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La primera condena por el caso InterBolsa

Clemencia Soto Uribe, quien manejaba la clientela del Grupo Corridori, aceptó su responsabilidad en los delitos de manipulación fraudulenta de especies, estafa, concierto para delinquir y administración desleal.

Redacción Judicial
21 de abril de 2015 - 09:42 p. m.
La primera condena por el caso InterBolsa

Un juez de conocimiento de Bogotá emitió sentido de fallo condenatorio contra la agente comercial de la comisionista de bolsa InterBolsa S.A.S, Clemencia Soto Uribe. En la audiencia de acusación la procesada aceptó su responsabilidad en los delitos de manipulación fraudulenta de especies, estafa, concierto para delinquir y administración desleal.

Soto Uribe, quien era la encargada de manejar la clientela del denominado Grupo Corridori, es investigada por haber participación en la manipulación del valor de las acciones de la empresa textil Fabricato S.A en la bolsa de valores, lo que provocó un detrimento patrimonial de los clientes. Según el ente investigador el descalabro bursátil sería superior a los $260.000.

En la acusación se indicó que la procesada hizo parte de una “empresa criminal” que realizó actividades ilegales dirigidas a aumentar en 68 pesos las acciones de Fabricato entre los años 2010 y 2011. Para esto utilizó su experiencia como administradora de empresas, experta en temas financieros fue quien mediante la información irregular de la empresa que tiene sede en Medellín.

La Fiscalía General indicó que Soto Uribe era la encargada comercial del grupo y sabía el manejo fraudulento de las acciones de las empresas que conformaban el Grupo Corridori, manifestó la fiscal. También indicó que con su actuación ilícita, la agente comercial transgredió la seguridad pública, al tiempo que engañó a los inversionistas, vulnerando también el bien jurídico.

En la diligencia judicial, los representantes de la Procuraduría General y los defensores de víctimas solicitaron al juez se le cobije con detención intramuros, ya que en ningún momento la sentenciada ha hecho devolución alguna de los dineros defraudados.

Por Redacción Judicial

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