Precluyen caso contra el exgobernador Luis Pérez por debate sobre Hidroituango

En 2018 el movimiento Ríos Vivos lo denunció por injuria, calumnia y actos de hostigamiento en medio del debate por el megaproyecto. La decisión la tomó la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema y fue apelada.

21 de julio de 2020 - 09:17 p. m.
Luis Pérez. /Archivo
Luis Pérez. /Archivo

El 24 de abril de 2018 el entonces gobernador de Antioquia Luis Pérez Gutiérrez dio una entrevista en un medio de comunicación sobre las discusiones alrededor del megaproyecto Hidroituango que, a juicio de los integrantes del Movimiento Ríos Vivos, resultaban estigmatizantes porque se les consideraba como personas que estaban obstaculizando las obras. Lo mismo sucedió en septiembre. Por esa razón, en diciembre de ese año denunciaron al mandatario local por los delitos de injuria, calumnia, actos de discriminación, hostigamiento y abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto. La Corte Suprema de Justicia acaba de precluir la investigación.

La denuncia de Ríos Vivos aseguraba que los comentarios del exgobernador Pérez alimentaba la estigmatización en contra del movimiento que se materializó en amenazas, desplazamientos y el asesinato de dos de sus integrantes en 2018: Hugo Albeiro George, de 47 años, quien pertenecía a la Asociación de Víctimas y Afectados por Megaproyectos (Asvam) y Luis Alberto Torres Montoya, de la Asociación de Pequeños Mineros y Pesqueros de Puerto Valdivia (AMPA). En audiencia celebrada en febrero de 2020, la Fiscalía le solicitó a la Corte Suprema precluir este caso en favor de Pérez al encontrar que no había delito.

(En contexto: Movimiento Ríos Vivos denuncia al gobernador de Antioquia ante la Corte Suprema de Justicia)

En fallo conocido por El Espectador, la Sala de Primera Instancia del alto tribunal le dio la razón al ente investigador al estimar que la querella por injuria y calumnia no se interpuso en el límite de tiempo que la ley dispone, pues pasaron más de siete meses desde la primera entrevista y no se acreditó que hubiera pasado un hecho fortuito o de fuerza mayor que le haya impedido a Ríos Vivos, representado por Isabel Zuleta, interponer la denuncia a tiempo. La Corte también dijo que en la denuncia no se explicó como los dichos del entonces gobernador impidieron la realización de protestas o se constituyen delito.

Por ejemplo, en la primera entrevista, del 24 de abril de 2018, a Pérez se le preguntó sobre las acciones que se estaban realizando en el proyecto. Y este contestó: “El primero de julio vamos a hacer el llenado del embalse. En ese tema ustedes han notado que hay algunas personas encabezadas por una fundación que se llama Ríos Vivos, que siempre han tratado de crear obstáculos y las protestas que naturalmente son legales las protestas, pero han creado obstáculos para ver si paralizan esta gran obra”.

Para la Corte, no hay evidencia que estas afirmaciones sean un delito ni se demostró por parte de la denunciante que los dichos del Gobernador fueran un acto de discriminación. Para el alto tribunal, Zuleta se limitó a dar por demostrado algo que ella tenía la carga de acreditar ante la justicia y a exponer un discurso que, en su criterio, fue inmotivado, abstracto e inconexo.

“En este caso la señora Isabel Cristina Zuleta López alude a desplazamientos, persecuciones, amenazas, hostigamientos, estigmatización, señalamientos, ataques, empadronamientos, retenciones ilegales, desalojos forzosos, empero ninguna de cuyas actuaciones concreta ni ubica en tiempo y espacio, a punto tal que ni siquiera afirma haber sido testigo presencial de alguna de ellas o mencionar la identidad de quien sí efectivamente lo fue para efectos de poder trasladar su conocimiento al juzgador, o al menos estar en capacidad de ofrecer información que hubiera sido verificada o pudiera ser demostrable por el órgano investigador en orden a afirmar que dichos actos de discriminación u hostigamiento tuvieron origen en las manifestaciones o actuaciones del investigado o guardan relación con éstas”, dijo la Corte.

