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Procurador le pidió a la Corte revisar solicitud de libertad del coronel (r) Plazas Vega

Mediante un recurso de insistencia el jefe del Ministerio Público solicita que se analice la acción de tutela presentada por el excomandante de la Escuela de Caballería.

Redacción Judicial
26 de noviembre de 2014 - 11:38 a. m.
El coronel Alfonso Plazas Vega en el Juzgado Especializado de Bogotá por las desapariciones de la retoma al palacio de Justicia / Gabriel Aponte - El Espectador
El coronel Alfonso Plazas Vega en el Juzgado Especializado de Bogotá por las desapariciones de la retoma al palacio de Justicia / Gabriel Aponte - El Espectador

Ante la Corte Constitucional, la Procuraduría General de la Nación presentó un recurso de insistencia para que se revise nuevamente los argumentos expuestas en la tutela radicada por el coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega con la cual busca que se le otorgue la libertad de manera inmediata.

En el recurso, firmado por el procurador General Alejandro Ordóñez Maldonado, se manifiesta la necesidad de hacer un análisis sobre la conveniencia de la media de aseguramiento que existe en contra del excomandante de la Escuela de Caballería quien se encuentra privado de su libertad hace seis años y 10 meses en el Cantón Norte.

En uno de los apartes del documento, el Ministerio Público hace énfasis en el hecho que al coronel en retiro se le han vulnerado los derechos al debido proceso, la libertad y dignidad humana, por lo que pide que se manifiesta que existen todos los requisitos para que el alto tribunal revise esta acción judicial la cual ya había sido considerada como improcedente.

Igualmente se reseña que actualmente la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se encuentra estudiando el recurso de casación presentado por la defensa de Plazas Vega en contra del fallo del Tribunal Superior de Bogotá que dejó en firme la condena a 30 años de prisión por su participación en los hechos que rodearon al desaparición de un grupo de personas del Palacio de Justicia.

Ante esto se argumenta que ya se superaron los plazos pertinentes establecidos en las normas y la jurisprudencia. “La revisión del presente proceso y la eventual revocatoria de las sentencias es el mecanismo más idóneo para garantizar los derechos fundamentales del procesado y sentar un precedente respecto del asunto jurídico del ‘plazo razonable’”.

En este punto se hace un análisis sobre la diversidad de conceptos emitidos por el juzgado tercero especializado de Bogotá, que rechazó la acción, al considerar que el denominado plazo razonable debe contarse a partir de la audiencia de juzgamiento, mientras que el Tribunal Superior consideró que el mismo debía contarse desde el momento en el que se presentó el recurso de casación ante la Corte Suprema.

El coronel en retiro fue condenado por el delito de desaparición forzada agravada. El pasado 19 de noviembre el magistrado ponente radicó en la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia su ponencia la cual deberá ser estudiada y votada en las próximas Salas.

Por Redacción Judicial

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