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Procuraduría pide archivar investigación al juez que le dio la libertad al 'Cebollero'

Considera que su decisión se basó en derecho y adoptando los argumentos médicos.

El Espectador
24 de abril de 2012 - 05:00 p. m.

En un concepto enviado al Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, la Procuraduría General de la Nación le solicitó que se archive la investigación disciplinaria que se adelanta contra el juez especializado de Medellín, Humberto Narvales Durango quien le otorgó la detención domiciliara al narcotraficante Alirio de Jesús Rendón, conocido con el alias de ‘El Cebollero’.

Para el Ministerio Público el funcionario judicial no actuó de manera irregular, sino que después de revisar la decisión judicial se puede inferir que se basó en derecho y de acuerdo a unos dictámenes médicos presentados por funcionarios de Medicina Legal.

La Procuraduría General señaló que con la decisión del juez se protegió la vida del narcotraficante quien se encontraba en su centro de reclusión en la capital antioqueña, y quien tuvo que ser trasladado a su residencia tras el hallazgo de un mal coronario que lo afectaba entonces.

"Existió razonabilidad en la decisión al tratarse de una suspensión, no una libertad, lo que nos obliga a decir que el formalismo reclamado por la Sala no era exigible en este caso (...) Se trataba de imponer, por encima de cualquier otro, el principio del derecho fundamental a la vida, amenazado por la grave enfermedad detectada e incompatibilidad con la reclusión", precisa la Procuraduría.

En el concepto enviado se señala que el juez tuvo en cuenta los dictámenes médicos presentados por dos doctores certificados, basándose en exámenes y estudios realizados al narcotraficante, considerado una de las cabezas de la Oficina de Envigado.

Así las cosas, el Ministerio Público desechó los cargos planteados por el Seccional de Antioquia en contra del juez, en tanto que criticó la formulación del pliego, por considerar que se juzga al procesado bajo dos raceros distintos, cuando se trata de una misma actuación.

"De manera autónoma, ya se había deducido un cargo por desatender protocolos y otro por no constar con certeza del estado de salud del procesado, amenazada por su afecciones coronarias", se concluye. 

Por El Espectador

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