsable de la iniciativa empresarial Coca Nasa, en contra de la Secretaría de Salud de Bogotá que impidió la venta de sus elementos. Ahora, la Sala Plena tendrá la palabra.

Por Redacción Judicial

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