Publicidad

Piden investigar por qué prescribió un caso de abuso sexual vinculado a “Lobo Feroz”

La demora de una década de la justicia para judicializar a Juan Carlos Sánchez por un presunto abuso sexual de un menor de 13 años llevó a que el caso prescribiera en 2018. La Corte Constitucional mantuvo esa decisión pero compulsó copias para que se investigue las circunstancias que llevaron a la prescripción. “Lobo Feroz” está condenado a 60 años de prisión.

01 de octubre de 2020 - 08:23 p. m.
Juan Carlos Sánchez Latorre, alias el "Lobo Feroz". / Cortesía.
Juan Carlos Sánchez Latorre, alias el "Lobo Feroz". / Cortesía.

Con una reñida votación 5-4 y luego de una emotiva discusión, la Sala Plena de la Corte Constitucional dejó en firme la decisión que tomó en agosto de 2018 el Tribunal Superior de Barranquilla declarando la prescripción de un caso de abuso sexual por el que fue denunciado Juan Carlos Sánchez Latorre, un depredador sexual conocido como Lobo Feroz, quien en 2019 fue condenado a 60 años de prisión por 276 casos más de abusos y violaciones de menores. La decisión se tomó al estudiar una tutela presentada por la Procuraduría que buscaba revivir el proceso.

El caso se remite al 12 de enero de 2008 cuando Sánchez Latorre habría obligado a un menor de 13 años a practicar diversos actos sexuales bajo amenazas y ofreciendo pequeñas sumas de dinero. Fue capturado en marzo y le imputaron cargos, quedó libre por vencimiento de términos y el juicio solo arrancó hasta 2016 y finalizó en 2018. Ese año, el Tribunal declaró prescrita la acción penal porque ya habían pasado 10 años desde que le imputaron cargos.

(Le puede interesar: La discusión en la Corte Constitucional por los delitos sexuales de “Lobo Feroz”)

El debate en la Sala Plena de la Corte consistía en si en este caso se debía aplicar el artículo 83 que dice que los delitos sexuales cometidos en menores de edad prescriben en 20 años contados a partir del momento en que la víctima alcance la mayoría de edad. O el artículo 86 que apunta a que la prescripción de la acción penal se interrumpe con la formulación de imputación y que explica que cuando esta empieza a correr de nuevo, lo hace por la mitad de los 20 años que señala el artículo 83, es decir, 10 años.

La magistrada ponente, Diana Fajardo, aseguraba que se debía aplicar el 83 y revivir el proceso contra Lobo Feroz teniendo en cuenta además el interés superior del menor y con ella estuvieron Gloria Ortiz, Cristina Pardo y Luis Javier Moreno Ortiz, quien está en encargo mientras se posesiona el magistrado electo Jorge Enrique Ibáñez. No obstante, esa ponencia fue derrotada bajo el entendido que revivir el caso, por doloroso que sea, desconocía el derecho al plazo razonable de la duración del proceso penal teniendo en cuenta que en este caso en particular la demora es atribuible a la Fiscalía General.

(Le podría interesar: Alias “Lobo Feroz” aceptó haber abusado de al menos 276 menores de edad)

Esta postura fue apoyada por cinco votos, los de los magistrados Alejandro Linares, José Fernando Reyes, Alberto Rojas, Antonio José Lizarazo y Richard Ramírez, quien está en encargo mientras se elige al reemplazo de Carlos Bernal, quien renunció al alto tribunal. “Es una tragedia que el delito del que fue víctima la menor quede en la impunidad, pero una injusticia no se puede remediar con otra”, dijo una fuente a El Espectador, explicando que en Colombia hasta personajes como Lobo Feroz tienen derecho al debido proceso.

La Corte Constitucional además compulsó copias tanto del expediente del proceso penal como del de tutela al Consejo Superior de la Judicatura y a la Procuraduría General para que se investiguen las actuaciones que llevaron a que el caso prescribiera. En concreto, “con el fin de que determinen si, dentro del asunto de la referencia, ha existido un actuar contrario a los deberes de quienes han hecho parte o han intervenido en el proceso penal adelantado en contra del señor Juan Carlos Sánchez Latorre”. Además, exhortó a la Fiscalía, al Ministerio de Justicia y al Consejo Superior de la Judicatura para promover reformas que eviten múltiples aplazamientos de audiencias en los procesos judiciales.

En septiembre de 2018, luego que este caso prescribiera, la Fiscalía General le imputó a Juan Carlos Sánchez los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, actos sexuales con menor de 14 años, acceso carnal violento y pornografía infantil y él los aceptó. Fue condenado a 60 años de prisión por un juzgado en febrero de 2019, pena que quedó en firme por el Tribunal Superior de Barranquilla en noviembre de ese año. Lobo Feroz fue capturado en 2018 en Venezuela donde vivía bajo otra identidad y se escondía de las autoridades.

(Lea: El “Lobo Feroz” odiaba que le tomaran fotos y era tacaño, dicen sus conocidos en Maracaibo)

La justicia probó que Sánchez Latorre, natural de Barranquilla, realizaba videos de contenido sexual con niños y adolescentes para después compartirlos en internet. Y que frecuentaba salas de juego en dicha ciudad para ofrecer dinero a menores para realizar actos sexuales y mostrarles pornografía infantil. Después de quedar libre por vencimiento de términos en 2008, solo volvió aparecer en el radar de las autoridades en 2011 tras la captura por parte de las autoridades mexicanas de Héctor Faria, también conocido como Anthony en un café internet.

Después de comunicarse con la Interpol en Colombia, las autoridades rastrearon una carpeta que contenía 276 archivos que tenían adjuntos fotografías de niños desnudos y un video de entre 2 a 5 minutos de duración en el que se podía ver claramente cómo un hombre abusaba de los menores.

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar