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Procuraduría absolvió de responsabilidad al senador Iván Cepeda por falsos testigos

De acuerdo con el Ministerio Público, el senador del Polo Democrático no se extralimitó de sus funciones y las pruebas determinaron que las visitas a las cárceles correspondieron a su función de control político como congresista.

25 de agosto de 2020 - 03:04 p. m.
Senador del partido Polo Democrático, Iván Cepeda. / Archivo El Espectador.
Senador del partido Polo Democrático, Iván Cepeda. / Archivo El Espectador.
Foto: El Espectador

El procurador general, Fernando Carrillo, se pronunció sobre el proceso disciplinario en contra del senador Iván Cepeda por supuesta fabricación de falsos testigos. De acuerdo con la cabeza del Ministerio Público, Cepeda no se habría extralimitado en sus funciones como senador pues las pruebas y versiones de testigos concluyeron que sus visitas a las cárceles correspondieron al control político que como congresista podía ejercer.

(En contexto: “La Procuraduría se equivocó en absolver a Iván Cepeda”: Defensa de Álvaro Uribe)

El Ministerio Público señaló que “mal podría derivarse la responsabilidad disciplinaria bajo la premisa de haber obtenido unas declaraciones, cuando las mismas ni siquiera tenían el carácter jurisdiccional, fueron las afirmaciones voluntarias de unas personas privadas de la libertad”. La decisión corresponde a un recurso de reposición interpuesto en 2018 por la defensa del exsenador Álvaro Uribe Vélez que le pidió al Ministerio Público reconsiderar absolver al senador Cepeda y sancionarlo por la supuesta manipulación de testigos en su contra.

El documento de 31 páginas, conocido por El Espectador, fue radicado en la Procuraduría el 19 de octubre de 2019 y en este, se recopilaron las visitas que el senador Cepeda realizó a la cárcel de Itagüí el 26 de julio de 2012 y el 30 de mayo de 2013. En las visitas, según la defensa del exsenador Uribe, se les habría pedido a Ramiro De Jesús Henao Aguilar alias Simón, comandante del Frente Batalla de Santuario del Bloque Metro del las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y al exparamilitar Gabriel Muñoz Ramírez alias Castañeda, que declararan en contra del expresidente Uribe.

“Para lo cual, a pedido del congresista, tendrían que exponer determinados hechos que no les constaba a los entrevistados, en donde también el congresista previamente prepararía la versión de estos testigos, ofreciéndoles, a cambio de todo ello, algunos beneficios, comportamiento atribuido como falta grave cometida a título de dolo”, dice el documento. Para la defensa del exsenador Uribe, estos hechos fueron analizados de manera superficial en el fallo del 30 de julio de 2018.

En este sentido, el Ministerio Público concluyó que, durante los años 2010 y 2014, Cepeda perteneció a la Comisión de Derechos Humanos y Audiencias de la Cámara de Representantes, “instancia legislativa que adelantó una labor de exploración y búsqueda de soluciones a la difícil situación humanitaria que afronta el sistema penitenciario y carcelario del país”.

Esta sería la razón que concuerda para la Procuraduría con el control político ejercido por el senador Cepeda y que lo llevó a recorrer diferentes cárceles del país “sin que dicha actividad haya comprendido el requerimiento a la jurisdicción o intromisión en las funciones desempeñadas por la rama judicial, por lo que en ningún momento es factible considerar un irrespeto a la independencia y autonomía de las ramas del poder público”, enfatiza el documento del procurador general.

Las conversaciones que mantuvo el entonces representante a la Cámara con exparamilitares “no tenían el carácter de declaraciones propias de un proceso judicial o administrativo, simplemente en la charla se le contaba a un servidor público acerca de unas presuntas irregularidades acaecidas en el marco del conflicto armado que vivía Colombia”. Según el procurador general, Cepeda solo recogió la información que inmediatamente trasladó a las autoridades judiciales para el trámite respectivo.

El fallo argumenta que el “comportamiento se encuentra ajustado a los mandatos constitucionales y legales, elemento en el que está de acuerdo el recurrente cuando afirmó que, todo funcionario público que conozca de un hecho irregular tiene la obligación de denunciar o remitir lo pertinente a la Fiscalía”. A los ojos del Ministerio Público resulta inverosímil endilgar alguna sanción y responsabilidad disciplinaria a Cepeda por una acción valida.

El procurador general ratificó que es inexacto afirmar que pudo existir una extralimitación de las funciones de del congresista por lo que se dispuso a confirmar “la absolución de responsabilidad disciplinaria al doctor Iván Cepeda Castro por los hechos investigados en la actuación disciplinaria”. Luego de ser notificado por la Procuraduría, el senador Cepeda expresó a través de un video que “en una nueva decisión de un órgano de control y disciplinario vuelve a ratificar que no he tenido ninguna clase de responsabilidad en haber comprado o propiciado falsos testimonio. Es una nueva derrota de Álvaro Uribe”.

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