Rechazan, por cuarta vez, hábeas corpus a “Jesús Santrich”

El Juzgado 10 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá ratificó que es la Fiscalía quien tiene la competencia para decidir sobre la libertad del exjefe guerrillero.

Redacción Judicial
30 de septiembre de 2018 - 02:38 p. m.
Jesús Santrich, exlíder de la guerrilla de las Farc, es pedido en extradición.  / Archivo
Jesús Santrich, exlíder de la guerrilla de las Farc, es pedido en extradición. / Archivo

Por decisión del Juzgado 10 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, se ratificó que hasta el momento es la Fiscalía quien tiene la competencia para para proferir captura y decidir sobre libertad de Hernández Solarte, conocido como Jesús Santrich.

(Lea: Rechazan, por segunda vez, hábeas corpus a “Jesús Santrich”)

Así lo aseguró el ente investigador a través de su cuenta de Twitter:

La defensa de Santrich ha argumentado repetidas veces que la detención fue irregular porque era la Jurisdicción Especial para la Paz la competente en su caso y no la Fiscalía, ya que este se había sometido a esa justicia. Con la nueva decisión, el exjefe guerrillero continuará detenido en la cárcel La Picota, en Bogotá.

(En contexto: Corte Suprema negó la libertad a "Jesús Santrich")

El pasado mes de agosto la Corte Suprema de Justicia negó la libertad a Jesús Santrich. La decisión la tomó el magistrado Rigoberto Echeverri, de la Sala Laboral, quien consideró que la competencia para mantenerlo retenido recae en la Fiscalía General.

Las solicitudes de libertad deben ser decididas por el propio fiscal general de la nación (…) hasta tanto la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz defina si el detenido es beneficiario de la garantía de no extradición, en función de la fecha de ocurrencia de los hechos indagados, o la Corte Suprema de Justicia, en la etapa judicial del trámite de extradición, decida lo pertinente”, precisó la Corte Suprema.

De igual forma, en abril de este año la alta corte le rechazó  el primer hábeas corpus. En esa oportunidad la decisión fue tomada por el magistrado de la Sala de Civil, Octavio Augusto Tejeiro Duque, al considerar que no hubo vicios en el procedimiento adelantado por la Fiscalía General de la Nación el pasado 9 de abril. “Ninguna anomalía emerge de la ‘aprehensión’ censurada en virtud de la Cooperación Internacional de que trata el artículo 484 del Código de Procedimiento Penal”, explicó el fallo.

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Santrich es investigado por el envío de 10 toneladas de cocaína hacia los Estados Unidos, por un valor de US$15 millones de dólares y que se convertirían en US$320 millones en el mercado de Nueva York. “Estos hechos constituyen en la Ley Federal Americana el delito de conspiración para exportar cocaína a los Estados Unidos”, señaló el fiscal Martínez en su momento.

La circular de Interpol, que recae en su contra, también da cuenta de otros dos cargos: intento de manufacturar y distribuir cinco kilos o más de cocaína para ser importados a los Estados Unidos e intento de importar cocaína a ese país. La orden señala que Santrich y los otros investigados habrían tenido acceso a aviones registrados en Estados Unidos para transportar la droga, así como a laboratorios.

Por ahora, el líder de la exguerrilla Farc de las continuará recluido en La Picota mientras sigue en pie la investigación en su contra. 

Por Redacción Judicial

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