Según la Sala de Primera Instancia, la denuncia vaga presentada por Ríos Vivos “genera la falsa idea de que ante la Corte o, en general, ante los jueces y fiscales, se puede acudir en demanda de justicia presentando tan sólo intrincados discursos a la postre carentes de fundamento, y que podrían resultar lesivos no sólo de la dignidad de aquél a quien se pretende denunciar, sino de aquellos que inopinadamente se dice representar para defender sus intereses, cuya transgresión de derechos tampoco aparece objetivamente evidenciada ni surge del contenido de la queja”.

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El alto tribunal dijo además que, luego de examinar las entrevistas dadas por el entonces gobernador Luis Pérez, no se evidenció que este intentara impedir, obstruir o restringir el pleno ejercicio de los derechos de las personas integrantes del movimiento Ríos Vivos. “Por el contrario, dejan en claro que las protestas naturalmente son legales, mas no así cuando so pretexto de su ejercicio legítimo se utilizan vías de hecho, por ende, contrarias al ordenamiento jurídico que la autoridad a su cargo está en el deber de prevenir”.

“Ninguna pretensión existía en el gobernador denunciado para impedir la protesta social, a tal punto que creó una mesa de trabajo con participación del Movimiento Ríos Vivos con el fin de escuchar sus opiniones y los motivos de sus reclamos, y evitar las vías de hecho como de las que dio cuenta la secretaria de gobierno Victoria Eugenia Ramírez Vélez”, señaló la Corte Suprema. El alto tribunal incluso señaló que las manifestaciones de Pérez ante los medios no fueron inmotivadas porque obedecieron a quejas y reclamos formulados por la comunidad y las autoridades nacionales, departamentales y locales durante consejos de seguridad.

En ese sentido, la Corte citó una reunión realizada en Ituango el 22 de agosto de 2018 en la que se informó al entonces gobernador Pérez de que se había ocupado, con vías de hecho, el coliseo municipal. Allí se acordó iniciar acciones legales ante la Policía, en hechos que -recordó el alto tribunal-fueron avalados por los jueces que estudiaron las tutelas que luego interpusieron los ocupantes. “No cabe duda que la falta de correspondencia de la conducta atribuida con las definiciones típicas de los delitos de actos de discriminación y hostigamiento resulta manifiesta”, dijo la Corte.

El alto tribunal dijo igualmente que el hecho que se hubiera ordenado en ese consejo de seguridad desalojar el coliseo no puede considerarse un abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto endilgado al gobernador Pérez. Según la providencia, “lo único que hizo (el gobernador) fue tratar el tema propuesto en el consejo de seguridad, y aseverar que el desalojo se llevaría a cabo por las autoridades competentes de acuerdo con los procedimientos normativamente establecidos, como según los compendios probatorios arrimados por la Fiscalía, aconteció”.

De otro lado, la Corte Suprema aseguró que Isabel Zuleta no tenía la legimitidad para denunciar al entonces gobernador Pérez por las supuestas afirmaciones deshonrosas hechas en medios de comunicación. La razón de ello, según el alto tribunal, es que las querellas por injuria solo las pueden presentar quiénes son consideradas víctimas del posible delito o el representante legal del movimiento Ríos Vivos y Zuleta se presentó como vocera de esa organización pero no como apoderada legal.

“Observa la Sala que para esas fechas tampoco ostentaba tal calidad, si se toma en cuenta que el Movimiento Ríos Vivos Antioquia sólo vino a constituirse de manera formal por acta 01 de 11 de febrero de 2019 y a inscribirse como persona jurídica el 19 de marzo siguiente, según certificado expedido por la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia. Si Zuleta López pretendía formular la querella a nombre de las personas naturales o jurídicas que de manera informal integraban el Movimiento, debía allegar los poderes respectivos, y no asumir unilateralmente una vocería que ningún efecto jurídico este preciso evento estaba llamado a producir”, agrega el fallo.

El abogado Alirio Uribe, que lleva la representación de Ríos Vivos, dijo que la decisión fue apelada en audiencia pública, por lo que ahora será la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia la que deberá estudiar si ratifica la preclusión o no. “Seguimos insistiendo en que no ha caducado la acción penal, en que no hay cierto que no haya atipicidad en las declaraciones del gobernador y hemos pedido como Ríos Vivos que se revoque al decisión de preclusión y que, en su lugar, se ordene continuar con la investigación”, dijo Uribe.

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