Las recomendaciones del fiscal general a la Jurisdicción Especial para la Paz

Néstor Humberto Martínez solicitó que el artículo 5 del proyecto que dará vida al modelo de justicia transicional debe ser escrito de manera más rigurosa para evitar darle beneficios a disidentes y evitar un choque con la justicia ordinaria.

Redacción Judicial
18 de enero de 2017 - 08:02 p. m.
Foto: archivo El Espectador
Foto: archivo El Espectador

En una carta enviada al presidente de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, Telesforo Pedraza, el fiscal general, Néstor Humberto Martínez, le hizo una serie de recomendaciones para tener en cuenta a lo lardo del debate del proyecto que le dará vida a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). En pocas palabras, le pidió que se redactara de forma más rigurosa el artículo 5 para evitar que disidentes de la guerrilla y que no quisieran acogerse al sistema de justicia transicional reciba beneficios.

Además, sostiene que, de no hacerlo, se generará un choque con la justicia ordinaria, pues no quedaría claro que jurisdicción investigaría y procesaría los crímenes cometidos después del 1 de diciembre de 2016, día que se estableció como fecha límite para la investigación de los hechos ocurridos a lo largo del conflicto.

"El Fiscal General advierte que la norma no establece claramente que los beneficios penales de la JEP deben cobijar exclusivamente a los efectivamente desmovilizados de las Farc-Ep", se lee en la carta. Asimismo, consideró que las organizaciones disidentes que se originen de la desmovilización de las Farc, deben quedar bajo el yugo de la justicia ordinaria y no tener los beneficios de un desmovilizado, pues se trata de guerrilleros reincidentes en actos criminales.

Para el fiscal Martínez, esos delitos deben ser investigados por la Fiscalía y no por una justicia transicional que brinda beneficios jurídicos. "Los delitos continuados en que eventualmente puedan incurrir las personas desmovilizadas, deben ser de conocimiento de la jurisdicción ordinaria cuando se extiendan más allá del 1 de diciembre de 2016”, dijo Martínez. También, sostuvo que la prohibición de extraditar a quienes se sometan a la JEP se extiende a los disidentes, al establecer que es un beneficio para "todos los integra tes de las Farc". En pocas palabras, pide aclarar, gramaticalmente, que esos beneficios no se extiendan a quienes sigan delinquiendo. 

Otro de los puntos del texto de la reforma constitucional que criticó el fiscal fue la interpretación que de le da al régimen del fuero presidencial.  "La norma, como está escrita en el proyecto, establece que la JEP enviará a la Cámara de Representantes los hechos que conozca y que comprometan a una persona que haya ejercido la Presidencia.

Sin embargo, para la Fiscalía es claro que el artículo 174 de la Constitución define que la Cámara de Representantes conoce de los hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de las funciones presidenciales, de tal suerte que la comisión de investigación y acusación carece de competencia para asumir el conocimiento de actos en que haya incurrido un Presidente fuera del cuatrenio en el que ejerció su período presidencial", sostuvo el fiscal en la carta. En pocas palabras, para Martínez es un equívoco extender los delitos que haya podido cometer un expresidente en el marco del conflicto más allá del periodo que estuvo en la Casa de Nariño.

Finalmente, el fiscal general que las investigaciones disciplinarias y fiscales también deben ser asumidas por la JEP, y que es de vital importancia aclarar los alcances de los beneficios que entrega la justicia transicional. En pocas palabras, Néstor Humberto Martínez manifestó que es necesario que se haga una redacción más clara de los artículos del proyecto para evitar conflictos en un futuro.

Por Redacción Judicial

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