Procuraduría dice que sí puede destituir a funcionarios de elección popular

Tras el fallo del Consejo de Estado a favor de Gustavo Petro, sancionado disciplinariamente durante la Procuraduría de Alejandro Ordóñez, el Ministerio Público sostuvo que está en capacidad de destituir o inhabilitar a todos los servidores públicos.

Redacción Judicial
17 de noviembre de 2017 - 11:41 a. m.
Procuraduría
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Luego de que el Consejo de Estado anuló la sanción contra el exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro –quien fue inhabilitado por el exprocurador Alejandro Ordoñez por supuestas irregularidades en el cambio del esquema de basuras– este viernes, la Procuraduría General de la Nación (ahora bajo la batuta de Fernando Carrillo) se declaró respetuosa de la decisión, aunque señaló que sí es competente para destituir o inhabilitar a funcionarios electos por voto popular.

Citando la jurisprudencia de la Corte Constitucional, el Ministerio Público recuerda que está en capacidad de investigar y sancionar disciplinariamente a todos los servidores públicos, incluyendo a los de elección popular, especialmente cuando incurren en faltas gravísimas. Sin embargo, hace la excepción de aquellos que cuentan con fuero. (Lea: Consejo de Estado tumba fallo que sacó a Gustavo Petro de la Alcaldía de Bogotá)

Aunque el organismo disciplinario sostiene que respeta los fallos judiciales y reconoce en el Consejo de Estado un aliado en la lucha contra la corrupción, advierte que no es el momento de “debilitar” instrumentos como la destitución o la inhabilidad para sancionar a funcionarios que han incurrido en faltas.

“La Procuraduría mantiene la competencia que el ordenamiento jurídico le atribuye, con apego al debido proceso, para destituir e inhabilitar servidores públicos de elección popular, como herramienta esencial de la lucha contra la corrupción, en momentos en que estos instrumentos no se pueden debilitar", dice el ente de control. 

El Ministerio Público agregó que está a la espera de conocer el texto de la sentencia que levantó la sanción contra Petro, advirtiendo que “tiene efectos inter partes, y la decisión final que tome la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

El pasado miércoles, el Consejo de Estado tumbó el fallo con el que la Procuraduría de Alejandro Ordóñez sacó al exalcalde de su cargo hace cinco años. La decisión se tomó después de un debate en la Sala Plena del alto tribunal que duró más de siete horas y resultó en una votación de 17 votos a favor de tumbar el fallo contra el exalcalde y uno en contra.

En esa reunión, los magistrados terminaron de discutir la ponencia que presentó el consejero César Palomino, quien expuso que en la decisión del entonces procurador Ordóñez no se pudo comprobar el dolo o la mala intención de Gustavo Petro en el cambio del esquema de basuras de Bogotá, como lo sostuvo el Ministerio Público. Con esta determinación, Petro queda habilitado para hacer política.

El presidente del Consejo de Estado, Octavio Ramírez, explicó que para tomar esta decisión "se tuvo en cuenta que las posibles faltas disciplinarias imputadas o atribuidas al señor Petro no constituían faltas propiamente dichas, es decir, que de acuerdo con el acervo probatorio, el Consejo de Estado llegó a la conclusión de que no se podía predicar que la actuación del señor Petro haya violado principios de contratación como la selección objetiva, la transparencia, la economía o violación del principio de libre competencia que fueron las  razones que en su momento tuvo en cuenta la Procuraduría".

Por Redacción Judicial

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