Procuraduría sancionó al exsuperintendente de salud, Norman Julio Muñoz

Con el comportamiento del exfuncionario, según la entidad, se afectó el derecho a la salud y se perturbó el servicio porque los usuarios de Medimás se vieron avocados a presentar quejas, reclamos y derechos de petición para lograr la atención requerida. La sanción será por ocho meses.

Redacción Judicial
19 de junio de 2018 - 08:37 p. m.
Normal Julio Muñoz Muñoz, exsuperintendente Nacional de Salud.  / Cortesía
Normal Julio Muñoz Muñoz, exsuperintendente Nacional de Salud. / Cortesía

Por permitir y autorizar el inicio de operaciones a la Empresa Promotora de Salud (EPS) Medimás sin que contara con una red de prestadores de servicios en el país, la Procuraduría suspendió por ocho meses al exsuperintendente Nacional de Salud, Norman Julio Muñoz Muñoz. En el fallo de primera instancia, el Ministerio Público determinó que no se les aseguró a los usuarios de la EPS por parte de la Superintendencia su derecho a la salud continua, oportuna y eficaz. (Le podría interesar: Procuraduría suspende por tres meses al superintendente de Salud, Norman Julio Muñoz)

“El comportamiento desplegado por el doctor (Norman Julio) Muñoz Muñoz no acompasó la eficacia como principio rector de la función administrativa en el ejercicio de sus funciones, por cuanto permitió que una EPS iniciara su operación sin que tuviera la cobertura territorial y la cobertura según los niveles de complejidad”, precisó el fallo del organismo de control, que también reprochó al exfuncionario su retardo “de manera injustificada” para tomar medidas a favor de la EPS.

En este sentido, la Procuraduría encontró que el exsuperintendente vulneró el principio de eficacia administrativa porque quedó probado que la Superintendencia Nacional de Salud conocía de las deficiencias de Medimás para la prestación de los servicios. Todo esto, de acuerdo con el organismo de control, permitió que la salud de más de cinco millones de afiliados estuviera en grave riesgo.

“Norman Julio Muñoz Muñoz, teniendo la posibilidad adoptar medidas eficaces para garantizar el derecho fundamental a la salud, retardó las mismas por aproximadamente 80 días, tiempo en el cual los usuarios de Medimás EPS S.A.S. debieron soportar una carga que no les correspondía como lo comportaba el riesgo en su salud”, agregó el fallo. (Lea sugerimos: Renunció el superintendente de Salud Julio Norman Muñoz)

Igualmente, la Procuraduría tuvo en cuenta que se afectó el derecho fundamental a la salud por el comportamiento de Muñoz Muñoz y se perturbó el servicio porque los usuarios se vieron avocados a presentar quejas, reclamos y derechos de petición para lograr la atención requerida. Asimismo, dijo que ante las deficiencias y dificultades que estaba afrontando Medimás para atender a los afiliados, el exsuperintendente no actuó “con diligencia y eficacia” para adoptar medidas que permitieran corregir la afectación en el derecho fundamental a la salud.

Por Redacción Judicial

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