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Procuraduría sancionó disciplinariamente a exgerente del Acueducto de Bogotá

Diego Bravo fue destituido e inhabilitado por 12 años para ejercer cargos públicos.

El Espectador
09 de diciembre de 2013 - 09:32 a. m.
Procuraduría sancionó disciplinariamente a exgerente del Acueducto de Bogotá

En fallo de primera instancia, la Procuraduría General sancionó disciplinariamente al exgerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB), Diego Bravo Borda por las irregularidades que rodearon la celebración de los contratos para la ejecución del nuevo modelo de aseo en la capital de la República.

El fallo destituye e inhabilita por 12 años para ejercer cargos públicos a Bravo Borda al considerar que en la celebración de dichos convenios se vulneraron los principios de economía y responsabilidad puesto que la Empresa de Acueducto no contaba con la capacidad técnica ni la experiencia para prestar este servicio público “en condiciones de calidad y eficiencia, tal como lo exige el ordenamiento jurídico”.

La misma decisión cobija al exdirector general encargado de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos de Bogotá (Uaesp), Henry Romero Trujillo, quien fue destituido e inhabilitado por 11 años para ejercer cargos públicos. En este caso la sanción tiene referencia a las irregularidades en la celebración del contrato interadministrativo 017 del 11 de octubre de 2012 que formalizó el modelo para la recolección de basura en la capital.

En la investigación disciplinaria se pudo demostrar que se presentó una improvisación en los estudios previos, igualmente se indicó que no existen estudios referidos frente a la problemática de los residuos generados en Bogotá. “De los aspectos del servicio que requerían un tratamiento prioritario o de intervención inmediata; de la metodología o políticas que generaran conciencia ciudadanía del aprovechamiento y manejo ambiental para contrarrestar los mayores costos del servicios, aspectos que pese a tener incidencia en el objeto contractual”.

Por estos mismos es investigado disciplinariamente el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego. En el caso del mandatario distrital se consideró que incurrió en una falta disciplinaria al determinar en 2012 al director de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) y los gerentes de la Empresa del Acueducto y Aguas de Bogotá para que firmaran los contratos para asumir la prestación del servicio público de aseo.

Además indica que Petro habría incurrido en una irregularidad cuando el 10 de diciembre de 2012 tomó la decisión de adoptar un esquema de prestación del servicio de aseo “con lo que pudo violar el principio constitucional de libertad de empresa, al impedir que otros operadores distintos a las entidades del Distrito prestaran en igualdad de condiciones dicho servicio público”.

Por último, se cuestiona al alcalde por haber autorizado el uso de vehículos tipo volqueta por lo que pudo haber violado la protección del medio ambiente “originando un grave riesgo a la salud humana”. (Ver A rendir cuentas por modelo de Petro)

La responsabilidad de los exfuncionarios

Para la Procuraduría General, el exgerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado “pretendió justificar” la celebración del contrato interadministrativo en el cual se establecia que la entidad que dirigía era la única que podía colaborar con la Uaesp para el cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Constitucional en materia “de la población recicladora”, y a su vez garantizar la prestación del servicio de aseo en Bogotá.

“El Ministerio Público determinó que no es cierto que solo a través de la EAAB se lograba la inclusión de la población recicladora en el esquema de aseo en Bgotá, toda vez que esta no dependía de la naturaleza pública o privada del operador de aseo, sino del cumplimiento por parte de la Uaesp, de las acciones afirmativas, concretas, medibles y cuantificables a corto plazo ordenadas por la Corte Constitucional”, precisa la decisión del órgano de control disciplinario.

En la investigación disciplinaria se señaló además que la celebración del contrato pactado entre la EAAB y la Uaesp vulneró los principios de contratación pública, afectando la economía, planeación y responsabilidad “al comprometer en forma deliberada e improvisada los recursos públicos, sin analizar si le era posible cumplir con la obligación de prestar el servicio de aseo en toda la ciudad de Bogotá después de18 de diciembre de una manera continua y eficiente”.

En contra del fallo emitido este lunes por la Procuraduría General, los exfuncionarios sancionados pueden invocar un recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General.

Por El Espectador

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