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“Plazas Vega no tuvo nada que ver con las desapariciones”: Corte Suprema

Por la imposibilidad de demostrar que Plazas participó en las desapariciones de Carlos Rodríguez e Irma Franco, durante la retoma del Palacio de Justicia, en 1985, la Corte Suprema revocó fallo que lo condenó a 30 años de prisión.

Redacción Judicial
17 de diciembre de 2015 - 03:26 a. m.

“El coronel (r) Plazas Vega ciertamente fue el más visto en la televisión y el más oído de los militares durante los dos días de la toma, pero ese protagonismo mediático, convertido en prueba de hechos reprobables, inaceptables y que atentan contra la dignidad humana, lejos está de ser el fundamento de una condena”. Así lo indicó la Corte Suprema de Justicia en el fallo de 358 páginas en el que absolvió al coronel (r) Alfonso Plazas Vega por la desaparición del administrador de la cafetería del Palacio de Justicia, Carlos Augusto Rodríguez, y la guerrillera del M-19 Irma Franco Pineda, tras el holocausto del Palacio de Justicia, en noviembre de 1985.

En una decisión histórica, la Corte Suprema de Justicia, con 5 votos a favor y 3 en contra, revocó el fallo en el que el Tribunal Superior de Bogotá condenó a Plazas a 30 años de prisión por estas dos desapariciones. Para la Corte, primero que todo, los testimonios que vinculaban a Plazas con el traslado de detenidos de la Casa del Florero al Cantón Norte eran bastante dudosos. Del cabo (r) Édgar Villamizar dijo, por ejemplo, que no es cierto que hubiera estado en la Escuela de Caballería y tampoco en el Palacio de Justicia, y que no pudo haber sido testigo del traslado de Rodríguez y Franco a la Escuela de Caballería. (Vea: Plazas Vega, el pianista, el político frustrado, el coronel en medio del holocausto)

Similares señalamientos hizo contra los testimonios del suboficial Tirso Armando Sáenz y del exfuncionario de la Alcaldía de Bogotá César Augusto Sánchez Cuesta. “Algo en común tienen los citados testigos: nadie da razón de su presencia en el lugar desde el cual vieron lo narrado: no existe prueba que indique la presencia de Villamizar Espinel en el Palacio de Justicia y la Escuela de Caballería, de Sáenz Acero tripulando el blindado y de Sánchez Cuesta en la esquina cerca de la Casa del Florero”, sostuvo la Corte. (Vea: “¿Entonces fue el Espíritu Santo?”: familiar de desaparecido del Palacio Justicia)

Por su parte, sobre Yolanda Santodomingo, quien fue torturada durante el holocausto y dijo haber visto a Plazas en la Casa del Florero, la Corte dijo que sus declaraciones carecían de fundamento probatorio y dejaban “entrever su interés en señalar al acusado, quien en el momento en que ella es mantenida, golpeada e interrogada en el 2º piso de la Casa del Florero se encontraba en un lugar distinto al que lo ubica la testigo”.

La Corte indicó, además, que Plazas no era el comandante, ni siquiera el encargado del operativo militar. Que el encargado era el general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, condenado a 35 años de prisión por estos hechos. Y que Plazas ni siquiera tuvo que ver con las labores de inteligencia, que estuvieron a cargo del coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano, actualmente investigado.

Para la Corte no hay ningún fundamento “sólido” que conduzca a sostener que Plazas Vega tenía a su cargo la Casa del Florero y de paso a los liberados que eran conducidos allí, “menos que tuviera poder de disposición acerca de la situación de los mismos, traslados, etcétera, porque esa no era función que le competía, dado que no era miembro del B2 de la Brigada que asumió las labores de inteligencia de combate respecto de ellos”. Que, de acuerdo con varios testimonios y grabaciones, Plazas Vega no hizo otra cosa que seguir las órdenes del general (r) Jesús Armando Arias y que Plazas, pese a ser el comandante de la Escuela de Caballería, no tenía el control de todas las instalaciones, puesto que algunas de ellas estaban bajo el control del B2.

Al conocerse del fallo, el coronel (r) Plazas Vega, quien se espera quede hoy en libertad, sostuvo que con esta sentencia se estaba “reivindicando a la justicia colombiana con esta decisión. Todavía queda justicia en Colombia. Aquí hubo una persecución política. Lo que se ha hecho en mi contra es un montaje, un complot. La persecución viene de los grupos al margen de la ley que han logrado infiltrar el Estado”. Varios sectores de la sociedad se mostraron conformes con la decisión, entre ellos el expresidente y senador Álvaro Uribe Vélez, quien dijo que este fallo lo embargaba de una “inmensa alegría”.

En la otra orilla los familiares de los desaparecidos del Palacio de Justicia rechazaron el fallo. “Es inaceptable. Hace 30 años la justicia quedó en cenizas y hoy se sigue empeorando y está politizada”, dijo Alejandra Rodríguez, hija de Carlos Augusto Rodríguez. René Guarín, hermano de Cristina Guarín, desaparecida en el holocausto del Palacio de Juisticia, dijo que acata el fallo y que acudirá a instancias internacionales “para indicar que ha habido desacato al fallo de la Corte Interamericanana de Derechos Humanos por varios aspectos, entre ellos la falta de atención psicosocial”.

Para la Corte, este fallo “no significa de modo alguno la impunidad de la desaparición forzada de las dos personas reconocidas en el fallo atacado, respecto de la cual habrán de responder los agentes estatales a cuyo cargo quedaron los desaparecidos, siempre y cuando se demuestre su responsabilidad con la certeza que demanda la ley”. El problema es que, tras 30 años, hay todavía muchísimas preguntas por responder.

Por Redacción Judicial

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